No me quiero imaginar la angustia, el miedo, la sosobra, la impotencia, y el deseo de sobrevivir de Diana Carolina Serna, víctima de feminicidio.
Su único "delito": No querer convivir más con su agresor y haberlo denunciado. ¡Nada hicieron las autoridades!
@SALVARANM@CorteSupremaJ@ODBenavidesA Que denuncia tan mal estructurada, parece un “ensayo científico”. Colega, deja mucho que desear su formación.
Ñapa: Eso va para archivo.
📄 Para quienes me han preguntado por la fuente, comparto directamente la Directiva 0002 de 2026 de la Fiscalía General de la Nación.
En estas páginas están los principales cambios sobre análisis previo, duplicidad, asociación y asignación de noticias criminales.
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En manos del que “que sea” nunca se desearía tener un terremoto. Pero que bajeza, Vicky. ¡Busque desearía Dios y sane sus heridas! No se puede tener tanto resentimiento.
@luisangelgd Bueno y que usted donó, deje que otras personas también lo hagan y sobretodo a los que están pidiendo y recibiendo donación. Ante la tragedia no caben las ideologías ni las diferencias políticas. ¡Abrazos y bendiciones!
@luisangelgd Esa imagen no dice que “donaste” sino que compraste. Esa no es una donación. Pero en gracia de la discusión, esa imagen tampoco prueba que sea suya.
Para debatir conmigo, se necesita más astucia.
Pero si “donó” Dios lo bendiga, allá usted y su conciencia.
@redveeduriascol@PGN_COL Ante tal calamidad, no importa norma o Ley. En gracia de la discusión, La Ley que usted cita, no le aplica -al caso en particular- Sumado a que el congresista @ODBenavidesA manifestó que habrá trazabilidad de lo recibido e invertido. ¡Cualquier ayuda sirve!
Nuestra solidaridad para cada familia que perdió un ser querido. Dios les de fortaleza. Ante el dolor y la tragedia, debemos estar UNIDOS. ¡Fuerza Colombia!
El disciplinable realizó una solicitud que, a pesar de ser negada, no se advierte que fuera una conducta reiterada, insistente o abusiva del derecho. Al margen de esto, la solicitud de impedimento sí fue reprochada disciplinariamente al profesional. https://t.co/tF9km3qWhW
El término de una medida de aseguramiento no puede correr mientras jurídicamente resulte imposible ejecutarla.
La Corte Suprema precisó que, si una persona ya está privada de la libertad por cuenta de otro proceso, la medida impuesta en una causa distinta no entra materialmente en vigencia. Por ello, el término de su prórroga comienza a contabilizarse únicamente cuando esa medida pueda hacerse efectiva.
Debajo de los escombros hay esperanza de vida
Una mujer y su bebé de seis meses de nacido fueron rescatados en Cali después de quedar en medio de los escombros tras el terremoto de 7.4 grados.
El rescate lo hicieron voluntarios que ayudaron al escuchar voces de auxilio de la madre del niño.
La mujer y su hijo estaban en un edificio de cinco pisos que colapsó.
La madre y el menor fueron llevados a un centro asistencial.
@DianaMunozC@SoyJerome__ ¡Así es! Aunque eso no es chiste. Es el fanatismo que le ha gangrenado las neuronas. No es ni la primera ni será la última en que saldrá con SANDECES y ESTUPIDECES. Pero bueno, estamos en Colombia, donde cualquiera dice una estupidez y se vuelve “influencer”.
En un país donde la indagación preliminar se convierte en un limbo jurídico, la @CorteSupremaJ (STP13799-2026) envía un mensaje tajante: 7 años sin definir un proceso es una mora inaceptable que vulnera los derechos de las víctimas.
La @FiscaliaCol alegó carga laboral (+3.000 investigaciones) y complejidad. Pero la Corte reiteró: los problemas organizativos y logísticos del Estado NO pueden trasladarse indefinidamente al ciudadano ni condenar el caso a la prescripción.
El derecho a un plazo razonable exige que el ente acusador decida (impute, acuse o archive). Exigirle definir la investigación en 3 meses no vulnera su autonomía, garantiza la administración de justicia. ⚖️
⚖️ Privar preventivamente de la libertad exige mucho más que una sospecha.
📚 Consulte las providencias completas: https://t.co/N77HhXqywR
La medida de aseguramiento es una decisión excepcional que exige una justificación rigurosa sobre su necesidad, proporcionalidad y fundamento probatorio. La jurisprudencia ha venido reforzando precisamente esa idea: restringir la libertad antes de una condena impone cargas argumentativas estrictas a quien la solicita y, especialmente, al juez que decide imponerla, mantenerla o prorrogarla.
Aquí encontrarás decisiones que permiten comprender los límites de esta figura y las garantías que deben rodear su aplicación en el proceso penal.
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Los actos de investigación de Allanamiento y Registro, junto con los 10 items esenciales que se deben satisfacer para su procedencia.
Así también 2 sentencias de la Honorable @CConstitucional C-366 de 2014 y la C-025 de 2009.
@SoyDefensor
https://t.co/97wGGFgleV
Ya saben que quede picado (me despertó algo de curiosidad) lo que me paso en la ultima audiencia de BUSQUEDA SELECTIVA, así que me puse a buscar material sobre "LOS MOTIVOS FUNDADOS".
Encontré un artículo brillante sobre ese tópico, acá se los dejo:
Link: https://t.co/glBXncTo2c