La propiedad es el derecho real por excelencia: confiere a su titular las facultades de uso (ius utendi), goce (ius fruendi) y disposición (ius abutendi) sobre un bien, oponible erga omnes, con las limitaciones que impone el orden jurídico. @OlinCarlos#CDUP#bienes#propiedad
La anticresis no transfiere la propiedad: permite al acreedor percibir los frutos de un inmueble para aplicarlos al pago de la deuda. Garantía real, posesión útil y una figura clásica que demuestra cómo el derecho convierte el aprovechamiento en seguridad jurídica. @OlinCarlos
La anticresis no está prevista en el C.C; el deudor no paga con dinero, paga con el uso del inmueble. El acreedor se queda con los frutos rentas o producto y con ellos va cobrando intereses y capital. Una deuda que literalmente se paga con la tierra trabajando @OlinCarlos#CDUP
No puedes acceder a la calle porque un predio te tapa el paso?
Busca constituir una servidumbre para poder llevar a cabo la construcción y poder así tener los mismos beneficios de acceso que los demás!
@OlinCarlos#CDUP#Bienesypropiedad
Los bienes son todo aquello que puede ser objeto de apropiación
Art. 747 CCF: Pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no estén excluidas del comercio.
Entender los bienes es entender qué puede tener dueño y qué no.
@OlinCarlos#bienes
Si tu novi@ te dice que te va a bajar las estrellas.
Es mentira!! Ya que las estrellas son consideradas bienes fuera del comercio, por lo que te estaría prometiendo puras mentiras. 0/10 @OlinCarlos#CDUP#BienesYPropiedad#Panteranocualquiera
Para buenos patrimonios vámonos con el de la cultura, CU.
Es in comerciable sin embargo se pueden hacer cambios dentro del patrimonio, entérate!
#CU#CDUP#Goya@OlinCarlos
Asegura tu terreno escriturando propiamente ante un notario
Aprovecha esta Jornada Notarial para poder escriturar y asegurar tus terrenos para que no falte nada!
La escrituración parece relación seria cuesta pero si sale, puedes decir esto sí es mío sin miedo👨⚖️
#CDUP@OlinCarlos
La propiedad no se acaba en si misma, se extiende en todo lo que se le une o produce.
El art. 886 del Código Civil Federal lo expresa al reconocer el derecho de accesión como parte del dominio. @OlinCarlos
⚖️📚 #BienesYPropiedad#DerechoCDUP#Conocimiento