1️⃣ Derrocar a un dictador suena moralmente justo. Nadie llora por un tirano. Pero el derecho internacional no se construyó para proteger a los buenos, sino para contener a los poderosos. Por eso prohíbe la fuerza casi sin excepciones: no porque ignore la injusticia, sino porque sabe que, si cada país decide a quién “liberar” a balazos, el mundo vuelve a la ley del más fuerte.
2️⃣ El problema no es Maduro. El problema es el precedente. Cuando la fuerza militar se usa para cambiar gobiernos sin reglas claras, la soberanía deja de ser un límite y se vuelve un estorbo. Hoy es “derrocar a un dictador”; mañana será “corregir una elección”, “proteger intereses”, “restaurar el orden”. El derecho no absuelve dictaduras, pero tampoco legitima cruzadas unilaterales.
3️⃣ La pregunta incómoda no es si un tirano merece caer, sino quién decide cuándo y cómo. Porque la historia enseña algo brutal: sacar al dictador es fácil; construir justicia después, no. Y cuando la legalidad se rompe en nombre del bien, casi siempre lo que sigue no es libertad, sino caos, violencia y nuevas víctimas. El derecho existe para recordarnos eso, incluso cuando incomoda.
Según el ¿periodista? Cococcioni y Pullaro no son héroes por probar sobre sí las Taser (eso sí, sujetados por colaboradores para evitar que la caída les provoque mayores lesiones, que para eso están los otros delincuentes, para lesionarse digo) pero ..... casi casi
@albertofurfari Buen día. Más allá que creo que semejante generalización no es justa, son muy ilustrativas sobre esos nexos las investigaciones periodísticas de @germandls y @hlascano3 como también muy recomendable de ver la obra teatral "Pibes bien". Saludos cordiales
Cámara Penal de Zárate-Campana(BsAs): las representaciones de menores en situaciones sexuales, creadas x IA, configuran el delito previsto por el 128 CP
Una discusión jurídica global: ¿castigar lo ficticio también protege lo real? https://t.co/Mg0aETC5sm
Cuidado porque si bien está noticia es cierta, no se contradice sino complementa con la decisión de la CSJN en Ilarraz. Si este caso no termina en sobreseimiento definitivo o absolución, debería ser una futura reafirmación de Ilarraz, porque el fondo,coincide.
Los jueces del máximo tribunal del país rechazaron la presentación del abogado defensor Fraceschetti porque "no se dirigía contra una sentencia definitiva o equiparable a tal". Fue la Corte de Santa Fe la que el año pasado revocó la prescripción dictada en 1era y 2da instancia.
(cont.) invocando que "Ilarraz" estaba pendiente de resolución de la CSJN, como si fuesen por descontado que el fallo sería favorable a la imprescriptibilidad. Nunca hay que gastar a cuenta antes de cobrar. Ojalá cambien la (mala) práctica.
Sobre mismo fallo CSJN "Ilarraz", muy buen hilo de @juan_orso destacando algunos de los aspectos sobresalientes. Destaco la cuestión de que esto tendrá efecto expansivo en otras causas y apunto: en Rosario, el MPA sostenía en buena parte sus planteos (sigue)
La Corte Suprema acaba de dictar el fallo de derecho penal común más importante de los últimos 10 años, por lo menos. El debate sobre la vigencia de la acción penal en delitos de abusos sexuales previo a las leyes 26.705 y 27.206 llega a su fin, en la prescripción de "Ilarraz".🧵
Muy esperado e importante fallo de la CSJN en el caso Ilarraz, con origen en la pcia. de E. Ríos y vinculado al tema de prescripción en materia de delitos sexuales.
La Corte Suprema revocó un fallo que había declarado imprescriptible los delitos de abuso sexual cometidos por un sacerdote. Info y link al fallo https://t.co/UmC27C0T2h
Cuando (1) un tribunal judicial penal provincial responde una opinión consultiva (sic) del ejecutivo, y (2) lo hace sobre materias que luego deberá tratar como tribunal revisor con competencia exclusiva, parece que la "joda" está en su apogeo . Seguro es ficción.
Aval clave para limitar la libertad condicional en Santa Fe: "Se acabó la joda"
La Cámara de Ejecución indicó que las restricciones a reincidentes y condenados por delitos graves son constitucionales. Impacta en la provincia y limita recursos de abogados https://t.co/KyijgwRaGL
La Cámara dijo que los policías no tenían autorización legal para seguir el coche de Lucas Gonzalez y amigos, ni para interceptarlo, ni para bajar sin identificarse como policías y menos para disparar. Tuvo por probado que el disparo letal fue de frente, sin desvíos ni rebotes+
#OrgulloUNR 🔍 ¿Se puede aprender jugando? Un equipo de graduados de la UNR creó una editorial de juegos educativos. Con más de 15.000 ejemplares distribuidos, buscan fortalecer el aprendizaje en las aulas y conectar con la naturaleza.
🎲 Conocé más en https://t.co/UrWtqHkP0q
Con @CiroBonomelli apuntamos: atención a lo que es reincidencia y unificación. Para la primera ya no más reincidencia real (basta condena), con lo que condena previa condicional habilitará su declaración. Unificación: aritmética. Ambos aspectos muy cuestionables.
Se promulgaron las leyes de reiterancia y juicio en ausencia. Se trata de las Leyes N° 27.784 (juicio en ausencia) y N° 27.785 (reiterancia delictiva). Fueron publicadas en el Boletín Oficial este viernes. https://t.co/c7uaabH8oW