Singularidad cósmica en contacto con su propia esencia; Libre; Abogada en derechos humanos y derecho militar; Mama de un maestro de vida: Yo Soy y Aquí Estoy
Un velador fue atropellado. Su cuerpo quedó herido, su vida interrumpida y su dolor llevado a tribunales. Pero en el juicio apareció una pregunta brutal: ¿su sufrimiento debía valer menos porque ganaba poco?
La @SCJN dijo que no. En una nueva jurisprudencia sobre daño moral, sostuvo que para indemnizar el dolor, la angustia, la afectación emocional y la dignidad lesionada, no puede mirarse la cartera de la víctima. El ingreso sirve para calcular pérdidas económicas; jamás para medir el sufrimiento humano.
Esta tesis es una frontera ética para los tribunales: la pobreza no reduce la dignidad y la riqueza no aumenta el dolor. La justicia mexicana debe entenderlo de una vez: una persona no vale por lo que gana, sino por lo que es. Y toda víctima merece ser reparada sin que su condición social la vuelva invisible.
Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: https://t.co/hcfiQS7Mky
Me encantó esta sentencia.
Se admitió un recurso presentado dos minutos después de vencido el plazo.
El abogado argumentó que tiene internet lento y una compu vieja.
El tribunal dijo que se debe privilegiar el acceso a la justicia. 👏
Sentencia: https://t.co/4tWF6KU4MS
DIVORCIO INCAUSADO
👨🎓Se publicó la jurisprudencia en materia común-civil por contradicción de criterios en la que se determinó:
En atención al principio de definitividad debe agotarse el recurso de apelación previamente a promover amparo directo contra las resoluciones emitidas en los incidentes que regulan las cuestiones inherentes a la disolución marital dictadas en el juicio de divorcio incausado.
Jurisprudencia de aplicación obligatoria a partir del 1 de junio de 2026.
👉https://t.co/TYy7I5vKOm
¡El Auditorio Nacional se cimbra! Caifanes detiene su concierto por un mensaje que nadie pudo ignorar. ⚠️👇
En un momento de unidad y resistencia, la banda cedió su espacio a las Madres Buscadoras para visibilizar la crisis de desapariciones. Entre aplausos y lágrimas, el público fue testigo de un acto de humanidad que trasciende la música.
¡La voz de quienes buscan a sus seres queridos resonó más fuerte que nunca!
SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN AMPARO INDIRECTO
Les cuento:
En una contradicción de criterios los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron si es posible eximir a la persona quejosa de otorgar garantía para que surta efectos la suspensión provisional, que puede tener por efecto el desposeimiento o desalojo del inmueble donde habita, aun cuando alegara condiciones de vulnerabilidad, como la edad, por tratarse de una persona adulta mayor, y la discapacidad.
👨🎓Al respecto, el Pleno Regional determinó:
Un garantía, como requisito para la efectividad de la suspensión provisional en el amparo indirecto, no puede dispensarse, aunque sí debe modularse en su monto y forma a través de ajustes razonables en favor de la persona quejosa que alegue condiciones de vulnerabilidad, cuando el acto reclamado consista en la falta de emplazamiento a juicio y el posible desposeimiento o desalojo del inmueble donde habita.
👉 https://t.co/AoUHiKBkNO
⚖️📚 Error común en el juicio contencioso administrativo:
Si la autoridad demandada ofrece una prueba pericial, debe acompañar desde ese momento el cuestionario que habrá de desahogar el perito. 🚨
Pero si la pericial fue ofrecida inicialmente por el actor, la autoridad no vuelve a formular el cuestionario desde cero; su derecho consiste en:
✅ Designar perito.
✅ Ampliar el cuestionario ya existente.
🎯 En litigio, conocer el momento procesal oportuno puede ser tan importante como tener la razón.
#TFJA #LFPCA #PruebaPericial #PeritoContable #LitigioFiscal #Abogados #DerechoFiscal #JuicioContenciosoAdministrativo #Fiscalistas #JusticiaAdministrativa ⚖️🇲🇽
En conversación con Carmen Aristegui, el jurista y exministro de la Suprema Corte, José Ramón Cossío, plantea un escenario hipotético: ¿qué ocurriría si Estados Unidos solicitara la extradición de “alguien grande” y presentara pruebas ante México?
A partir de esa posibilidad, Cossío y Aristegui analizan si el discurso de la presidenta Claudia Sheinbaum sobre soberanía, injerencia extranjera y ultraderecha podría estar funcionando como una preparación política ante un caso de mayor impacto. Aristegui señala que una definición de Estado de esta dimensión no parece gratuita ni producto de una ocurrencia, sino un posicionamiento frente a algo que podría venir.
Cossío plantea que, si se concreta un escenario mayor, el gobierno podría responder diciendo que ya había advertido un supuesto plan injerencista, antimexicano o imperialista. El análisis se mantiene en el terreno de la hipótesis y apunta al desgaste que una solicitud de extradición de alto nivel podría provocar en la estrategia discursiva del gobierno mexicano.https://t.co/XtZyD1p3yF
⚖️ ANÁLISIS DE SENTENCIA: TFJA declara nulidad lisa y llana al considerar la inconstitucionalidad por la omisión normativa de establecer un plazo para resolver.
¿Puede la CNBV mantener indefinidamente un procedimiento de supervisión sin resolver? La respuesta dada en la sentencia es NO.
🔹 ACTO IMPUGNADO: Oficio de multas emitido por el Coordinador de Sanciones Administrativas de la CNBV, impuestas con fundamento en el artículo 96 Bis de la Ley de la CNBV, en relación con diversas disposiciones de liquidez y del Reglamento de Supervisión de la CNBV.
🔹 LITIS: ¿La ausencia de un plazo razonable en los artículos 49, 50, 50 Bis, 51, 52, 53 y 54 del Reglamento de Supervisión de la CNBV –para emitir la resolución definitiva dentro del procedimiento de medidas correctivas– viola los derechos humanos de seguridad jurídica (art. 16 CPEUM) y tutela jurisdiccional efectiva (art. 17 CPEUM)?
🔹 CONSIDERACIONES AL RESOLVER:
1. Omisión legislativa con efectos inconstitucionales: El Tribunal advirtió que el Reglamento de Supervisión no establece plazo alguno para que la CNBV emita resolución en el procedimiento de medidas correctivas. Esta indefinición genera incertidumbre jurídica, pues permite a la autoridad prolongar el procedimiento de manera indefinida.
2. Inaplicación por control difuso de constitucionalidad: Con fundamento en los artículos 1° y 133 de la CPEUM, la Magistrada inaplicó el procedimiento previsto en dichos artículos reglamentarios al caso concreto, al considerarlo contrario a derechos humanos. No se declaró la invalidez general, sino la inaplicación en el caso específico.
3. Jurisprudencia obligatoria aplicada: Se aplicó la jurisprudencia P./J. 2/2020 (10a.) del Pleno de la SCJN, que declaró inconstitucional el artículo 478 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas por falta de plazo para resolver. El Tribunal consideró que este criterio es temático, aplicable a todas las leyes financieras con similar omisión, incluyendo el Reglamento de Supervisión de la CNBV .
4. La caducidad NO subsana la omisión: Siguiendo el criterio de la SCJN (AR 339/2021), el Tribunal precisó que la caducidad y los plazos genéricos no reparan la ausencia de un plazo específico para dictar resolución, especialmente cuando la caducidad puede interrumpirse indefinidamente.
5. Imposibilidad de interpretación conforme: La omisión normativa era total (inexistencia absoluta de plazo), por lo que no fue posible acudir a una interpretación conforme (ni amplia ni estricta) sin invadir funciones del legislador.
6. Nulidad lisa y llana por vicio de origen: Al derivar la resolución de un procedimiento viciado de inconstitucionalidad, se declaró la nulidad lisa y llana (artículos 51 fracción IV y 52 fracción II LFPCA), lo que impide a la CNBV emitir un nuevo acto con idéntico sentido de afectación.
🔹Puedes consultar la sentencia del juicio 386/26-EAR-01-4 en el buscador del TFJA: https://t.co/Pnh8f2KkLI
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#MultasAdministrativas #MultasCNBV #SeguridadJuridica #TFJA
Por cuestiones laborales he conocido a varios adultos mayores que fueron despojados de sus pensiones. Tengo la mejor impresión de todos. Hablan, al menos 2 idiomas, tienen estudios de postgrado sobre disciplinas bastante complejas. Acumularon años de trabajo en instituciones serias. Son muy educados y respetuosos de la ley.
Ellos pertenecían a un servicio público de excelencia que hoy desapareció en perjuicio de México.
De veras que la Historia rima. De hecho no sólo rima, sino que coincide en la consonancia (y en el colmo) al 100%: la jueza que preside la audiencia del secretario sinaloense de Seguridad, el que se entregó a los EUA, se apellida Polk.
@ursulacamba@arr1910
La @SCJN acaba de decir algo que parece obvio, pero que muchos tribunales siguen olvidando: detrás de un salario no hay sólo una cifra en un recibo de nómina. Hay comida, escuela, medicinas, renta, transporte y vida cotidiana. Cuando a una madre que sostiene sola su hogar le recortan de golpe la mitad de sus ingresos, no se afecta únicamente su bolsillo: se toca directamente la vida de su hija.
Por eso este caso importa tanto. La niñez no puede ser invisible en los expedientes. Aunque la menor no haya sido parte formal del juicio, sus derechos estaban ahí, dependiendo materialmente de ese ingreso. El interés superior de la niñez no es una frase bonita para adornar sentencias; es una obligación real de mirar las consecuencias humanas de lo que se decide.
También hay una lección durísima para los jueces: el derecho no puede quedarse atrapado en etiquetas administrativas. Si una prestación se pagó durante años y sostuvo la economía familiar, no basta llamarla “error” para borrarla. La justicia empieza cuando el expediente deja de verse como papel y vuelve a verse como lo que siempre fue: una historia de personas.
https://t.co/jC3eEF5UYj
INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES ALIMENTARIAS
👨🎓El Pleno de la @SCJN publicó la jurisprudencia en materia civil-penal por precedentes obligatorios en la que determinó:
Para efectos del delito de incumplimiento de obligaciones alimentarias en su modalidad agravada, previsto en el artículo 201 del Código Penal para el Estado de Morelos, la resolución judicial firme en materia familiar que fija el monto de la pensión alimenticia, constituye cosa juzgada respecto de la existencia de la obligación y de la capacidad económica del deudor, por lo que la persona juzgadora penal no puede revalorar tales aspectos para determinar la actualización del tipo penal.
Jurisprudencia de aplicación obligatoria a partir del 25 de mayo de 2026.
👉https://t.co/aZzFxFvBvl
🎉Bien por la decisión! 👏🏻
Tras reunion con EUA y Canadá, México adopta medidas frente al mundial y el ébola:
👉🏻A partir se hoy y por 60 días:
•Pasajeros que en últimos 21 días estuvieron en Uganda, RDC y/o Sudán del Sur y que no sean mexicanos tendrán restringida la entrada 🇲🇽!
🌟Cuidemos la salud y disfrutemos el futbol, sin tomar riesgos innecesarios👌🏻
“Debemos proteger los bosques por aquellos que no pueden hablar por sí mismos, como las aves, los animales, los peces y los árboles.”
Qwatsinas, Nación Nuxalk
Hace poco estuve en una comida de grupo.
La gente se pone intensa.
El ambiente se caldea.
—Los niños necesitan crecer con mamá y papá para salir bien —dice uno.
Silencio incómodo.
Hasta que una chica dice, muy tranquila:
—Yo crecí con mamá y papá… y mi casa fue un infierno.
—Bueno, pero al menos estaban los dos, eso siempre es mejor para un niño.
Ella ni parpadea:
—¿Mejor qué?
¿Ver cómo se odian todos los días?
¿Aprender que el amor es grito, portazo y miedo a la hora de la cena?
Y ahí nadie dice nada.
Porque hay algo que cuesta aceptar:
Una “familia completa” en el DNI
no garantiza una infancia sana.
Hay casas con dos adultos, dos sueldos
y foto perfecta…
Donde sobra grito, manipulación
y ausencia emocional.
Y hay pisos pequeños con una sola persona al mando
donde no sobra nada...
Pero hay respeto, límites
y un niño que sabe que es querido.
El problema no es el número de adultos,
ni si educa mamá o papá,
sino la calidad de la vida que hay dentro.
La pregunta nunca fue:
“¿Cuántos padres tiene un niño?”
La pregunta incómoda es:
“¿Con cuánto amor, estabilidad y respeto está creciendo?”
Porque ver cariño, esfuerzo y coherencia todos los días
vale más que salir en la foto de “familia perfecta”
y vivir, por dentro,
como si la casa estuviera siempre en llamas.
🇲🇽 Esto es México de verdad.🇲🇽
Los productores de frijol se juntaron y le regalaron una camioneta de viaje completa a las Madres Buscadoras.
Sí, leyeron bien.
Gente del campo, que también la está pasando cabrona, decidió apoyar a las madres que día y noche recorren el país buscando a sus hijos desaparecidos.
No fue el gobierno.
No fue una ONG.
🚜 Fueron los productores de frijol… con el corazón en la mano.
Porque cuando las instituciones fallan, el pueblo se organiza.
Respeto máximo a estos productores y un aplauso eterno para las Madres Buscadoras.
No se rinden. Y ahora van a poder moverse con más fuerza.
Hasta encontrarlos.👏👏👏
No descansaremos.
#MadresBuscadoras #MexicoDuele #PuebloApoyaPueblo
Hoy resulta más difícil litigar, en el fuero federal, porque en muchos casos (no en todos, por fortuna), se tiene como contraparte a los tres poderes de la unión.
😞😞😞😞😞