#DestacadaJurisprudencialCC | La Corte Constitucional protegió el derecho a recurrir cuando se declaró el abandono de un recurso de casación, pese a la presencia del abogado defensor.
👉🏽 Sentencia 2114-23-EP/26: https://t.co/aq70QiMqUt
Ayer, en una clase sobre prueba digital, confirmé algo que vemos cada vez más en los tribunales. WhatsApp dejó de ser solo una aplicación de conversación y pasó a convertirse en una fuente frecuente de prueba en conflictos civiles, comerciales y familiares. Pero una captura no vale por arte de magia. La SCJ, en la sentencia SCJ-PS-25-2761 del 19/12/2025, reiteró que estas conversaciones pueden valorarse si fueron obtenidas lícitamente y conservan autenticidad e integridad. Abro hilo 🧵 🪡
#AEMAJenlaAcademia | La @AsoJuecesEc y la #AEMAJ Núcleo #Imbabura, en coordinación con @CJudicaturaEc y la @PUCE_Ecuador sede #Ibarra, invitan a participar en el “Seminario de Buenas Prácticas en la Prueba: Lo que el juez espera en la audiencia”.
Este espacio académico abordará los principales desafíos relacionados con la prueba electrónica, su incorporación al proceso, valoración, autenticidad e integridad, así como las buenas prácticas para su utilización en el ámbito judicial frente a los retos que plantean las nuevas tecnologías.
📅 18 de junio de 2026
🕑 14h00
📍 Edificio del Consejo de la Judicatura – Ibarra
Evento gratuito y abierto al público.
Comprometidos con la capacitación continua, el intercambio de experiencias y el fortalecimiento de la administración de justicia.
En el marco de las Jornadas Académicas COGEP “COGEP a 10 años”, la Dra. Sofía Figueroa, presidenta de la #AEMAJ Núcleo #Imbabura, participó con una intervención en representación de juezas y jueces formadores, destacando que la transformación del modelo procesal civil en el Ecuador ha sido impulsada por juezas y jueces formados desde la Escuela de la Función Judicial.
Asimismo, resaltó que el aporte de quienes administran justicia constituye parte fundamental de la evolución y construcción de la historia judicial del país.
¿Sabías que en la justicia constitucional la carga de la prueba no siempre recae sobre quien demanda? 🏛️
Cuando el Estado tiene los registros, la información y los recursos, no puede escudarse en el silencio. La ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional son claras: quien concentra el poder, asume la carga.
📌 Art. 16 LOGJCC
📌 Sentencias 365-18-JH/21 · 832-20-JP/21 · 112-20-JP/22 · 725-15-JP/23 · 644-22-EP/26
¿Tienes dudas sobre cómo funciona la inversión de la carga de la prueba en tu caso? Escríbenos. 👇
Análisis de @sebasstian25
✅ Valor probatorio del juramento deferido en materia laboral.
🧐 Puede aplicarse en material laboral cuando no exista prueba suficiente o sea contradictoria.
⚖️ Juicio N° 10311-2024-00023
👩🏻⚖️ Ponencia: Dra. @EnmaTapiaRivera
📖 Detalles 👇👇👇
@derechos_ec#LaboralConDerechos
La Corte Constitucional, en la Sentencia 1150-23-JP/26, reconoce que los padres trabajadores también cuentan con protección laboral reforzada durante la licencia de paternidad.
La paternidad no es un permiso accesorio: es cuidado, corresponsabilidad e interés superior del niño.
Desvincular a un padre por ejercer su licencia puede vulnerar derechos al trabajo, igualdad y cuidado. La corresponsabilidad familiar también se protege desde el derecho constitucional.
#DerechoAlCuidado #Paternidad #DerechoLaboral #CorteConstitucional
@CharlieMera1@mechascaicedo Un solo tribunal es insuficiente para toda la provincia, por licencias se recurre a jueces penales , se provoca cruce de audiencias y difiere audiencias. Comprobamos con Pool mayor agendamiento y cero audiencias suspendidas
Hoy sábado sesionamos de manera extraordinaria para aceptar la renuncia de dos jueces y permitir su incorporación a otra dependencia judicial.
Esta situación también evidencia una realidad que no podemos ignorar: la falta de jueces en distintas dependencias judiciales a nivel nacional, lo que termina afectando el acceso oportuno a la justicia de los ciudadanos.
Por ello, hemos solicitado al señor Director General un informe técnico detallado sobre la situación actual de vacantes en el país y las recomendaciones necesarias para cubrirlas de manera inmediata. Este informe deberá ser presentado en un plazo de 10 días.
Nuestro compromiso es claro: trabajar con responsabilidad, planificación y decisión para fortalecer la administración de justicia y mejorar el servicio que reciben los ecuatorianos.
No podemos hablar de una justicia eficiente si existen dependencias con carga procesal excesiva y sin el número suficiente de jueces para atender a la ciudadanía. Actuaremos con seriedad y responsabilidad para encontrar soluciones reales y oportunas.
Les mantendré informados sobre las decisiones que adoptemos. Seguimos trabajando por una justicia más cercana, eficiente y al servicio del país.
🔵 Sobre la notificación de la convocatoria a audiencia
#LaCortedice que la fijación de audiencias y su correcta comunicación a las partes no es un trámite menor, sino un acto fundamental que incide directamente en el ejercicio del derecho a la defensa y al debido proceso.
🔹Por lo tanto, las autoridades judiciales son las encargadas de velar por un debido proceso, orientado a la realización de la justicia.
🔹En ese sentido, al ser los jueces los directores del proceso,tienen la obligación de tutelar los derechos de las partes procesales, sin poder descargar su responsabilidad en otros funcionarios.
🔹Es obligación de los jueces y de todos los servidores judiciales precautelar el derecho a la defensa y, en particular, que los actos de comunicación del proceso -como la notificación- se lleven cabo con prolijidad y seguridad dado que constituyen el principal elemento que le permitirá a las partes ejercer sus derechos a fin de garantizar debidamente sus intereses dentro del proceso.
Sentencia No. 3072-23-EP/26
El Núcleo #Imbabura de la @AsoJuecesEc saluda y felicita la designación de la Dra. Mercedes Caicedo @mechascaicedo como presidenta del @CJudicaturaEc.
Deseamos el de los éxitos en su gestión, seguros que su labor estará guiada por los principios de independencia judicial.
"Je me consacre à moi-même, pour le reste de ma vie, sans hâte, sans excuses. Je ne sais combien de temps il me reste, mais je veux le dépenser en restant fidèle à ce que je suis, sans laisser quiconque troubler ma paix intérieure.
Je m’accorde désormais le droit d’ouvrir une bouteille de vin sans raison particulière, de m’offrir des fleurs sans attendre qu’on me les offre, de marcher sans jamais me retourner.
Le bonheur m’a trouvée le jour où j’ai cessé de le chercher chez les autres et que je l’ai découvert en moi.
La vie ne se rejoue pas. Et moi, j’ai décidé de la vivre pleinement."
Meryl Streep
🔵Del Art. 168 del COGEP: ¿cuándo el juez transgrede la regla de trámite que rige la prueba para mejor resolver?
#LaCortedice que el juzgador transgrede la regla de trámite que rige la prueba para mejor resolver cuando:
(i) no fundamenta su decisión -esto es, cuando la actúa en forma arbitraria, sin motivación- o
(ii) cuando a partir de esta se arriba a conclusiones probatorias -hechos dados por probados- ajenas a los hechos controvertidos que fueron, previamente, fijados cuando se trabó la litis.
🔹El carácter de la prueba para mejor resolver radica en que su actuación constituye una salvedad al principio dispositivo, por el cual, por regla general, son las partes procesales las que deben dar los hechos y aportar pruebas sobre las cuales el juzgador asumirá su decisión. De allí que, para ordenar la actuación de prueba de oficio, el juzgador debe justificar aspectos como:
▶️la normativa con base en la cual ordena la prueba para mejor resolver
▶️qué hecho controvertido requiere ser esclarecido
▶️por qué el acervo probatorio practicado por las partes resulta insuficiente para dilucidar el hecho controvertido; y,
▶️por qué el medio de prueba oficioso sí resulta pertinente, útil y conducente para hacerlo.
🔹Estos aspectos, sin embargo, no deben ser asimilados como una lista de control taxativa, sino como pautas para justificar la excepcionalidad de la prueba para mejor resolver.
Sentencia No. 2786-22-EP/26
Evento de gran importancia jurídica.
I Congreso de Jurisprudencia.
Exponentes que conocen los temas a tratar y los compartirán con ustedes.
Gratuito!!
Fecha: Miércoles 15 de abril de 2026 09:00 a 18:00.
Lugar: Modalidad virtual
Organizadores: @lacortediceEC
Link de inscripción: https://t.co/YqffIfT1Aa
🔵 #PuntoDeDerechoCNJ | La @CorteNacional de Justicia aprobó una nueva Resolución con Fuerza de Ley, sobre la reducción a escrito de sentencias orales ante ausencia definitiva de jueces.
📑 La resolución completa la encuentra en: https://t.co/i7MSY5tkEI
#IndependenciaJudicialCNJ ⚖️
#AEMAJenAcción | El Núcleo #Imbabura de la @AsoJuecesEc reafirma su compromiso con la independencia judicial y respalda las decisiones adoptadas por el Tribunal en el caso “Goleada”, en estricto apego a la Constitución y la ley. La independencia judicial es una garantía de la ciudadanía.
#AEMAJenlaAcademia ⚖️
La Dra. Mónica Figueroa, Presidenta del Núcleo #Imbabura de la @AsoJuecesEc, participó en el taller de difusión de justicia indígena, organizado por la @CorteConstEcu y el @CedecEcuador, desarrollado en la Universidad de Otavalo @uotavalo
Este espacio académico fortalece el diálogo intercultural y la comprensión del pluralismo jurídico en el Ecuador.
Hay una forma de vivir más ligera: tratarte mejor a ti y a los demás. Todos llevamos cargas invisibles, por eso cada gesto de cuidado cuenta. Al final, una vida bien vivida se construye sobre el respeto propio y ajeno.