El regreso de Rocha Moya a la gubernatura manda muchos mensajes, pero el principal es éste: “todo se vale, no hay más consecuencias que las que decidamos nosotros”. A partir de hoy, los gobernantes del oficialismo ya no se contendrán en sus actos de deshonestidad y abuso.
Necesitamos que quien se tope este rostro cualquier día, le recuerde que ella es y será siempre una de las responsables de la destrucción de la democracia y la República. Que todos los días de su vida, en la calle, en espacios públicos y sociales, haya alguien que se lo recuerde.
Dice la Constitución claramente que la renuncia de un Magistrado Electoral solamente procede por causa grave que debe aprobar el Legislativo. La carta de renuncia presentada el día de ayer no expone ninguna que la justifique. Se va porque “ha tomado la decisión de concluir el ciclo…” e incluso pone fecha para hacerlo. Seguramente el Senado la aprobará.
Interpretar las normas a conveniencia, atropellando la Constitución, se está volviendo la regla en México. Si la causa grave ya no es requisito para renunciar, ¿qué sentido tiene que la Constitución la exija?
Presumieron una reducción de 51% en homicidios
Pero la revisión de los datos revela otra realidad
La Ibero detecta una brecha: más de 3 mil 600 homicidios no fueron documentados por las fiscalías 👇
Impresionante la mala atencion y servicio que nos dio @Aeromexico@AM_Escucha abro hilo...
Mi hija compro un boleto viaje redondo a Costa Rica, saliendo de #cdmx a San José de Costa Rica el 20 de Julio y regresaba el dia 09 de Agosto a las 13:26 en el vuelo AM691 el dia 08 de
Hay una regla de oro en derecho que todo ciudadano debería tatuarse: la autoridad solo puede hacer lo que la ley le permite expresamente. Tú y yo podemos hacer todo lo que no está prohibido. Un funcionario, únicamente lo que está escrito. Con esa regla en la mano, revisemos el caso de la consejera jurídica, Luisa María Alcalde.
¿Qué dice la ley que debe hacer? El artículo 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal le da doce funciones, y todas caben en una frase: ser la abogada del Presidente. Revisar iniciativas, decretos, reglamentos y nombramientos antes de la firma. Dar asesoría jurídica al Ejecutivo. Cuidar la congruencia legal de todo el gobierno. Defender a la Federación ante los tribunales. A eso debe dedicar su tiempo. Y nuestro dinero.
Ahora busquen en esas doce fracciones la palabra “periodistas”. O “redes sociales”. O “listas”. No aparecen. Si mañana le exigieran fundar por escrito sus láminas, citando artículo y fracción como manda la Constitución, no tendría qué citar. Y ejercer atribuciones que no se tienen ya tiene nombre en la ley: abuso de funciones, falta grave. Aplicar recursos públicos sin fundamento también: desvío. Pero lo más delicado no es que la Consejería no pudiera hacer esa lista. Es que en México nadie puede: el artículo 6º constitucional prohíbe la inquisición administrativa sobre las ideas. Al final, la lámina no exhibió a los periodistas. Exhibió la incompetencia, en el sentido más estrictamente jurídico de la palabra, de quien la presentó.
Los recursos depositados en la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez constituyen la propiedad individual del trabajador, tratándose de un derecho adquirido y plenamente garantizado por la Constitución. Sostener que la transferencia de fondos no reclamados al Fondo de Pensiones para el Bienestar respeta la propiedad privada resulta contradictorio cuando dicho traspaso opera por omisión y de manera automática. Aunque formalmente se afirme que el derecho a reclamarlos es imprescriptible, la disposición previa de estos activos por parte del Estado pone en riesgo su liquidez y disponibilidad real al momento de exigirlos.
Así, bajo el pretexto de que la medida impactará únicamente a las cuentas inactivas, se encubre una vulneración directa e inconstitucional al derecho de propiedad.
La corte del acordeón aprobó que el estado mexicano tóme los ahorros de los adultos mayores que no lo han reclamado y lo use prestado para repartir
Mi recomendación antes de que ya no haya saldos -ni de dónde recuperarlos-, es que vayan y soliciten su dinero antes de que vuele💸
🇲🇽👉🏻Y así… de un plumazo, la Suprema Corte del Acordeón acaba de avalar que los recursos de las AFORES que no sean reclamados pasen a manos del Gobierno.
Según los ministros, esto no vulnera el derecho a la propiedad.
En pocas palabras: trabajaste y ahorraste durante años, pero si por algún motivo tú o tu familia no los reclamaron, ahora serán del obradorismo. Para que después salga Mario Delgado o algún otro miembro del régimen a decir “Ese dinero te lo manda la Presidenta Sheinbaum”
¿Se acuerdan del Fondo de Pensiones para el #bienestar?
🚨 ¿Puede el Estado tomar dinero de TU #AFORE, moverlo a otro Fondo sin pedirte permiso… y decir que no afectó tu propiedad porque algún día puedes reclamarlo?
Hoy la @SCJN discutirá justamente eso.
Y el proyecto tiene una pirueta jurídica digna de estudio.
Crecí con la censura en un país comunista y aprendí a desconfiar de los gobiernos que pretenden decidir qué deben escuchar los ciudadanos. Volví a recordarlo en mi viaje a Polonia y, al regresar a México, el recuerdo se convirtió en preocupación https://t.co/EbXkU5byGC