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Te chocan, llega tránsito, aparece una grúa, se lleva tu coche y días después descubres que una empresa privada lo tiene retenido. Para recuperarlo te exigen pagar. Pero nadie te explica con qué orden, con qué fundamento, ni bajo qué autoridad.
Un Juzgado de Distrito dijo algo enorme: esa grúa no puede esconderse detrás del uniforme de “empresa privada” si actuó como brazo operativo del Estado. Si el arrastre y depósito del vehículo nacen de tránsito o seguridad pública, no hay contrato libre: hay poder público. Y donde hay poder público, debe haber legalidad, fundamento, motivación y control constitucional.
La lección es de gran calado: el Estado no puede privatizar el abuso. Si una mano privada te quita o retiene un bien usando fuerza pública, el amparo puede alcanzarla. Porque la Constitución no sólo controla a la autoridad visible; también debe controlar a quienes ejercen autoridad desde la sombra.
Aquí te dejo el link para que consultes la sentencia que generó este caso: https://t.co/hsW59BdWJw
Han pasados 15 años de la resolución del expediente Varios 912 que instauró el control de convencionalidad en México y con ello mutó nuestro sistema de control constitucional. Se dice fácil, pero su propagación dentro del PJF es destacable.
Se presentó en la @CDiputados una iniciativa firmada por Alfonso Ramírez Cuéllar, Mariana Benítez, Olga Sánchez Cordero y Javier Corral para “corregir” la reforma que llevó a la elección popular de juezas, magistrados y ministras del Poder Judicial. No es una ocurrencia: es la respuesta al experimento de 2025, cuando la primera elección masiva de juzgadoras colapsó los comités de los tres poderes, saturó de expedientes el sistema y mezcló la justicia con la guerra electoral. La apuesta ahora es distinta: no se echa para atrás el voto ciudadano, pero se intenta domesticarlo, ponerle reglas más duras y filtros técnicos antes de que cualquier nombre llegue a la boleta.
🔹 ¿Qué se propone? Crear un solo “filtro nacional” de entrada: un Comité Único de Evaluación integrado por personas propuestas por los tres poderes, que revisaría expedientes, aplicaría exámenes de conocimiento diseñados por la Escuela Nacional de Formación Judicial y entrevistaría a quienes aspiren a un cargo judicial. Solo quienes logren una certificación técnica, años de experiencia previa (en especial dentro del propio Poder Judicial) y sin militancia partidista reciente podrían aparecer en la boleta. Además, la elección judicial se separa del calendario de elecciones políticas: ya no se votaría por jueces y ministras el mismo día que por presidente o diputados, sino en una jornada propia, pensada, en teoría, para hablar de justicia y no de partidos.
🔹 El mensaje al país es brutal: “México, ya decidimos que tú elijas a quienes te juzgan, pero ahora solo vas a elegir entre quienes pasen por la puerta estrecha del Comité Único y de la Escuela Judicial”. En otras palabras, se consolida el modelo de elección popular, pero se encapsula dentro de un diseño que combina voto ciudadano con un alto grado de control corporativo y tecnocrático. La pregunta de fondo, para una ciudadanía que quiere Estado de derecho y no simulación, es ésta: ¿estamos corrigiendo un modelo caótico para construir una justicia más profesional e independiente, o estamos creando una élite judicial blindada, donde pocos deciden quién merece siquiera aparecer en la boleta?
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La inteligencia artificial no va a dejar sin trabajo a los abogados. Va a dejar sin máscara a los abogados. Porque hoy ya no basta con “saber hablar bonito”: la IA te regresa textos impecables… aunque jurídicamente sean basura.
Un prompt jurídico no es “preguntarle” a una máquina. Es hacer lo que el Derecho exige desde siempre: fijar el problema, escoger el marco normativo, definir el rol y obligarte a seguir un método. Es, literalmente, tu teoría del caso convertida en instrucciones.
La IA no sustituye el criterio. Lo pone a prueba. Y en esta era, la ventaja no la tendrá quien “sepa usar ChatGPT”, sino quien sepa pensar con rigor antes de teclear.
Esto es algo que todos deberíamos saber:
Se puede recibir atención médica en más de una institución de seguridad social.
Un Tribunal Colegiado confirmó que nada en la Constitución prohíbe que una persona derechohabiente reciba servicios médicos de distintas instituciones de seguridad social. Si tus aportaciones o vínculos laborales te generan derechos en más de una, puedes usar ambas.
El criterio parte del principio de que el derecho a la salud es universal, indivisible y de máximo orden, conforme al artículo 4° constitucional y a la Observación General No. 14 del Comité DESC de la ONU.
Ya que la finalidad no es limitar, sino ampliar la protección, una persona puede acceder a distintos sistemas para garantizar una atención médica completa, continua y eficaz.
Además, el artículo 123, apartado B, fracción XI, inciso d), reconoce que los familiares de las personas derechohabientes también tienen derecho a asistencia médica y medicamentos. Y la Suprema Corte ya ha sostenido que el Estado debe proporcionar servicios de salud con el más alto grado de calidad, sin distinciones innecesarias.
En pocas palabras, si cotizas o tienes cobertura en más de una institución, puedes acudir a ambas. La salud no se restringe por trámites ni barreras burocráticas.
tesis:
https://t.co/iNv8QsjgDS
📌 ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL: Qué delicado que no sepas la integración actual de Juzgados, Tribunales y Centros de Justicia Penal de todo el país, es decir, no sabes si hay juzgadores trabajando hoy.
El oficio refleja que pediste RENUNCIAS en el #PJF, porque la información que solicitas ya la tenían diversas áreas administrativas del extinto #CJF. #OAJ
#PoderJudicial #ReformaJudicial @pjf_mexico
Un honor participar en foros como este primer conversatorio sobre responsabilidades administrativas, grandes ponentes los que nos acompañaron a los cuales se les agradece acudir a la convocatoria. Espero sea el primero de muchos más.
Se nos volvió a olvidar el Leviatán, se nos pasó que toda la idea de Estado constitucional de Derecho y toda la teoría de los derechos fundamentales (o derechos humanos constitucionalizados y positivados de distintas maneras) tiene una razón de ser capital, un motivo irrenunciable: limitar el poder del Estado, quitarles impunidad y dominación a sus agentes, proteger a los ciudadanos frente al abuso de los que tienen la fuerza y los medios coactivos.
Eso ha sido una lucha histórica que marca la Modernidad y una y otra vez ha habido recaídas por exceso de confianza y por mitos sobre la bondad natural de distintos sujetos. Veamos tres partes de esa historia de recaídas.
En el Derecho promoderno y pre-constitucinal se confiaba en que los integrantes de cierto estamento, la aristocracia, eran nobles de corazón y personas con los más altos atributos morales, razón por la cual hay que protegerlos a ellos del pueblo bajo, pero no al pueblo bajo de ellos. Falso, y el Estado de Derecho se crea para limitar ese absolutismo moralmente confiado.
Luego fue el legislador, tras la Revolución Francesa. Todo el pueblo se ve como moralmente igualado y peligroso, pero ese legislador democráticamente legitimado destila virtud cívica y sapiencia moral, pues en él la voluntad egoísta de todos se sintetiza en la muy elevada y roussoniana voluntad general. Falso, al legislador hay que sujetarlo también, y por eso hay que imponer frente a él controles de constitucionalidad y de invulnerabilidad de los derechos del ciudadano de a pie.
Y llegó la tercera caída, dentro de ese peculiar viacrucis jurídico-político. Desde mediados del siglo XX, y ante tanto desmán jurídico y tanta tiranía sangrienta, apareció otra pata del Estado como súbitamente dotada de santidad presunta: la judicatura. Todo el mundo es malo, todos los poderes del Estado traen peligro..., menos uno: los jueces. Así que difuminamos el propio concepto de lo jurídico y aflojamos hasta la garantía formal de los derechos y, sobre todo, moralizamos la noción misma del Derecho para que los jueces tuvieran más amplios poderes, menos límites positivos y mayores facultades para imponer desde sus sentencias la bondad, el bien, la equidad y la justicia, frente al frío límite de la ley.
Y pasó lo que ya deberíamos saber que ocurre cada vez que le aflojamos la cuerda a una parte del Estado: que los altos tribunales se apropiaron del Derecho y de nuestros derechos y, de paso, de la soberanía popular y el control sobre las instituciones.
Las consecuencias, ya las estamos pagando de muchísimas maneras.
No aprendemos lo esencial de toda la lección del liberalismo político que había conseguido librarnos del terror estatal: nadie con mando es bueno por naturaleza o por razón de oficio o cargo, todo poder tiene que estar jurídicamente atado y limitado por normas que no le aumenten las facultades, sino que se las controlen.
El rebote está siendo espectacular: los más populistas y autoritarios políticos de ahora han descubierto que si los jueces tienen patente de corso, es a los jueces a los que tienen que dominar, comprar, corromper o hacer dependientes.
Es de temer que, por nuestra enésima ingenuidad buenista, el Estado constitucional de Derecho se nos esté yendo irreversiblemente al guano.
😂 “SÉ LO QUE ES SALIR DESDE ABAJO”, DICE HIJA DE OLGA SÁNCHEZ CORDERO
Paula María García Villegas, hija de ministra, diputada y exsecretaria de Gobernación, arrancó su campaña a la SCJN asegurando que conoce lo que “pesa, duele y cuesta salir desde abajo”.
Sí, desde abajo... del penthouse.
el senador saúl monreal, hermano del diputado ricardo monreal, hermano del gobernador de zacatecas david monreal y tío de la directora del instituto nacional de la economía social catalina monreal, se declaró en contra del nepotismo