Sr Federico Sturzenegguer.
Ministro de Desregulaciòn y Transformaciòn del Estado
Ud. bien sabe que la música tiene dueño.
Nuestra Constituciòn Nacional lo establece con absoluta claridad en el Art 17 – “ todo Autor es Propietario exclusivo de su obra” y la Ley 11.723 establece y garantiza -un pago justo por su trabajo-
El uso de música en fiestas sociales también se paga en otros países como España, Francia, Reino Unido, Italia, Estados Unidos,Chile,Colombia,Canadà entre otros y en todos los casos, su percepción es a través de entidades de gestión colectiva similares a SADAIC.
Nosotros desconocemos las fuentes que el Ministerio utiliza para determinar la suma de U$$. 278.000.000. que SADAIC y AADI-CAPIF “podían haber cobrado en un año “ .
Le hacemos saber que en el último ejercicio anual cerrado el 30 de junio de 2025, las fiestas sociales que registra esta sociedad fueron 55.200 que pagaron aproximadamente U$$. 4.800.000, suma muy inferior y diferente de la que se refiere en la comunicación del Ministerio a su cargo y estos derechos fueron fehacientementes distribuidos de acuerdo a nuestros sistemas vigentes.
Y en cuanto a que en Argentina se realizan 442.350 Fiestas Privadas al año aproximadamente…demuestran claramente que el negocio de comercialización que realizan los Salones de Fiestas y Eventos es muy exitoso y productivo a favor de ellos…pero de nosotros no.
Dato: 442.350 fiestas divididas en 365 dias al año..da 1.211 fiestas por día.
No podemos dejar de señalar que nos sorprenden sus constantes referencias desfavorables hacia nuestra Sociedad.
Es importante y necesario aclarar que..
La utilización de música no es obligatoria…..es optativa.
Todos pueden realizar sus fiestas y eventos…..sin música.
Pero si la música se utiliza para beneficio de estas empresas,corresponde un justo pago a los autores y compositores.
La Propiedad Privada es un derecho y los Derechos deben ser respetados..
AUTORES Y COMPOSITORES ARGENTINOS DE SADAIC:
JUSTICIA SÍ, PRIVILEGIOS NO @edufeiok@JonatanViale@diegosehinkman@fedesturze@victor_yun3629
Las canciones son el fruto de nuestro trabajo creativo y constituyen nuestra propiedad intelectual,nuestra propiedad privada, tal como lo reconoce la Constitución Nacional.
Por ello, consideramos que deben ser respetadas y valoradas.
Quienes obtienen beneficios económicos utilizando nuestra música —en Argentina o en cualquier lugar del mundo— tienen la obligación de pagar por ese uso comercial.
Los salones de fiestas y eventos , que ganan dinero con nuestras canciones ,deben pagar por esa utilización . Las familias no... No son alcanzadas por este tipo de cobros.
Tenemos el derecho legítimo de peticionar ante la justicia y lo ejerceremos todas las veces que sea necesario para garantizar un trato justo y equitativo.
Nuestro trabajo es componer canciones y de ello vivimos. Pretender que trabajemos mientras otros se benefician económicamente de nuestra obra,es una forma de injusticia y de discriminación que no podemos aceptar.
Reclamamos justicia, no privilegios. #PeriodismodeInvestigación #Realidad #periodismo #derechos
@RAMIROMARRA Estudiantes? Ese no tiene ni primaria. Esos son todos cabeza de termos desesperados que no saben que ellos ya estan muertos. Jajaja pobrecitos!