Por último, se conoció un procedimiento abreviado por información falsa, en virtud de la Ley 42-08, el reglamento de aplicación 252-20 y el reglamento emitido plr Procompetencia para tales fines. La sanción fue de 200 salarios mínimos, lo máximo que permite la Ley. Grupo 9.
Otros casos han llegado al Consejo Directivo instruidos por la Dirección Ejecutiva, pero el órgano sancionador no los ha admitido. Esto demuestra el doble grado y la independencia que existe en Procompetencia. ¡Gracias al grupo 7! Le corresponde al 8. ¡Adelante!
El segundo caso fue sobre medicamentos. Se sancionaron prácticas colusorias (cartel). Resulta ser hasta ahora, la primera vez qje se sanciona esa conducta en virtud de la Ley 42-08. ¡Muy bien por el grupo 6! Le corresponde al 7.
@VictorMateoVa La caducidad de la acción administrativa es la consecuencia del vencimiento del plazo legal fijado para una actuación procesal, lo que se traduce en la pérdida de la competencia temporal para tomar una decisión . Pt1. (ELINA)
@VictorMateoVa La resolución no. 001-2022 establece que no debe entenderse como una limitante al inicio de los procedimientos simplificados, la finalización de la fase de instrucción de un procedimiento administrativo sancionador.
La primera conducta sancionada por el Consejo Directivo de Procompetencia fue por abuso de posición dominante, en virtud de la resolución 018-2018. ¡Muchas gracias al grupo 5! Vamos con el 6. @unibeenlinea
El año 2017 entró em vigor la Ley 42-08, tras la designación por vez primera de la directora ejecutiva. Seguimos difundiendo. ��Gracias al grupo 4! Vamos con el 5. @unibeenlinea
@VictorMateoVa @unibeenlinea Este procedimiento administrativo inició con una investigación de oficio de PRO-COMPETENCIA y culminó con la presentación del informe de instrucción en fecha 21 de dic de 2017, en el que existían indicios razonables de prácticas contrarias a la Ley núm. 42-08. @VictorMateoVa
¡Buenas tardes! Los alumnos de la carrera de Derecho de @unibeenlinea compartirán información relevante sobre casos en materia de Competencia. Adelante grupo #1:
@VictorMateo01 @TribunalConstRD@DGii@unibeenlinea Entiendo que la decisión tomada por el tribunal es la correcta, esto en base a los argumentos que exponen para poder dictar el fallo. De igual forma, destacar que el objetivo de la misma es velar porque no se violenten los derechos de ninguna de las partes,mientras esté por ley.
En el marco de la materia Derecho Tributario II, los alumnos del grupo #1 de @unibe han preparado algunas ideas sobre la sentencia del @TribunalConstRD TC0017/20. Adelante, jóvenes. @dgii