La Contraloría tiene su propio gato de Schrödinger: una cuenta por pagar al Estado que está prescrita y no prescrita a la vez — hasta que conviene abrir la caja.
Las sentencias 01803-2023-00414 y 09802-2022-01256 son claras: el perjuicio económico solo surge cuando la deuda prescribe. Únicamente ahí es legalmente posible dirigir la glosa contra quien debía cobrarla.
Pero para "curarse en sano", la glosa suele incluir a la vez a quien debía la deuda y a quien dejó de cobrarla.
Ahí está el vicio: se abre la caja dos veces y se pretenden dos estados contradictorios.
i) Si prescribió, la responsabilidad es de quien dejó que prescribiera.
ii) Si no prescribió, se exige al deudor principal.
Nunca las dos. El perjuicio del Estado solo admite un resultado — igual que el gato.