@abg_sergioec Tratar como delito el incumplir una medida cautelar atenta al principio de mínima intervención penal, puesto que el "castigo" a esta conducta atípica es la prisión preventiva.
@joffrecampana@aquilesalvarez SI SE INCUMPLE UNA MEDIDA CAUTELAR YA SEA LA PRESENTACIÓN PERIÓDICA, PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS Y EN ESTE CASO RETIRARSE EL DVE, LO QUE CORRESPONDE ES QUE SE DICTE PRISIÓN PREVENTIVA, TRATAR ESTAS ACCIONES COMO DELITO (INCUMPLIMIENTO) NO TIENE LÓGICA.
@Flare_Institute Excelente idea, en una contravención flagrante te pueden sentenciar hasta 30 días, ese instante, mientras que en un delito leve como porn ejemplo la intimidación, no te dan prisión preventiva e incluso puedes conciliar después. Buena propuesta hay que pulirla bien.
@MLuzarragaEc Bueno, prácticamente el procesado debe justificar porque no le deben dictar prisión preventiva en la actualidad, solo es de ir a una audiencia y percatarlo.
@mauroandinoe Yo pasé por ahí y estaba la sala de audiencias abierta en el piso 2 del Comolejo Judicial de Iñaquito, claro la audiencia es telemática pero estaba transmitiendose por infocus.
@pencaladah Es terrible que se juegue de esa manera con la confianza que la gente que ha depositado en el sistema financiero y que tantos años nos costó como país, hay preocupación general de los cuentahabientes.