🔴 #AlertaFiscal - CAMBIAN LAS REGLAS ANTILAVADO EN MÉXICO
La SHCP publicó hoy 7 de agosto de 2026 una amplia modificación a las Reglas de carácter general de la Ley Antilavado (LFPIORPI). El cambio eleva significativamente las obligaciones de cumplimiento para quienes realizan Actividades Vulnerables.
Entre los cambios más relevantes se encuentran: metodología de evaluación de riesgos, clasificación de clientes en riesgo bajo, medio y alto, conocimiento y monitoreo del perfil transaccional, identificación reforzada del Beneficiario Controlador, tratamiento de Personas Políticamente Expuestas (PEP), Manual de Políticas Internas, capacitación anual, mecanismos automatizados y una nueva obligación de auditoría anual.
🔴 Uno de los cambios más importantes: quienes realicen Actividades Vulnerables deberán contar con mecanismos automatizados capaces de monitorear operaciones, acumular montos, detectar desviaciones del perfil transaccional y generar alertas. El plazo para contar con estos mecanismos vence el 1 de junio de 2027.
Además, la evaluación con Enfoque Basado en Riesgos y el Manual de Políticas Internas actualizado deberán estar disponibles, previo requerimiento, a partir del 1 de marzo de 2027. Las nuevas reglas sobre clasificación de riesgo, conocimiento del cliente y Beneficiario Controlador también deberán observarse para operaciones realizadas desde esa fecha.
🔴 Y viene auditoría obligatoria. El primer periodo anual de revisión comprenderá del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028. Cuando el sujeto obligado sea considerado de riesgo alto, la revisión y el dictamen deberán realizarse por un auditor externo independiente que cumpla los requisitos previstos en las nuevas reglas.
🔴 Importante: el Acuerdo entra en vigor, de manera general, el 30 de noviembre de 2026, con fechas específicas y periodos de transición para distintas obligaciones.
#LaVozDelFiscalista
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ARTÍCULO 115 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO.
Un Tribunal Colegiado decidió inaplicar lo resuelto por el Pleno de la SCJN en el amparo directo 14/2025 y amparo directo en revisión 6320/2024, bajo los siguientes razonamientos:
Un hombre acusado de emitir facturas falsas por más de 225 millones de pesos evitó la cárcel: fijó domicilio, consiguió empleo y donó una silla de ruedas. Seis meses después, el proceso quedó cerrado. Mientras tanto, miles de personas pobres siguen presas sin sentencia, sin defensa adecuada y, en muchos casos, sin que se haya probado siquiera que cometieron un delito.
No indignan las salidas alternas. Al contrario: demuestran que el sistema sí sabe ser racional, evitar la prisión y buscar soluciones distintas al encierro. Lo insoportable es que esa justicia flexible aparece cuando el acusado tiene recursos, abogados y estructura; pero se vuelve ciega, lenta y despiadada cuando frente al juez hay una mujer humilde, un joven marginado o alguien que no puede pagar su libertad.
La cárcel mexicana no siempre encierra a quien más daño hizo. Muchas veces encierra a quien menos pudo defenderse. A unos les cuentan las garantías; a otros, los barrotes. El escándalo no es sólo la silla de ruedas. Es descubrir que, en México, la justicia puede ser humana, pero todavía decide con quién.