LIBRE Y SU FUERZA
Hoy @SalvaPresidente compartió la gráfica que tienen los liberales de las alcaldías. Son datos sin haber contado todos los votos y ni resueltas las impugnaciones.
Ahí @PartidoLibre tiene casi un millón de votos, el @Oficial_PLH 80 mil más y el @PNH_oficial con todos sus “votos rurales” 200 mil más.
La explicación es simple, el fraude estuvo concentrado principalmente a nivel Presidencial, no les ajustaba el tiempo para hacer más.
Si @APHall_CNE y @CossetteOficial fueran honestas y se revisaran esas alcaldías muchas cambiarían. Y si contaran los votos aún más. Pero si lo hacen, no le hacen el mandado a Trump. Si contaran todos los votos jamás gana Nasry.
A Rixi la quieren poner con 700 mil votos y ellos con el doble, sin contar votos ni revisar impugnaciones. La realidad concreta en todo el país dice algo muy distinto.
A Libre lo quieren dar por desaparecido (aunque con todo y fraude tenemos 70 alcaldías y 35 diputados).
Ese cuento se lo creen y repiten los periodistas que tienen comprados, pero la realidad es otra. Y es muy diferente.
La fuerza de Libre es palpable e irrefutable.
Libre @PartidoLibre y liberales @CCEPLH, hoy no es tiempo de banderas, es tiempo de patria.
Acudan a la última instancia, no por intereses, sino por Honduras.
Guardar silencio cuando la ley se quiebra es renunciar a nuestros derechos.
La democracia no se impone, se respeta y se defiende juntos.
Nada nacido de la imposición dará frutos de paz.
El pueblo hondureño siente, observa y recuerda.
Que este 30 de diciembre de 2025 nos encuentre unidos en consciencia,
defendiendo la ley, la dignidad y el futuro de nuestra nación.
Denuncia pública: propuse en sesión de Pleno realizar el conteo voto por voto del nivel presidencial en las 19,167 JRV ante las escandalosas inconsistencias documentadas. Tal como advertí, las Consejeras decidieron por mayoría únicamente realizar el escrutinio especial en 1,081 actas (5.6% del total de actas). Si el CNE no está dispuesto a verificarlo todo, no está en posición de pedirle al pueblo que confíe ciegamente en el resultado.
¡𝐄𝐬𝐭𝐞 𝐦𝐞𝐧𝐬𝐚𝐣𝐞 𝐧𝐨 𝐞𝐬 𝐬𝐨𝐥𝐨 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐇𝐨𝐧𝐝𝐮𝐫𝐚𝐬, 𝐯𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐨𝐝𝐨𝐬 𝐥𝐨𝐬 𝐩𝐮𝐞𝐛𝐥𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐀𝐦𝐞́𝐫𝐢𝐜𝐚 𝐪𝐮𝐞 𝐧𝐨 𝐯𝐚𝐦𝐨𝐬 𝐚 𝐩𝐞𝐫𝐦𝐢𝐭𝐢𝐫 𝐦𝐚́𝐬 𝐢𝐧𝐣𝐞𝐫𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐲 𝐪𝐮𝐞 𝐧𝐨𝐬 𝐫𝐨𝐛𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐯𝐨𝐥𝐮𝐧𝐭𝐚𝐝 𝐩𝐨𝐩𝐮𝐥𝐚𝐫!
Condenamos el golpe electoral gestado con la injerencia del Presidente de los Estados Unidos, que liberó a un narcotraficante…
Condenamos el golpe electoral patrocinado por los grupos económicos y de poder de este país…
Condenamos el golpe electoral del crimen organizado.
@Claudiashein@petrogustavo@nayibbukele@jeannette_jara@SenSanders@BernieSanders@CFKArgentina@GabrielBoric@DiazCanelB@OrsiYamandu
Siempre estamos con ustedes. A causa de las fuertes lluvias, el sistema de agua potable sufrió daños. En coordinación de Copeco y el patronato, estamos distribuyendo agua a todas las viviendas de San Isidro. Agradecemos su comprensión y paciencia.
@Marlon Pineda
@RedondoDiputado
visitar casa a casa, escuchando cada historia y cada necesidad de nuestro pueblo. Sus inquietudes son mi prioridad y juntos vamos a trabajar para transformar cada desafío en una oportunidad. ¡Estamos construyendo un futuro mejor, escuchando al corazón de la comunidad!
En vista de las reiteradas preguntas y dudas que me han planteado diferentes medios de comunicación con respecto a la participación electoral de candidatos perdedores u otros, y tomando en consideración la Constitución de la Republica y la Ley Electoral aprobada por este Poder del Estado en la administración anterior, y con el propósito de que la información se difunda sin tergiversaciones, me permito poner a disposición un breve análisis constitucional que resuelve estas preguntas, entre otras:
NO PUEDEN PARTICIPAR EN LAS ELECCIONES GENERALES QUIENES NO RESULTARON ELECTOS EN LAS PRIMARIAS
SALVO AQUELLOS CANDIDATOS CUYOS PARTIDOS POLITICOS NO SE SOMETIERON A LAS ELECCIONES PRIMARIAS.
YA QUE SE VIOLENTARÍAN LOS ARTÍCULOS PÉTREOS DE LA CONSTITUCIÓN EN CUANTO A LA FORMA DE GOBIERNO, AL PRETENDER SUPLATANTAR EL VOTO, LA VOLUNTAD POPULAR, LA DEMOCRACIA Y LA REPRESENTATIVIDAD DE LOS CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR.
La Constitución de Honduras, establece en el artículo 1 y 2 el principio democrático, que consiste en que la soberanía reside en el pueblo, del cual emanan los poderes del Estado. Esto implica que la titularidad de los cargos de elección popular solo puede ser legítima, mediante un acto concreto de la expresión de la voluntad popular, a través del voto de los ciudadanos, ya que es el pueblo quién elige el destino político del país, mediante su apoyo a los candidatos electos de los partidos políticos.
Así pues, el artículo 1 y 2 de la Constitución establecen claramente que:
“Artículo 1. Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.”
“Artículo 2. La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por representación.
La suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de traición a la Patria. La responsabilidad en estos casos es imprescriptible y podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano.”
Ciertamente, la Constitución establece que es el ciudadano el titular del derecho de participación de los asuntos públicos de una manera directa a través de las elecciones primarias, que es cuando se eligen los cargos de elección popular de cada partido político, a fin de darles legitimidad a los candidatos de cada partido político que participaron en las elecciones primarias para poder participar en las elecciones generales.
Por ello es, que la Constitución también establece que los partidos políticos tienen como objetivo lograr la efectiva participación política de los ciudadanos, con un libre funcionamiento, pero en el marco de los principios y reglas establecidos en la Constitución y en las leyes (artículo 47 de la Constitución).
Es decir, que los partidos políticos al igual que las personas elegibles en las elecciones generales tienen derechos, pero también tienen límites para participar, establecidos éstos en la Constitución y en la ley electoral. Razón por la cual, la Constitución y la ley electoral les prohíben a los partidos políticos atentar contra el sistema republicano, democrático y representativo de gobierno (artículo 48 de la Constitución y 115 numeral 1 de la Ley electoral). Porque nunca una decisión de un partido político, ni ninguna ley secundaria, está por encima de la voluntad popular, es decir del voto/marca, de la soberanía o de la elección de los candidatos que el pueblo ya eligió, mejor conocidos como candidatos electos en las elecciones primarias.
Se vuelve fundamental señalar, que el principio democrático de la soberanía popular o del pueblo que se aplica en las elecciones primarias prevalece sobre cualquier voluntad de los partidos políticos, incuestionablemente porque éstos (los partidos políticos) tienen como objeto la designación de los ciudadanos de cada partido político que se encargaran de ejercer el poder político en los cargos de elección popular, pero quien los elige es únicamente el pueblo hondureño; mediante el voto/marca.
Además, porque el partido político que se somete a la voluntad del pueblo mediante las elecciones primarias, se entrega o se subordina a que el proceso electoral de las elecciones primarias de cada partido político sea el que posibilite que aquellas personas que van a ejercer la actuación pública puedan ser considerados como justos titulares del cargo, por medio de unas elecciones competitivas y el voto de los ciudadanos. Si ello no fuera así, las elecciones primarias carecerían de todo sentido.
Ahora bien, si una vez elegido por el pueblo en las elecciones primarias un candidato renuncia junto con su suplente, y un partido político, violentando la voluntad popular expresada en las urnas de dichas elecciones, decide el reemplazo de un candidato electo para tratar de imponer a otra persona que no obtuvo el voto o marcas de los ciudadanos, que no fue electa o que fue rechazada por el voto popular, para que reemplace o suplante al candidato electo y a su suplente, ello constituye un claro fraude a la democracia. Una violación a la voluntad popular, a las elecciones primarias, a los precandidatos a diputados que participaron en ellas y al pueblo hondureño.
Ya que, si un partido político decide someterse a las elecciones primarias, ese poder, de elegir a los candidatos que participarán en las elecciones generales sólo reside en el pueblo. De lo contrario se estaría engañando, suplantando o usurpando la titularidad al pueblo. Hacer lo contrario al mandato popular o voluntad popular abriría puertas violatorias de la Constitución e ilegales para que, grupos de poder económicos, políticos, crimen organizado o narcotraficantes, puedan comprar con su dinero los cargos de elección popular y suplantar fácilmente la voluntad popular o el voto de los electores, para imponer a personas que no fueron electas, que no tienen la voluntad popular o no cuentan con ningún voto para ese cargo de elección popular, con ello, se estaría violentando claramente los artículos pétreos de la Constitución en cuanto a la forma de gobierno al pretender suplantar el voto, la voluntad popular, la democracia y la representatividad de los cargos de elección popular.
Por lo que, si un candidato electo y su suplente para participar en las elecciones generales renuncian, fallecen u ocurre cualquier otra causal, cualquier candidato que haya participado en las elecciones primarias y que cuente con votos o marcas de forma correlativa para ascender o ser el siguiente en el cargo de elección popular, puede reclamar su derecho y el de sus electores —que le fue otorgado con el voto en las urnas— interponiendo las acciones legales correspondientes. Ya que es la única persona que tiene legitimidad para ostentar el cargo de elección popular (es decir, quien cuenta con la voluntad popular expresada en los votos de sus electores en el cargo en el que participó). Y así sucesivamente, pueden hacerlo de forma correlativa todos los candidatos que participaron en las elecciones primarias.
Caso contrario ocurre cuando un partido político no participa en elecciones primarias, en cuyo supuesto sí aplicaría el artículo 213 párrafo tercero de la Ley Electoral de Honduras, que faculta a la autoridad partidaria para nombrar el reemplazo en caso de renuncia, fallecimiento o cualquier causal.
Del mismo modo que, de conformidad con el artículo 320 de la Constitución, no aplicaría el 213 párrafo tercero de la Ley electoral para aquellos partidos políticos que se sometieron a las elecciones primarias.
Si anteriormente se han cometido violaciones a la voluntad popular, ello no significa que dichas acciones se vuelvan legales o constitucionales. El tiempo del bipartidismo ha terminado, y con él, sus violaciones sistemáticas contra el pueblo hondureño, la voluntad popular y la democracia en Honduras. Corregir es de sabios; por lo tanto, cualquier acción que violente la Constitución debe evitarse o revertirse. Artículo 320 de la Constitución – (Control difuso de Constitucionalidad)
Se vuelve obligado reprochar, que el bipartidismo desde los inicios de la democracia (1982) nunca ha respetado la Constitución, peor aún en materia electoral (por eso es que estamos como estamos y eso es lo que estamos revirtiendo). Existen un sinnúmero de casos de todas las violaciones a la democracia y a la voluntad popular del bipartidismo en esta materia (electoral), violaciones a los artículos pétreos y a los derechos de los ciudadanos etc., las últimas más relevantes son:
El golpe de estado del 2009, la destitución ilegal de 4 magistrados de la Sala de lo Constitucional, la reelección presidencial violando la Constitución, el que un candidato presidencial habiendo sido rechazado por el pueblo en las urnas en las elecciones primarias violentando el principio de la democracia, la voluntad popular y el voto, fue inscrito ilegalmente como designado presidencial para participar nuevamente en las elecciones generales. Y, todas estas violaciones fueron protegidas con total impunidad por los operadores de justicia, militares, policías, Ministerio Público y Corte Suprema de Justicia.
Falsamente, algunos analistas han afirmado que existen precedentes judiciales que abrirían la vía para permitir que, cuando un candidato electo y su suplente renuncian, un partido político pueda usurpar o suplantar la decisión del pueblo expresada en las urnas durante las elecciones primarias, sustituyéndolos con una persona que no fue electa o que incluso fue rechazada por el voto popular, a fin de inscribirla en las elecciones generales.
También cabe destacar, que no existe ningún precedente legal o con validez jurídica que permita este tipo de suplantación o usurpación a la voluntad popular como algunos pretenden hacer creer.
Ya que se ha mencionado el caso de Ricardo Álvarez Arias, del Partido Nacional, quien en el año 2012 fue rechazado por la voluntad popular en las urnas durante las elecciones primarias para ostentar un cargo de elección popular; sin embargo, cabe recordar que Ricardo Álvarez Arias fue inscrito por el Tribunal Supremo Electoral al margen de la Constitución y violentando claramente la voluntad popular, para participar en las elecciones generales como designado presidencial en la planilla de Juan Orlando Hernández, del Partido Nacional (extraditado y condenado como capo del narcotráfico a gran escala en los Estados Unidos de América).
Con ello, el Partido Nacional cometió un claro fraude a la democracia, a la Constitución y al voto de los ciudadanos que eligieron en las elecciones primarias a otra persona, y no a Ricardo Álvarez Arias, como candidato electo de ese cargo de elección popular en dicho partido político.
Falsamente, también se ha mencionado, que a Ricardo Álvarez Arias y a otras 147 personas les protegió en su derecho de ser electo por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. A sabiendas que este derecho de ser electo tiene límites constitucionales y legales, como ser la voluntad popular, el principio democrático y el respeto del voto ciudadano en las elecciones primarias. Pero los analistas mencionan que por una sentencia de amparo dictada por la Sala de lo Constitucional se benefició o le amparó a Ricardo Álvarez Arias para participar en las elecciones generales mencionadas en el párrafo anterior. Afirmación que es falsa.
Frente a ello, se vuelve necesario aclarar, que existe una sentencia de amparo #AA-406-13 que resolvió que 13 candidatos que participaron en elecciones primarias en los diversos partidos políticos puedan postularse como candidatos en el proceso de elecciones generales a celebrarse el veinticuatro de noviembre de dos mil trece en otros partidos políticos. Pero, en primer lugar, en ningún párrafo de la sentencia de amparo #AA-406-13 aparece el nombre de Ricardo Álvarez Arias, por lo que dicha sentencia nunca le amparó.
Es decir, que este candidato Ricardo Álvarez Arias del Partido Nacional que fue rechazado por la voluntad popular nunca interpuso ningún amparo en su favor, y por lo tanto Ricardo Álvarez Arias del Partido Nacional no pudo ser beneficiado por este amparo, ni constitucional, ni legalmente. Ya que es bien sabido, que los efectos del recurso o acción de amparo solo benefician al recurrente, es decir, a aquellas personas que lo interponen o demandan.
En otras palabras, el amparo beneficia de manera individual a quien solicita el amparo, y Ricardo Álvarez Arias nunca lo hizo, nunca lo solicitó, y nunca la Sala de lo Constitucional lo amparó. Por lo tanto, su inscripción como designado presidencial se hizo violentando la democracia, la voluntad popular, el voto de las elecciones primarias, los artículos pétreos de la Constitución, y al pueblo hondureño, entre otros. Esta inscripción solo se consumó con abuso y sólo por la fuerza de la imposición de su partido político. Además, con la total impunidad del sector justicia.
En segundo lugar, es obligado aclarar, que esta sentencia claramente carece de validez jurídica, porque ningún poder constituido (ni la Sala de lo Constitucional), ni ningún partido político, ni ningún político, ni el Tribunal Supremo Electoral (hoy Consejo Nacional Electoral) tienen la facultad de usurpar y permitir suplantar la voluntad popular, ni el voto, ni de engañar al pueblo, imponiendo a la fuerza a un candidato en las elecciones generales que previamente fue rechazado por el pueblo en las urnas en el mismo periodo electoral, o que nunca participó en las elecciones primarias de un partido político, desechando el mandato popular del voto en las urnas.
Además, que es de público conocimiento que esta Sala de lo Constitucional que resolvió esta sentencia de amparo #AA-406-13 es la misma Sala de lo Constitucional que fue la que sustituyó en ese entonces a los 4 magistrados que fueron destituidos por el Congreso Nacional (con excepción del Presidente de la Sala de lo Constitucional Oscar Fernando Chinchilla), y, estos nuevos magistrados sustitutos que resolvieron esta sentencia de amparo #AA-406-13 fueron impuestos por la fuerza por el extraditado y condenado por narcotráfico y crimen organizado en los Estados Unidos de América Juan Orlando Hernández del Partido Nacional.
Esta Sala de lo Constitucional que resolvió esta sentencia de amparo -406-13 es la misma que cometió múltiples y graves violaciones a la Constitución, a los artículos pétreos de la Constitución y al pueblo hondureño, etc. Una de las más graves la reelección presidencial del extraditado y condenado por narcotráfico y crimen organizado a gran escala Juan Orlando Hernández del Partido Nacional, que tanto daño, luto, corrupción, impunidad, pobreza y migración provocaron.
Esta Sala de lo Constitucional en complicidad permitió instaurar, defendió y protegió un narco Estado en Honduras. Todos estos graves delitos de estos exmagistrados son imprescriptibles y se mantienen hoy en total impunidad.
Por todas estas razones, es que incluso la Ley electoral en vigor es coherente con el principio democrático de la voluntad popular, la soberanía o el voto de los ciudadanos de las elecciones primarias establecido en la Constitución, al ordenar una prohibición clara, taxativa y tajante a los partidos políticos, ya que prohíbe usurpar o suplantar la voluntad popular a los partidos políticos de esta forma:
De la Ley Electoral, “ARTÍCULO 115.- PROHIBICIONES A LOS PARTIDOS POLITICOS. Se prohíbe a los Partidos Políticos, Alianzas y sus Movimientos Internos y Candidatos: 1) Atentar contra el sistema republicano, democrático, representativo y participativo de gobierno;…. 10) Inscribir como candidatos a cualquier cargo de elección popular para las elecciones generales a personas que hayan participado en otro partido o en el mismo período electoral; y,….”.
Debiendo respetar para su aplicación el artículo 2 y 320 de la Constitución de la República.
Por lo que, el pueblo debe saber su derecho a que se respete su voto en las elecciones primarias, y también de que todo intento de suplantación de la soberanía popular constituye no sólo una flagrante violación a la democracia, sino que se violentarían los artículos pétreos de la Constitución, y con ello se cometerían delitos de traición a la patria, que conlleva responsabilidad imprescriptible, que podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano y en cualquier momento (artículos 1, 2, 148, 320, 321 al 327 de la Constitución y 115 numeral 1, 10 y el 213 de la Ley Electoral).
LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO
Presidente Congreso Nacional de la República de Honduras.
🇭🇳 ¡Feliz Día de la Independencia, Honduras!
Hoy recordamos con orgullo la valentía de quienes lucharon por nuestra libertad y reafirmamos nuestro compromiso de seguir construyendo una patria justa, soberana y solidaria.
Que este aniversario nos inspire a fortalecer la unidad nacional, superar nuestras diferencias y trabajar juntos por un futuro de paz, dignidad y prosperidad para todo el pueblo hondureño.
¡Viva Honduras libre e independiente! 🇭🇳✨
El diputado @RonalPinedaL, junto al alcalde de Santa Cruz de Yojoa, Cortés, Marlon Pineda, celebraron con alegría el Día del Niño en los barrios del casco urbano, compartiendo sonrisas, juegos y momentos de felicidad con las y los niños de la comunidad.
COMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES
E INTEGRACIÓN REGIONAL
CONGRESO NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS
La Comisión de Relaciones Internacionales e Integración Regional del Congreso Nacional de la República de Honduras, expresa su más enérgico rechazo a las recientes publicaciones realizadas por la cuenta oficial del Comité de Asuntos Exteriores del Congreso de los Estados Unidos (@HouseForeignGOP) que dirige Brian Mast (@BrianMastFL | @RepBrianMast) y a las declaraciones de los congresistas Carlos A. Giménez (@RepCarlos) y María Elvira Salazar (@RepMariaSalazar), las cuales constituyen una inaceptable injerencia en los asuntos internos de la República de Honduras.
Los sectores más ultraconservadores de la política estadounidense, aliados históricamente con estructuras que convirtieron a Honduras en un narcoestado durante 12 años y 7 meses, ahora pretenden construir un relato de desestabilización, usando información falsa y entregada por miembros de las redes criminales que ya han sido condenadas en cortes federales por ingresar toneladas de droga a EE. UU. ¿Por qué no alzaron la voz entonces?
Esos mismos grupos criminales utilizaron las instituciones del Estado —la Policía, las Fuerzas Armadas, estructuras empresariales y bufetes legales— para proteger sus operaciones. Hoy, que estamos limpiando el país de esas redes y avanzando hacia un proceso electoral transparente, quieren boicotear la voluntad popular.
Estas manifestaciones —que coinciden de manera sospechosa con el fortalecimiento de la intención de voto hacia la candidata presidencial Rixi Moncada— buscan sembrar dudas sobre el proceso democrático hondureño y manchar anticipadamente los resultados de las próximas elecciones. No lo vamos a permitir.
En nuestro Congreso Nacional y el Gobierno de la República, hemos aprobado un total de 19 decretos para asegurar los procesos electorales de 2025 incluyendo la aprobación de alrededor de 4,000 millones de lempiras para todo el proceso. Estos son hechos y no palabras. Hemos detenido la intención de implementar el método electoral de los narcotraficantes empleados en los Fraudes Electorales del 2013 y 2017 cuyos datos se respaldan en documentos oficiales de la Fiscalía del Distrito Sur de New York, y la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos de América para el Segundo Circuito, con el caso 1:15-cr-00379-PKC y el documento 554 que aún continúa vigente, con Mario José Calix alias Cubeta y muchos más, y el expediente en apelación 24-1868(L) de fecha 30 de junio del 2025, hace apenas unos días.
Reconocemos y valoramos la trayectoria de Brian Mast como veterano del ejército de los Estados Unidos y su servicio ejemplar a su nación. Por ello, consideramos que como Congresista ha sido sorprendido por informantes que le han proporcionado información falsa, proveniente de actores vinculados a los partidos tradicionales hondureños —los mismos que han sido señalados por narcotraficantes ya condenados en cortes federales estadounidenses.
Lamentamos que se haya publicado una afirmación infundada sobre un supuesto deterioro democrático en Honduras. El Consejo Nacional Electoral (CNE) cuenta con todo el respaldo institucional y ciudadano, y en la actualidad se encuentra trabajando con total normalidad para la celebración de las elecciones generales de 2025, sin ningún tipo de interferencia ni irregularidad.
Reiteramos que es completamente falso lo publicado, y hacemos un llamado a la verificación responsable de los hechos antes de emitir juicios que pueden afectar innecesariamente las relaciones históricas de respeto mutuo entre nuestros pueblos.
Honduras es un país soberano y en proceso activo de fortalecimiento democrático. Seguiremos trabajando con aliados que valoren la verdad, la cooperación y el respeto entre naciones.
El hecho de que se haga mención selectiva a un solo video —entre muchos otros disponibles— y que entre los videos omitidos todos sepamos que se involucra de manera directa o indirecta a los mismos actores que hoy les sirven como informantes, no hace más que confirmar el sesgo, la mala fe y la limitada capacidad de análisis de quienes emitieron esa desafortunada publicación.
Es evidente que no buscan objetividad ni verdad, sino alimentar una narrativa política basada en desinformación. Por respeto a la relación histórica entre nuestros países, esperamos que el Congreso de los Estados Unidos no se preste a legitimar campañas construidas sobre testimonios viciados y selectivos de quienes están siendo procesados por delitos graves, o de quienes han sido señalados públicamente por colaborar con estructuras criminales del narcoestado que el bipartidismo implementó en Honduras.
Es falso que el tratado de extradición haya llegado a su fin. El gobierno hondureño y EE. UU. alcanzaron un acuerdo que extiende la vigencia del tratado hasta el 27 de enero de 2026, lo que garantiza su continuidad durante el proceso electoral en Honduras.
Los hechos hablan por sí solos: Durante ocho años de gobierno del Partido Nacional, comprendidos entre 2014 y 2021, se registraron apenas 30 capturas con fines de extradición para un promedio anual de 3.75 capturas por año.
Durante la administración de la Presidenta Xiomara Castro (2022–2025) en apenas tres años y medio de gobierno actual: se han registrado 56 capturas con fines de extradición para un promedio anual de 16 capturas por año. Lo que registra un incremento del 86.7 % en relación al total de la administración anterior.
Todo tendrá más claridad de por que muchos grupos de poder economicos y politicos vinculados con la corrupcióny narcotráfico han emprendido una embestida contra nuestro gobierno, es por eso que es necesario tener en el radar que el martes 2 de septiembre de 2025 la Corte del Distrito Sur de la Florida comenzará el juicio sobre la Tasa de Seguridad y sus co-conspiradores. Y el jueves 4 de septiembre se dictará sentencia en la Corte del Distrito Sur de Nueva York contra el narcotraficante Midence Oquelí. Estos casos pondrán en evidencia las redes criminales públicas y privadas involucradas en corrupción, narcotráfico, lavado de activos, maras (MS-13) para sicariato y poder. Quedarán en evidencia los vínculos con el líder del Cártel de Sinaloa, “El Mayo” Zambada.
Muchas de las últimas declaraciones infundadas se están llevando de encuentro a la JOINT INTERAGENCY TASK FORCE SOUTH (conocida como JIATF South o JIATF S), una fuerza operativa conjunta impulsada por múltiples agencias del gobierno de los Estados Unidos, cuya misión principal es la detección, monitoreo y coordinación de interdicciones del tráfico ilícito (especialmente de drogas) en dominios marítimos y aéreos. Esta es una fuerza integrada por diversas agencias —militares y civiles— con sede en la Estación Aérea Naval (Naval Air Station) de Key West, Florida, que está bajo el mando del United States Southern Command (USSOUTHCOM).
En dicha agencia se llevan a cabo actividades de contratráfico ilícito, integrando inteligencia, múltiples sensores y cooperación para detectar, monitorear y pasar (hand off) los objetivos sospechosos a las agencias que proceden con la interceptación. Su objetivo es facilitar la cooperación entre los países socios, promoviendo la estabilidad regional y la seguridad. Las declaraciones emitidas por los congresistas se llevan de encuentro a esta agencia, ya que son ellos los que dan la información para detener el tráfico aéreo y marítimo, y los países reaccionamos a eso.
Por otro lado, tal como consta el documento de fecha 23 de mayo de 2023 con Registro #165-2023 se levantaron las restricciones relativas a la interdicción aérea en la asistencia de EE. UU. a Honduras reconociendo y valorando el resultado exitoso de la certificación efectuada, así como el reconocimiento a la capacidad demostrada por el Gobierno de Honduras para emplear procedimientos de seguridad adecuados conforme a los estándares internacionales y las disposiciones de la Ley de Protección de la Soberanía del Espacio Aéreo.
Este avance marca un hito significativo en la cooperación bilateral entre nuestras naciones en materia de defensa y seguridad regional, y ha permitido fortalecer las capacidades de Honduras para combatir con mayor eficacia las amenazas transnacionales, especialmente aquellas vinculadas al crimen organizado y al narcotráfico.
El Gobierno de la República está plenamente comprometido a continuar cumpliendo con los protocolos establecidos y a mantener los canales de coordinación abiertos para garantizar el uso efectivo del Sistema Cooperativo de Integración de Información Situacional. Asimismo, con la disposición para avanzar en cada una de las fases técnicas y administrativas necesarias para el apoyo logístico y la compra de partes para las aeronaves involucradas en operaciones de interdicción aérea.
En cuanto a los indicadores de seguridad, Honduras registra hoy la tasa de homicidios más baja de los últimos 20 años, con 26 homicidios por cada 100,000 habitantes. Este descenso histórico es un reflejo directo del esfuerzo sostenido en el fortalecimiento institucional, la depuración de cuerpos de seguridad, la inversión social y la recuperación de territorios que antes estaban dominados por estructuras criminales.
Durante años, ciudades como Tegucigalpa, San Pedro Sula, La Ceiba y Choloma figuraron entre las más peligrosas del mundo. De hecho, San Pedro Sula llegó a ocupar el primer lugar en el ranking de ciudades más violentas del planeta, y Tegucigalpa se mantuvo en el top 10 por años. Hoy, esas ciudades ya no aparecen en esa lista negra, reflejando un cambio sustancial en la percepción y realidad de la seguridad urbana en el país.
Este dato es particularmente relevante si recordamos que, en años anteriores, miles de personas huyeron del país organizando caravanas masivas, impulsadas principalmente por el temor a la violencia, la extorsión y el control territorial ejercido por maras y pandillas.
Hoy, los resultados son visibles: el país avanza en la dirección correcta y demuestra que con voluntad política, inversión social y trabajo articulado entre instituciones se puede construir un entorno más seguro, digno y esperanzador para nuestra población.
La migración desde Honduras hacia Estados Unidos ha disminuido de manera notable. Según el Pew Research Center, los encuentros con ciudadanos hondureños en la frontera sur cayeron aproximadamente un 76 % entre diciembre de 2023 y agosto de 2024 —de 18,993 a 4,465 mensuales. Fuente: Pew Research Center
Y esta baja no ha sido solo por las políticas migratorias del presidente Trump que asumió hasta enero 2025 sino por el buen Gobierno de la presidenta Xiomara Castro.
En resumen, las afirmaciones de que una Honduras desestabilizada provocaría un “aumento masivo de la migración irregular” no se sostienen en base a los datos actuales. Esas publicaciones son simplemente falsas. Este comité deja mucho que desear y no representa el espíritu del pueblo estadounidense aliado y amigo de Honduras, con el cual hemos compartido estos años de nuestro gobierno con cooperación y respeto mutuo sin perder firmeza política.
Las elecciones primarias y generales de 2025 se desarrollan con transparencia, amplia participación ciudadana y sin interferencias externas. Honduras no aceptará amenazas veladas ni campañas extranjeras de desinformación.
En relación a los pronunciamientos en las relaciones internacionales emitidos por la Presidenta Xiomara Castro @XiomaraCastroZ estos se enmarcan dentro de las atribuciones que la Constitución de la República, en su Artículo 245 numeral 12, confiere al Titular del Poder Ejecutivo para dirigir la política y las relaciones internacionales del Estado.
Asimismo, los pronunciamientos se fundamentan en los principios establecidos en el Artículo 15 de la Constitución, que consagra la solidaridad entre las naciones, el respeto irrestricto a la autodeterminación de los pueblos y la no injerencia en los asuntos internos de otros Estados.
El respeto a nuestras instituciones implica reconocer que, en materia de política exterior, la conducción corresponde al Poder Ejecutivo, y que las posiciones oficiales del Estado hondureño deben expresarse conforme a los principios constitucionales y al Derecho Internacional del cual somos parte.
“Artículo 245. El Presidente de la República tiene a su cargo la administración general del Estado, son sus atribuciones; ... 12. Dirigir la política y las relaciones internacionales; ...”
“Artículo 15. Honduras hace suyos los principios y prácticas del derecho internacional que propenden a la solidaridad humana, al respeto de la autodeterminación de los pueblos, a la no intervención y al afianzamiento de la paz y la democracia universal...”
Exigimos la retractación inmediata de los congresistas Brian Mast, Carlos Giménez y de la congresista María Elvira Salazar. Sus declaraciones no solo son irresponsables y desinformadas, sino que constituyen una afrenta directa a nuestra soberanía y un intento de entorpecer el desarrollo pacífico y democrático de Honduras.
Reiteramos que las relaciones entre Honduras y los Estados Unidos deben basarse en los principios del respeto mutuo, la cooperación bilateral y la no injerencia. Honduras ya no es el patio trasero de nadie, ni mucho menos la pista de aterrizaje de ningún narcotraficante.
Instamos al Honorable Congreso de los Estados Unidos a que llame al orden a sus miembros y respete los acuerdos internacionales y el principio de autodeterminación de los pueblos.
La Comisión de Relaciones Internacionales e Integración Regional está siguiendo de cerca estos acontecimientos.
¡Honduras es un país libre, soberano y digno!
Xiomara continúa cumpliendo. Así se ve el Hospital de Emergencias de Islas de la Bahía.
El primero de más de 8 que construye el gobierno del socialismo democrático. Traigan una urna, ya no me aguanto, ya quiero votar por Rixi en noviembre🌺🗳️🇭🇳
📣 Cortés se levanta con fuerza y esperanza
Este sábado 30 de agosto, San Pedro Sula será el corazón de la gran movilización nacional de @PartidoLibre 🌺, aprobada por nuestra próxima presidenta de Honduras Rixi Moncada @riximga🌺 | @RixiPresidenta en Coordinación con el constructor de las más grandes victorias del pueblo @manuelzr
Como primer diputado por el departamento de Cortés, y junto a todos nuestros candidatos y candidatas —desde la casilla 2️⃣1️⃣ hasta la 4️⃣0️⃣, y en las 12 alcaldías de nuestro departamento— convocamos a toda la militancia: juventudes, colectivos, liderazgos comunitarios, familias, a quienes ejercerán por primera vez el sufragio y a todos aquellos que están decididos a continuar con lo que hemos empezado para refundar Honduras.
Nos unimos con entusiasmo, organización y disciplina en este histórico encuentro.
En Cortés sabemos movilizarnos, sabemos resistir y sabemos vencer. Hoy lo hacemos con más de 30 mil colectivos, demostrando que la refundación avanza con fuerza y que el 30 de noviembre sellaremos una nueva victoria del pueblo.
Mujeres de Honduras, votando por Rixi tendremos el honor histórico de ser el primer país en el mundo donde una mujer entrega el poder a otra mujer, demostrando al planeta la fuerza, la dignidad y la capacidad de la mujer hondureña. Y nosotros, los hombres, acompañaremos este cambio, tal como en el hogar y en la nación, reconociendo quién verdaderamente manda para que todo camine bien. Este 30 de noviembre iniciaremos juntos la construcción de un país mejor, más justo y más humano, como nunca antes en la historia de Honduras. Mujeres de Honduras, apoyen con su voto esta transición de mujer a mujer y escribamos junto a nosotros los hombres la mejor historia de desarrollo de nuestra nación, votando este próximo 30 de noviembre por la única mujer que está lista para gobernar.
San Pedro Sula nos espera.
Cortés responde con unidad.
¡Y Honduras vencerá!
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Mi reconocimiento a los tres consejeros del CNE que, por unanimidad, aprobaron una versión del sistema de transmisión de resultados electorales (TREP) sin intervención humana, evitando así el modelo fraudulento utilizado en 2017, que ponía en riesgo la transparencia de los resultados de las elecciones.
El civismo y la democracia ha prevalecido para que las elecciones sean libres y una verdadera expresión de la voluntad del pueblo. @riximga@XiomaraCastroZ@PartidoLibre
ÚLTIMA HORA | El presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, anuncia que "este día, a partir de las 11:00 PM, estaré publicando una nueva lista detallada de diputados liberales de Salvador Nasralla que han recibido asignaciones de recursos del fondo social".
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