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A diferencia de la anulación de licencias de edificación, NO genera responsabilidad patrimonial la demolición a consecuencia de anulación de una licencia de LEGALIZACIÓN de obras (no causalidad ni antijuridicidad)
🔴SSTS 14/9/26 (rec.5217/2024)
El concepto de Derecho: de Hart a Dworkin se refiere a uno de los debates más influyentes de la filosofía del derecho contemporánea, centrado en la naturaleza del derecho, la relación entre derecho y moral, y el papel de los jueces. Parte de la obra The Concept of Law (El concepto de derecho, 1961) de H.L.A. Hart y se desarrolla a través de las críticas de Ronald Dworkin en obras como Taking Rights Seriously (Los derechos en serio, 1977), A Matter of Principle y, especialmente, Law’s Empire (El imperio del derecho, 1986). Hart respondió parcialmente en el Postscript (póstumo, 1994) a la segunda edición de su libro.
La concepción de Hart: positivismo jurídico analítico
Hart reformula el positivismo jurídico (frente a John Austin) y presenta el derecho como un sistema de reglas. Distingue:
- Reglas primarias: imponen obligaciones o deberes (por ejemplo, prohibiciones penales o normas de conducta).
- Reglas secundarias: son “reglas sobre reglas”. Incluyen la **regla de reconocimiento (criterio social último que identifica qué cuenta como derecho válido en un sistema), la de cambio y la de adjudicación.
El derecho existe cuando hay una unión de estas reglas, aceptadas desde el punto de vista interno (los participantes las usan como estándares de conducta) y no solo observadas externamente.
La validez jurídica depende de hechos sociales (pedigree o fuentes sociales), no necesariamente del contenido moral. Hay una tesis de la separabilidad: no existe una conexión conceptual necesaria entre derecho y moral; puede haber derecho injusto válido.
Hart reconoce la textura abierta del lenguaje jurídico: en los casos claros las reglas aplican, pero en la “penumbra” o casos difíciles los jueces ejercen discreción y, en cierta medida, crean derecho. Su teoría pretende ser general y descriptiva (moralmente neutral), no justificativa.
La crítica de Dworkin y su concepción alternativa
Dworkin ataca el “modelo de reglas” de Hart. Argumenta que el derecho no se reduce a reglas identificables por un test de pedigree (la regla de reconocimiento). Incluye también principios (estándares de moralidad política, como la igualdad o la integridad), que no se aplican de forma todo-o-nada como las reglas, sino que tienen dimensión de peso y se balancean.
En los casos difíciles (hard cases), los jueces no ejercen discreción fuerte (crear derecho ex nihilo), sino que interpretan el derecho existente buscando la mejor justificación moral de la práctica jurídica institucional. Dworkin introduce la idea del juez Hércules (ideal) que construye la interpretación que mejor se ajusta (fit) a la historia institucional y la justifica moralmente (justification).
El derecho es una práctica interpretativa (constructiva). En Law’s Empire desarrolla la teoría del derecho como integridad: la comunidad política se entiende como gobernada por principios coherentes a lo largo del tiempo.
Los derechos individuales funcionan como “cartas de triunfo” (trumps) frente a metas colectivas. Hay una conexión más estrecha (no meramente contingente) entre derecho y moral: identificar el derecho exige juicios morales.
Dworkin rechaza tanto el convencionalismo (positivismo) como el pragmatismo, y sostiene que hay (en principio) una respuesta correcta incluso en casos controvertidos.
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