Gracias consejero @SergioMolinaMTZ por sus grandes aportaciones para la implementación de la reforma laboral. En Tamaulipas, el principio de realidad y la perspectiva de género están presentes en beneficio de las personas.
Tenemos TERCERA SUSPENSIÓN del proceso de la Reforma al Poder Judicial ‼️
Juicio de amparo indirecto 1255/2024.
Los quejosos son Jueces vencedores en el nuevo sistema de justicia laboral, todos ellos sin adscripción, quienes promovieron juicio de amparo a efecto de combatir el artículo 186 del Reglamento de la Cámara de Diputados que dice:
“Los dictámenes a los que se haga declaratoria de publicidad, que no llegue a resolver el Pleno de la legislatura que los conoció, quedarán con el carácter de proyectos, bajo resguardo de la Mesa Directiva, y serán discutidos y votados en el Pleno de la siguiente legislatura, durante el primer periodo de sesiones ordinarias, del primer año de ejercicio”.
La Jueza consideró que tiene interés en el asunto por tratarse de la iniciativa de la reforma judicial, por lo que aun cuando hizo referencia al principio de necesidad, planteó impedimento para conocer del asunto, para dar certeza jurídica a las partes.
Sin embargo, el artículo 53 de la Ley de Amparo, establece que el Juez que se excuse del conocimiento de un asunto debe emitir la suspensión cuando ésta es de oficio.
Al respecto, la Jueza se apoyó en el criterio emitido por el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Vigésimo Circuito, quien al resolver un recurso de queja indicó que los actos reclamados relacionados con la iniciativa de la reforma judicial, implican un trato de naturaleza urgente, porque conforme al artículo 127, fracción II de la Ley de Amparo, de consumarse el acto resultaría imposible restituir al quejoso en sus derechos vulnerados.
Esa es la razón por la que, aún en suspensión parcial de labores se determinó que la suspensión debe emitirse de oficio, con la naturaleza de urgente.
La suspensión se emitió para efectos de que el dictamen no surta efectos para los quejosos, es decir, que provisionalmente no pueda ser discutido y votado por la Cámara de Diputados de la nueva legislatura, hasta en tanto, se resuelva la suspensión definitiva.
Si todos los senadores de oposición votan en contra, no pasa la reforma al poder judicial ni otros elementos lesivos del “plan c.” Es la última esperanza para salvar democracia, división de poderes y libertad.
Esperamos la respuesta puntual de cada senador.
¡Que nadie se raje!
Sobre la reforma al poder judicial:
“ … las personas que busquen ingresar al PJF, … ya no importará su especialización en derecho … sino su disposición a comprometerse con grupos del poder político y con los intereses de los poderes fácticos”.
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Si se pierde la mayoría del Tribubal constitucional estamos a un paso del abismo democrático .
Por unas sencilla razón ; las leyes que busquen afectar la propiedad ; no podrán ser declaradas inconstitucionales.
@JosefinaVM
El Amparo será extremadamente difícil .
Representante del Poder Judicial dejó callado a un Diputado de Morena.
El Dip. Hamlet García criticó que 'meten subejercicios en fideicomisos'.
Pero no esperaba que la Mtra. Dimpna Gisela le diera una clase magistral de gasto y presupuesto.
En síntesis:
▪️ Es mentira que el Poder Judicial transfiere subejercicios a fideicomisos
▪️ Le explicó la diferencia entre ahorros, economías y subejercicios, para que aprenda a diferenciar
▪️ El Poder Judicial siempre regresa los subejercicios a la Secretaría de Hacienda
▪️ Solo una vez transfirió ahorros al fideicomiso de implementación de reformas porque los Diputados no cumplieron con su obligación de dar recursos para la reforma de justicia laboral
▪️ El Poder Judicial generó en 2022 ahorros por 2,895.7 millones de pesos de ahorros y los regresó a la Secretaría de Hacienda.
¿Qué hizo Morena ese dinero?