Que el Código Penal no entre en vigencia solo favorece a la criminalidad. Es importante recordar que el que tenemos, desde el año 1884, está obsoleto para tipificar crímenes del 2026. Les pido a todos los sectores de la sociedad que pensemos en el bien del país.
La conciencia de un riesgo no basta para afirmar dolo eventual. Existe una diferencia entre conocer una situación peligrosa y representarse concretamente la producción del resultado típico. La gravedad del resultado no elimina la diferencia y confundirlos no es más que retórica.
Esta semana continúo con mis reflexiones para la reforma procesal penal. En este artículo abordo la necesidad de revisar la competencia de los tribunales, en especial de los juzgados de paz ordinarios
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@F_Alejandro_ Eso es correcto. De hecho, en la evaluación del constreñimiento debería poder diferenciarse entre el absoluto (coacción irresistible) y el relativo (coacción vencible), en cuyo ultimo caso aplicaría solo una atenuación de la culpabilidad.
"Una declaración sobre un asunto de interés público goza de una protección especial por su importancia en una sociedad democrática".
Por ello "resulta improcedente" hasta "la exigencia de la exceptio veritatis".
Corte IDH. Caso Baraona Bray Vs. Chile. 24 de noviembre de 2022 👇