El viernes hablé en la Cámara de Diputados sobre los riesgos que veo en la iniciativa a la Ley de Amparo. Me enfoqué en las figuras de suspensión y recusación.
Aquí pueden escuchar la mesa que compartí junto con otros extraordinarios panelistas:
https://t.co/ILV701XZNH
La @SCJN resuelve hoy un caso relevante en relación con desplazamiento forzado interno. El asunto es crucial para entrever la crisis en esta materia y plantea una pregunta adicional: ¿Las recomendaciones de la CIDH sirven para constatar omisiones legislativas a cargo del Estado?
Mañana se resuelve un asunto en la @SCJN que plantea la atención de una de las crisis humanitarias más graves y menos atendidas del país: el desplazamiento forzado interno.
La @CIDH en diversas recomendaciones ha señalado la urgencia de que se atienda el tema, con acciones específicas por parte del estado mexicano.
El caso plantea preguntas jurídicas relevantes vinculadas con esas recomendaciones:
1️⃣ ¿ Qué exige el artículo 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, en cuanto al “deber de adoptar disposiciones de derecho interno”?
2️⃣ ¿ Las recomendaciones de la @CIDH son evidencia de incumplimiento de obligaciones convencionales preexistentes?
Aquí los argumentos escritos en coautoría con @alejandromtzmtz
El Juego de la Nueva Suprema Corte - Blog de la revista Nexos https://t.co/VdpDPnS3wC
Hoy recordé que Aristóteles defendía la esclavitud. Y no solo la toleraba, ofreció toda una justificación ético/filosófica para justificarla. Aquí lo explica Sandel:
¡Buna salió en @el_pais!
Gracias a Carlos S Maldonado y Mónica González por la entrevista para hablar de Venceremos, podcast de @tantocontarmx@Ibero909FM y @centroamericamx
Un honor poder hacer este proyecto junto a mi querida @erendiritas
https://t.co/MKbxwOtyHF
“Hay comentarios muy conmovedores de gente que recordaba escuchar la radio muy quedito”, relata Checka. (...) Para los creadores, esto refuerza la pertinencia del proyecto: el pasado no está muerto, solo está esperando una frecuencia para volver a hablar."
https://t.co/7QKuAnZpP4
A proposito de la reforma judicial, no deja de ser vergonzoso que nuestra Constitución busque regular cosas tan secundarias como el diseño de boletas electorales:
Interesante lo que ocurrirá con la presidencia de la Corte. El artículo 94 establece que esta se define en función de los votos obtenidos, mientras que el artículo 97 señala que es competencia del Pleno elegir al presidente de entre sus miembros. Ambos artículos están vigentes.
Breaking News: Steven Rosenbaum, the author of “The Future of Truth,” acknowledged that the nonfiction book about the effects of A.I. on truth included misattributed or fake quotes concocted by A.I. https://t.co/QFkX5BqlKs
Mucho mejor idea tener un Comité Único de Evaluación que tener una Comisión Coordinadora que regule a los tres. La primera propuesta simplifica el trámite y la segunda lo complejiza.
¿Por qué la liga mx es de mala calidad? ¿Influye su organización legal?
¿Cómo los temas del mundial han desplazado la agenda en la CDMX? ¿Qué problemas locales reciben menos atención?
Hablaremos de investigaciones sobre derecho y economía que intentan contestar estas preguntas
Muy feliz por esta noticia
Marina es una bebe con acondroplasia que necesita un tratamiento que no esta disponible en IMSS. Orgulloso de acompañar a Julieta y Daniel en el esfuerzo legal por conseguirlo.
Más de la historia de Marina y del litigo acá: https://t.co/oQniwYF19c
🥹💜 Un hecho histórico en la salud pública de México
La pequeña Marina recibió por primera vez un tratamiento contra la acondroplasia por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social |@Tu_IMSS|, luego de que su familia luchara legalmente durante siete meses ⚖️👶
📌 El medicamento, cuyo costo alcanza los 450 mil pesos mensuales en el sector privado, ayuda al correcto crecimiento del sistema óseo
Sus padres ahora buscan que el acceso al tratamiento no dependa de amparos y pueda beneficiar a más niñas y niños en el país 🙌
Mi papá es un viejito con más 80 años de pasión por @Chivas.
Un primo suyo, también chiva, le dijo que se perdió el partido más emocionante en años. Solo porque no tiene @amazon.
La mezquindad en el futbol y lo que han hecho con los derechos de transmisión es de miserables.
Muy interesante. Una suerte de ‘weak form review’, con algo de eco a la declaración de incompatibilidad en UK/Notwithstanding canadiense, en donde el Tribunal señala la falla constitucional pero regresa a los órganos representativos para que ellos decidan (y diseñen) el remedio
En el Tribunal emitimos una sentencia “declarativa”. Es decir, ante la imposibilidad de dar efectos generales a la inconstitucionalidad de una norma fiscal, ordenamos al Congreso del Estado que sea éste, en sede legislativa, quien decida cómo reparar la inconstitucionalidad advertida
La idea es que el amparo no quede sin reparación, aun cuando el remedio sea “débil”.
Universities don't need to "teach students to use AI well." The whole point of AI is that it doesn't require any skill. Universities *should* teach students how to write and research on their own, and foster an ethic of shaming people who outsource their basic ability to think.
De la Garza y Vargas Abogados abre tres convocatorias 2026:
1. Asociado (a) en Litigio Constitucional, Administrativo y Regulatorio.
2. Asociado (a) en Litigio Civil y Mercantil y Derecho Corporativo.
3. Pasante en Derecho.
Comparto las convocatorias 👇👇👇
Hola Miguel,
Estos criterios ya no están vigentes. Hubo una serie de precedentes de la Quinta Época (por ahí entre 1945 y 1946) en los que la Suprema Corte había determinado que la licencia no implicaba la pérdida del fuero, pero ojo, de esos asuntos se refería a legisladores federales. Hay que tomar en cuenta que hay dos fueros (inmunidades procesales): uno federal y otro local. Los precedentes que siguieron esa regla son los amparos en revisión penal 3447/45; 2287/45 (que es de donde deriva la tesis publicada) y 2947/45.
Sin embargo, la reforma constitucional de Miguel de la Madird de 1982 al Título Cuarto (particularmente al artículo 112 constitucional) cambió todo.
Estas reformas han sido objeto de interpretación de la SCJN. Así, en el amparo en revisión 1344/2017, la Segunda Sala determinó (pero, ojo, en razones obiter dicta), que solo hay dos maneras de cesar el fuero: a través de la declaración de procedencia y con la separación del cargo.
A esto habría que añadirle lo resuelto por la Primera Sala de la SCJN en el amparo en revisión 404/2013 en el que (también en obiter dicta) en la que se determinó que el 112 habría que entenderlo como un funcionario en el que ya asumió el cargo pero que fue separado temporalmente por alguna circunstancia.
Así, de la lectura conjunta de tales precedentes y del 111 y 112 constitucionales se desprenden diversas formas de terminación del fuero, pues hay formas "definitivas" de terminación, por ejemplo: remoción, destitución, vacancia o retiro; y formas "temporales" de terminación del fuero, entre ellas, la licencia.