📜He venido observando con cuidado los nuevos lineamientos sobre derechos de las audiencias y, desde mi óptica, reducir la discusión a si estamos o no frente a una “ley censura” termina empobreciendo un problema constitucional bastante más complejo.
📌No me inquieta, por sí misma, la existencia de defensorías, del derecho de réplica o de reglas que procuren distinguir información y opinión. Son figuras conocidas en el derecho comparado y, bien diseñadas, pueden contribuir a una mejor conversación pública. Europa las utiliza desde hace tiempo y aun en Estados Unidos, donde la Primera Enmienda impone límites particularmente severos a la intervención estatal sobre el discurso, existen responsabilidades ulteriores frente a ciertas falsedades, bajo estándares especialmente exigentes.
Mi preocupación comienza en que el modelo mexicano tiene una combinación particularmente delicada entre conceptos abiertos, supervisión administrativa y capacidad sancionadora. Hablar de información “veraz” puede parecer sencillo. Hablar de información “descontextualizada” ya no lo es tanto. Y menos todavía cuando corresponde a una autoridad decidir qué contexto faltó, cuánto contexto era necesario o de qué manera debía presentarse un hecho histórico para no inducir a una lectura equivocada del presente.
📌Ahí encuentro una primera grieta importante. El periodismo selecciona hechos, jerarquiza datos, construye enfoques y necesariamente deja elementos fuera. Una investigación puede resultar incompleta sin ser falsa; una columna puede deliberadamente privilegiar una interpretación; un archivo histórico puede recuperarse precisamente para iluminar una controversia actual. No alcanzo a ver con tranquilidad que categorías de esa naturaleza puedan convertirse, sin parámetros extraordinariamente rigurosos, en materia de valoración administrativa.
📌El contraste con Estados Unidos resulta útil justamente por eso. Su tradición constitucional no parte de que toda expresión errónea pierda protección, sino de una idea mucho más incómoda para el poder: una sociedad libre debe tolerar un margen considerable de error para que la discusión pública pueda respirar. Desde New York Times v. Sullivan, el sistema estadounidense entendió que imponer responsabilidad con demasiada facilidad termina produciendo un efecto inhibidor sobre la crítica política.
📌Europa sigue una ruta distinta, pero tampoco entrega sin más al Estado la definición de la verdad periodística. Allí encuentro mecanismos de réplica, obligaciones de precisión y estándares como el due accuracy, pero también una preocupación creciente por la independencia de quienes regulan los medios. El European Media Freedom Act es particularmente revelador: no basta con regular contenidos; importa también quién regula, con qué autonomía y bajo qué garantías frente al poder político.
📍Y ése me parece uno de los puntos más sensibles en México.
📌La desaparición del IFT como órgano constitucional autónomo modificó el contexto en el que deben leerse estos lineamientos. No estoy afirmando que cada actuación de la nueva autoridad vaya a ser abusiva. Esa sería una crítica demasiado simple. Lo que sostengo es que, cuando se amplían las posibilidades de intervención sobre contenidos, la independencia institucional del árbitro deja de ser un dato secundario y pasa a formar parte de la garantía misma de la libertad de expresión.
📌La detención del exgobernador Ernesto Ruffo, figura fundacional de la oposición y la alternancia política en México, vuelve a exhibir una práctica que la teoría constitucional llama costumbre, esto es, una norma no escrita que nace de la repetición constante de una conducta acompañada de la convicción de que así debe procederse.
📍La costumbre constitucional no es en sí un vicio, porque hay convenciones que completan a la Constitución y hacen funcionar al Estado donde el texto calla, pero existe también la que corre contra la norma fundamental, aquella que se normaliza, y que precisamente por su apariencia de normalidad resulta más corrosiva que la violación aislada.
Les invito a leer mi 📰 hoy, vía @ContraReplicaMX
https://t.co/FPcqxm8t7R
🇲🇽México lleva tiempo haciendo como que no ve lo evidente en materia de actos anticipados de campaña.
⭕️Con el movimiento de la 4T, las campañas empiezan mucho antes de que la ley permita llamarlas campañas. No aparecen de golpe ni necesariamente piden el voto de manera expresa; se van construyendo con presencia pública sostenida, con recorridos, con apariciones calculadas, con estructuras que empiezan a moverse, con encuestas que instalan posibilidades y con una narrativa que poco a poco convierte una aspiración política en algo parecido a una candidatura inevitable, a la que se ha llamado: coordinadores para la defensa de la transformación.
🗓Después llega el calendario electoral y todos los actores políticos fingen normalidad. Se abren formalmente los tiempos de campaña, se activan los controles, empieza la fiscalización, y el sistema actúa como si la competencia apenas comenzara.
🔴Pero esto no es cierto; para entonces, algunas candidaturas ya traen meses de ventaja, reconocimiento acumulado, estructura territorial, presencia mediática y un gasto que difícilmente podrá reconstruirse con seriedad. Ahí está la trampa.
0️⃣El problema no es únicamente jurídico, ni se resuelve buscando la palabra mágica -“vota por mí”-. El problema es constitucional, en tanto la equidad de la contienda puede vaciarse antes de que inicie formalmente la campaña; precisamente, porque todos los actores relevantes han aprendido a moverse en esa zona gris.
⏺️El #Legislativo no la cierra porque a todos los partidos les sirve. El #INE suele administrarla con cautela. El Tribunal Electoral llega después, caso por caso, cuando el daño ya se produjo y la consecuencia, si llega, casi nunca repara la ventaja obtenida.
🅾️Así se deteriora una democracia, gracias a simulaciones toleradas, ventajas acumuladas y autoridades que reaccionan cuando la cancha ya fue inclinada.
🅾️Una elección no resulta solamente libre porque la ciudadanía pueda votar el día de la jornada. También debe ser íntegra en el modo en que se construye la competencia antes de llegar a la boleta.
@ForoConstMex@Garantismo_
⭕️A partir del debate abierto por @naattorres1, conviene mirar el problema desde la orilla, en el sentido de Tomás y Valiente: desde fuera del poder, pero suficientemente cerca para advertir sus riesgos.
⏺️Bajo esa óptica, la secuencia es relevante:
🔺️Primero, una preocupación legítima manifestada por Natalia. México necesita más educación cívica, mejor comprensión de derechos y obligaciones, y ciudadanía menos vulnerable a propaganda, clientelismo y desinformación.
🔴Después, una formulación problemática, desde mi perspectiva, y un poco dudosa: condicionar el voto a exámenes o filtros de conocimiento. Era necesario elaborar y aclarar mejor.
🔺️Luego, una reacción presidencial desproporcionada desde la conferencia matutina.
🔺️Finalmente, una precisión importante y técnicamente correcta: la Presidencia, como autoridad, no puede colocarse en el mismo plano de derechos que una ciudadana.
🔷️Cada punto merece distinguirse.
◽️La educación cívica fortalece la democracia. Pero el sufragio universal no descansa en escolaridad, conocimiento técnico ni mérito cívico. Descansa en igualdad política, me parece que Natalia entiende y sabe muy bien esto.
◽️Rawls no pensaba la ciudadanía democrática como jerarquía de capacidades, sino como relación entre personas libres e iguales. Y Bobbio entendía la democracia como el conjunto de reglas que permite participar en la formación de las decisiones colectivas.
◽️Por eso, la respuesta al voto desinformado no es filtrar ciudadanía, sino formarla, y es ahí donde yo reformularía la posición originalmente expuesta.
🅾️Pero el poder presidencial también tiene límites.
🔴Una mañanera no es una conversación horizontal, sino una comunicación estatal que utiliza recursos públicos, canales institucionales y autoridad simbólica del Ejecutivo.
🅾️Lo que la presidenta señala ahí es ejercicio de poder, no libertad de expresión.
◽️Y en eso, Natalia acierta en lo esencial; es patente que la titular del Ejecutivo tiene derechos humanos como persona física; pero la Presidencia, como órgano del Estado mexicano, ejerce competencias, imperio y potestad pública.
🔰García-Pelayo lo habría ubicado en un sentido clásico de manera muy clara: la Constitución es ordenación jurídica del poder y éste deber ser limitado.
⭕️Corolario de todo lo anterior.
No hay democracia constitucional si el sufragio se vuelve premio al conocimiento.
Tampoco la hay si el poder se presenta como víctima simétrica de quienes debe respetar.
⏺️Más ciudadanía.
Sufragio universal.
Poder limitado.
🔺️Por eso expresé con claridad que:
"... la respuesta al voto desinformado no es filtrar ciudadanía, sino formarla, y es ahí donde yo reformularía la posición originalmente expuesta..."
🅾️ Me parece que @naattorres1 tiene razón en una preocupación de fondo, y es que una democracia saludable requiere ciudadanía activa, informada, participativa y exigente. De lo que me separo es de convertir esos atributos en requisitos de partida para ejercer el sufragio.
✴️La ciudadanía informada no debe ser condición para votar; esto debe ser una finalidad permanente del Estado democrático.
0️⃣ Ahí también hay una responsabilidad incumplida de los partidos políticos. Formar ciudadanía, cuadros sociales, militancias críticas y participación pública inteligente. Ese déficit es reprochable a todos los partidos en México.
⏺️La democracia constitucional necesita ambas cosas, esto es, sufragio universal como derecho de entrada y educación cívica como deber institucional permanente.
0️⃣El problema es que el sistema político ha hecho muy poco por formar ciudadanía y demasiado por administrarla como clientela.
⭕️Hablo de la UNAM con respeto y conocimiento de primera mano.
👓Ahí cursé mi primera especialidad en Derecho Constitucional y durante cuatro años impartí clases en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad de Derecho.
🖋️La reconozco como uno de los grandes centros de formación jurídica y docente de la abogacía en México. Por eso el debate actual no debe llevarla a los extremos que ya hemos normalizado en el debate público polarizante en nuestro país. Ni tratarla como un trasto viejo sostenido por gloria y nostalgia, ni convertirla en un tótem nacional intocable.
⭕️La autonomía universitaria no es fuero frente al escrutinio.
Es garantía de libertad académica, investigación, enseñanza y autogobierno frente al poder político. Pero autonomía también exige responsabilidad.
🛑Si hay dudas sobre procesos de admisión, igualdad de condiciones o confianza institucional, la respuesta debe ser técnica, pública y verificable.
⏺️La UNAM se defiende mostrando que puede resolver sus crisis con verdad, rigor y responsabilidad pública.
🏛Primer semestre de 2026. La nueva #SCJN empieza a revelar su verdadera sustancia institucional.
📄La reforma concentró la actividad jurisdiccional en el Pleno. Eso puede darle a la Corte mayor unidad, visibilidad y responsabilidad pública; pero también eleva el estándar, porque si todo pasa por el Pleno, cada sentencia debe justificar mejor la autoridad constitucional del alto tribunal.
📒La agenda ha sido relevante: federalismo, poderes judiciales locales, regulación financiera, ciencia, medio ambiente, pluralismo jurídico y diálogo intercultural.
✴️Pero más allá de la relevancia de los temas, el reto auténtico es convertir esa agenda en precedentes sólidos.
⭕️No basta una Corte más cercana si sus sentencias no son más claras.
⭕️No basta una Corte más visible si su deliberación no es más seria.
⭕️No basta una Corte más plural si sus razones no ordenan mejor el ordenamiento jurídico.
⏺️La legitimidad de la nueva #SCJN no se juega especialmente en su origen democrático, sino en la calidad constitucional de lo que decide y en cómo lo hace.
🛑A propósito de la mañanera de hoy, vienen bien algunas reflexiones. El artículo 4º constitucional no garantiza mañaneras sobre hospitales, sino el derecho fundamental de la protección de la salud.
🏨Y ese derecho no se mide por cortes de listón, sino por disponibilidad, accesibilidad, calidad, medicamentos, personal suficiente, camas operables, atención oportuna y digna.
🚨La OCDE muestra que México está por debajo del promedio en gasto per cápita, médicos, enfermeras, camas hospitalarias y desempeño en acceso y calidad. La OPS/OMS registra que el gasto de bolsillo representa cerca de 38% del gasto total en salud.
🛑Cuando una persona debe pagar consulta, estudios, medicamentos o tratamiento porque el sistema público no responde, el derecho constitucional se vuelve maniculatura.
📍Un hospital inaugurado puede ser una buena noticia, pero el derecho a la salud se cumple cuando las personas enfermas reciben atención digna, oportuna, continua y sin tener que empobrecerse para curarse.
📍El caso #Ruffo deja al descubierto que México tiene una vieja y perniciosa costumbre constitucional, consistente en activar procesos penales en contra de figuras políticas de alto perfil en momentos especialmente útiles para el poder.
🔵La Quina con Salinas.
🟢Raúl Salinas con Zedillo.
🟣Mario Villanueva con Fox.
⚫️El Michoacanazo y Hank Rhon con Calderón.
🟤Elba Esther, Duarte, Borge y Padrés con Peña.
🟠Robles, Collado, Lozoya y Murillo Karam con AMLO.
⏺️No todos los casos son iguales. Algunos revelaron corrupción real; otros se desfondaron; varios tuvieron motivaciones mixtas.
⭕️Lo cierto es que el patrón político existe y se puede enunciar de la siguiente forma:
➡️Un expediente penal, según convenga, puede aparecer como mensaje, deslinde, escarmiento, revancha, control de daños o caja china.
🅾️Desde luego que esta reflexión no absuelve a nadie, y yo no me pronuncio si en el caso concreto existen méritos jurídicos para procesar y sancionar penalmente a #Ruffo, sencillamente, porque no conozco a fondo el asunto. Si hay delito, debe probarse. Si hay responsabilidad, debe sancionarse.
🔺️Lo que alerto es el patrón constitucional por el cual la justicia penal, en casos de perfiles políticos relevantes,se ha convertido en México en el lenguaje mediante el cual el poder administra algunas crisis.
🔺️La fuerza de un Estado constitucional no reside en fabricar escarmientos, sino en probar responsabilidades con legalidad, imparcialidad y debido proceso.
🛑La justicia que privilegia al poder económico (II).
⭕️En la entrega anterior desmonté el fallo por dentro, con su propio expediente, así que no insistiré en su mecánica sino en lo que su desenlace dice de la justicia que la reforma judicial nos vendió.
✴️Conviene desactivar una trampa cómoda, la de leer este caso como prueba de que la justicia electa fracasa mientras la de carrera nos salvaba, porque el expediente enseña justamente lo contrario, mucho más incómodo para todos.
🔺️La ejecutoria que despojó a la viuda se dictó por unanimidad, y de las tres personas que la firmaron dos provienen de la carrera judicial, integran ese tribunal desde hace años, conocen el asunto en cada pliegue por haber intervenido en toda la cadena de amparos previos, y fueron ellas mismas quienes antes habían negado el amparo a Quálitas en los directos 274/2021 y 283/2021, de manera que el voto de origen electoral no torció la balanza en soledad, la torció acompañado, y respaldado por la judicatura de carrera que se suponía depositaria de la legitimidad técnica, la misma que años atrás cerró la puerta a la aseguradora y hoy se la abre sin que medie razón jurídica que lo explique.
🔴De ahí que reducir el problema al modo de designación sea un error de diagnóstico, pues lo que corrompe la función jurisdiccional no se reduce solamente a llegar por urna o por escalafón, sino el divorcio entre el origen, cualquiera que sea, y las razones de la norma fundamental, ese divorcio que Pedro de Vega bautizó como fraude a la Constitución, el uso de las formas del derecho para vaciar desde dentro aquello que dicen servir.
🔴Les invito a leer la conclusión de este vergonzoso expediente "resuelto" por el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Octavo Circuito
@Garantismo_@ForoConstMex
https://t.co/w7IMM51hGK
⚽️⚽️⚽️ Hay previas deportivas que hablan menos del partido y mucho más de quienes las construyen.
🗓 En los últimos días, ciertos sectores de la prensa inglesa, algunos comentaristas y voces del medio futbolístico han pasado de analizar el Azteca, la altura, la localía o la presión de la afición mexicana, a deslizar una narrativa bastante más grave: México como sinónimo de narcos, secuestros, caos, barbarie y amenaza permanente.
📍 Conviene decirlo categóricamente: México tiene heridas profundas. Violencia, desapariciones, extorsión, crimen organizado y una deuda inmensa con miles de familias. Eso no se niega, no se maquilla y no se trivializa.
🅾️ Pero precisamente por eso resulta inaceptable que esas tragedias sean utilizadas como materia prima de amarillismo deportivo. Una cosa es informar sobre riesgos reales; otra, muy distinta, es usar un partido de fútbol como pretexto para denigrar a un país, caricaturizar a su sociedad y presentarlo como territorio salvaje frente a la supuesta superioridad civilizada de quienes lo observan desde fuera.
🔺 A estas alturas del siglo XXI, eso no es periodismo deportivo: es una visión retrógrada sostenida en prejuicios inaceptables.
🔴 Y algo parecido ocurre con ciertos comentaristas, exjugadores y personajes argentinos que, desde la comodidad de una grandeza futbolística indiscutible, pretenden convertir a México en objeto permanente de burla.
➡️ Nadie discute la historia de Argentina, sus Copas, su escuela, su épica ni sus futbolistas extraordinarios. Pero la grandeza deportiva no otorga inmunidad moral para el desprecio; mucho menos cuando todas las sociedades -también la argentina- tienen problemas estructurales que deberían invitar a la prudencia antes que a la superioridad moral. No hace falta exagerar: basta mirar los indicadores internacionales en materia de derechos humanos, democracia, Estado de derecho, crecimiento económico y empleo.
📴 México conoce sus límites, sus frustraciones mundialistas y sus cuentas pendientes. No necesitamos que nos las expliquen desde la soberbia, ni desde el archivo histórico, ni desde esa superioridad performativa que confunde rivalidad con humillación.
0️⃣ Porque una cosa es la crítica futbolera, incluso dura, ácida y apasionada -claro que se vale-, y otra, muy distinta, reducir a una sociedad entera a estereotipos criminales, burlas coloniales o lugares comunes de inferioridad.
⏺️ El deporte admite pasión, ironía, rivalidad y hasta provocación. Lo que no admite -o no debería admitir- es que, bajo la excusa de un partido, se normalice la denigración cultural de un país y de su gente.
🅾️ México no necesita negar sus problemas para exigir respeto. Puede reconocer sus heridas y, al mismo tiempo, rechazar que se le mire desde arriba.
⚽️⚽️⚽️ Esta tarde no juega el titular miserable de un tabloide, ni la soberbia de algunos opinadores, ni el historial usado como instrumento de desprecio.
🇲🇽🇲🇽🇲🇽 Esta tarde juega México: un país complejo, lastimado, vibrante, contradictorio, inmenso; un país que no cabe en la caricatura de nadie.
⚽️⚽️⚽️ Que ruede el balón.
🅾️Una viuda que crió en soledad a dos hijos tras la muerte de su esposo llevaba doce años litigando para que una aseguradora honrara lo que el seguro garantiza, y cuando por fin la condena contra Quálitas quedó firme, parametrizada por las pólizas, sus coberturas y sus sumas aseguradas, sin que pudieran aplicárseles límites ni exclusiones, el incidente de liquidación se limitó a convertir a pesos lo ya decidido y arrojó una cifra de decenas de millones, ya firme, que el juez de Distrito reconoció como cosa juzgada e inmodificable, hasta que el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimoctavo Circuito revocó esa negativa, amparó a la aseguradora y reabrió lo que parecía clausurado para siempre.
🔺️La primera entrega de esta penosa historia real sobre la justicia constitucional y la reforma judicial.
⭕️Reflexionemos! Vía @ContraReplicaMX
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📅Esta semana, la presidenta Claudia Sheinbaum anunció el inicio del proceso de consulta para elaborar la Ley General de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, destinada a desarrollar la reforma al artículo 2° constitucional publicada en 2024.
📃El proyecto constituye una de las transformaciones institucionales más relevantes de los últimos años, pues regulará la libre determinación, la autonomía, la personalidad jurídica y el patrimonio propio de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas; además, establecerá mecanismos de consulta, asignación directa de recursos públicos, coordinación entre órdenes de gobierno y una tutela jurisdiccional colectiva mediante un juicio de amparo con características distintas a las tradicionales.
⏺️Todo ello merece una discusión constitucional mucho más profunda que ha brillado por su ausencia.
⏺️La decisión de reconocer estos derechos adoptada por el Poder Reformador exige debatir el diseño institucional que hará operativa esa reforma.
➡️Algunas preguntas constitucionales centrales, desde mi óptica, son:
•¿Cómo se articulará la autonomía con el federalismo y el régimen municipal del artículo 115 constitucional?
•¿Qué controles de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas acompañarán la asignación directa de recursos públicos?
•¿Quién representará legítimamente a las comunidades en los procedimientos de consulta y cuáles serán los efectos jurídicos del consentimiento o de su negativa?
•¿Cómo se armonizarán los sistemas normativos internos con los derechos fundamentales de mujeres, niñas, niños, adolescentes y otros grupos vulnerables?
•¿Qué alcance tendrá el nuevo juicio de amparo indígena y afromexicano y cómo modificará la tutela tradicional de los derechos colectivos?
•¿Cuál será la naturaleza jurídica de estos nuevos sujetos de derecho público dentro del Estado mexicano, cuando se habla de personalidad jurídica y patrimonio propios?
0️⃣Hay, además, una cuestión de fondo que prácticamente no se está discutiendo. La reforma constitucional de 2024 reconoció a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio. Se trata de un auténtico cambio de paradigma constitucional que debe aterrizarse de manera constitucionalmente adecuada para maximizar derechos, y no como categoría de derecho administrativo [organismos descentralizados, por ejemplo].
✴️Con esta reforma comienza a perfilarse un nuevo espacio institucional integrado por comunidades con autonomía constitucionalmente reconocida, patrimonio propio, acceso directo a recursos y capacidad para ejercer determinadas funciones públicas.
🔺️No estamos frente a una legislación sectorial, sino ante una posible reconfiguración del modelo mexicano de organización territorial y distribución del poder público.
@ForoConstMex@Garantismo_
🏛Lo que hemos vendido viendo en algunas intervenciones recientes de la Suprema Corte no debería preocupar por su orientación ideológica. Toda persona juzgadora llega al tribunal con una idea del derecho, de la democracia y del poder.
🛑Lo delicado es cuando esas ideas ya no pasan por el filtro del método jurídico y terminan apareciendo como intuiciones políticas, símbolos históricos o lecturas forzadas de la realidad bajo una ideología puramente política.
🏛Una Corte no se sostiene por la intensidad moral de sus causas, sino por la calidad de sus razones y argumentos
📌La única investidura de las supremas cortes y tribunales constitucionales nace de la autoridad de sus razones, así lo advirtió El Federalista en su discurso 78, con una fórmula que conserva toda su vigencia: la judicatura carece de fuerza y de voluntad, solo posee juicio; precisamente por ello, el problema surge cuando l@s juzgadores constitucionales sustituyen la metodología jurídica por ideología política y ésta se convierte en criterio suficiente de decisión, impresión que me dejaron dos sesiones de la SCJN la semana pasada.
Les invito a leer mi 📰 vía @ContraReplicaMX
https://t.co/23hvtFonUT
📰Mañana en @ContraReplicaMX escribo sobre una pregunta incómoda para la #SCJN:
🔴¿Estamos viendo una Corte que interpreta la Constitución o una Corte que comienza a edificar una sintonía con la ideología política del poder?
🛑El problema no es que las ministras y ministros tengan ideología. Todos la tenemos. El problema es que la ideología deje de ser punto de partida y se conviert en sustituto de la metodología y motivación jurídica.
⏺️Entre Bucareli, all inclusive, Guardería ABC y el discurso contra el neoliberalismo, hay algo que conviene mirar con cuidado: una Corte no se legitima por coincidir con una causa, sino por la verificabilidad constitucional de sus razones.
⚽️En el futbol, el fuera de lugar anula hasta el gol más vistoso. En el derecho debería bastar con admitir que un instrumento, por noble que sea, no sirve en una cancha que no es la suya.
📌Hoy reflexiono en @ContraReplicaMX sobre cómo el conflicto entre titulares de palcos y plateas del Azteca y la #FIFA, terminó en una disputa de control de constitucionalidad, con una suspensión otorgada en aras de protección del "interés público" a que la inauguración se realizara bajo términos comerciales específicos.
https://t.co/F8ScK7ggTw
⏺️Durante varios meses la discusión pública se ha planteado de manera confusa en cuanto al acceso de propietarios de palcos y plateas al Estadio Azteca durante el mundial.
0⃣Se ha sostenido que el conflicto enfrenta a la FIFA contra los dueños de palcos y plateas; que se trata de una disputa sobre soberanía nacional; que debemos decidir si en México mandan las leyes mexicanas o los reglamentos de la FIFA.
📌Pero ninguna de esas es la verdadera pregunta desde la óptica constitucional. La primera cuestión relevante es advertir que FIFA no ejerce autoridad pública en México. FIFA no legisla, no regula y no impone obligaciones de imperio. Es un organismo privado que organiza una competencia deportiva y establece las condiciones bajo las cuales acepta celebrar un Mundial.
📍Desde esa perspectiva, el conflicto original era extraordinariamente simple, y consiste en que miles de personas adquirieron, hace décadas, derechos contractuales sobre palcos y plateas del Estadio Azteca; posteriormente, el propietario del inmueble decidió celebrar acuerdos con FIFA para convertir el estadio en sede mundialista. Si esas nuevas obligaciones resultan incompatibles con los derechos previamente adquiridos por terceros, el problema parece pertenecer al derecho privado y no al constitucional.
0⃣La pregunta natural sería entonces: ¿quién debe absorber el costo económico de esa incompatibilidad?
No los palcohabientes, que adquirieron sus derechos con anterioridad; tampoco FIFA, que impuso condiciones conocidas internacionalmente desde hace décadas. El problema parecería recaer sobre quien decidió comprometer el inmueble frente a FIFA sabiendo que esos derechos ya existían.
🟠Sin embargo, aquí aparece la verdadera anomalía mexicana, que el conflicto dejó de ventilarse principalmente mediante acciones civiles o mercantiles y terminó trasladándose a la jurisdicción constitucional a través del juicio de amparo. Y esa es la parte más interesante de toda la historia.
⏺️El amparo no me parece una vía idónea para resolver incumplimientos contractuales entre particulares. Para abrir la puerta del control de constitucionalidad es necesario construir un acto de autoridad o una intervención estatal jurídicamente relevante. Cuando una controversia esencialmente privada termina constitucionalizándose, normalmente ello revela que los litigantes han identificado un punto de contacto con el poder público capaz de activar la protección federal.
¿Por qué?
📍Porque las partes saben que la verdadera batalla rara vez consiste en ganar el juicio final. La batalla consiste en obtener una suspensión capaz de modificar la correlación de fuerzas durante la negociación.
⭕️Son 12 años ya, y lo que refieres no es lo peor. La resolución del Tribunal Colegiado deja abierto el juicio a que pasen más años aún, estamos en etapa de ejecución de sentencia y el fallo reabrió temas de fondo para que la viuda y sus hijos sigan buscando que alguien en el Estado mexicano que les haga justicia.
🛑Doce años esperando justicia. Una familia ganó en tribunales, pero el Tribunal Colegiado en Morelos resolvió a favor de la aseguradora Quálitas en silencio y sin debate, denuncia @lumendoz
https://t.co/XHv2MW6Pb5
🛑En cuanto conozca el fallo definitivo, en mi carácter de uno de los abogados representantes de la viuda y los hijos del señor que falleció en 2014, escribiré una reseña legal y ciudadana para que la sociedad conozca a fondo sobre este bochornoso caso, y aún más, revelaré el desaseado manejo que le dieron las personas juzgadoras a este asunto, 2 de carrera y una electa el año pasado, quienes en lo oscurito, sin razones ni debate alguno, decidieron revocar una negativa de amparo y, con ello, garantizarle indebidamente a una aseguradora que seguirán pasando años y años antes de que tenga que pagar las pólizas de seguro a que quedó obligada por un fallo firme desde hace años.
⭕️Una vez más, la ciudadanía de a pie, esperando décadas a que lleguen mejores tiempos para que la justicia en México sea un aunténtico derecho humano, y no mera maniculatura.