¿Ustedes también notan que cada vez más personas en situación de tener título de abogado o similar escriben en esta red hilos sobre autores o libros de teoría del derecho usando ostensiblemente IA pero sin aclararlo?
Muy buen artículo de J A Amaya sobre el equivocado voto disidente que consideró inconvencional el art. 280. Efectivamente, no se valoró correctamente el sistema argentino, que no existe un derecho de acceso a la Corte y que el REF no se presenta directamente ante la CSJN.