📌 La Sala Provincial vulneró la seguridad jurídica al fijar directamente el monto de reparación, sin remitir el caso al tribunal competente.
📚 Conoce más sobre esta decisión en el Boletín Jurisprudencial de la Corte Constitucional.
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#LaProcuraduríaCapacita | El delito de #peculado es la apropiación o utilización indebida de bienes, fondos o recursos del Estado por parte de funcionarios o servidores públicos. Conoce más sobre este tema en este curso.
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☕️ Buenos días con todos, menos con quienes creen que gobernar es perseguir, humillar y administrar miedo desde el sistema penal.
Para ellos, el recordatorio incómodo de que la prisión preventiva no es castigo, propaganda ni trofeo político, sino una medida excepcional sometida a control constitucional, estándares probatorios y límites estrictos de necesidad, proporcionalidad y dignidad humana.
Quienes celebran el atropello hoy, olvidan que en el litigio, los abusos también se documentan, se impugnan y se convierten en responsabilidad estatal.
Y lo que no entienden es que esto no es personal ni depende de quién esté en el poder. Porque si mañana otro gobierno decide perseguirlos utilizando las mismas prácticas arbitrarias que hoy aplauden, ¡los sensatos también lo cuestionaremos!
El problema nunca ha sido el color político.
El problema siempre ha sido el abuso y el autoritarismo.
⚖️ #DerechoAdministrativo
‼️ ¿Se transgrede el principio de proporcionalidad cuando la Administración impone la máxima sanción sin analizar criterios de graduación?
🤔 ¿Es necesario que la Administración analice las circunstancias de la conducta y/o las acciones posteriores a su comisión para cumplir con el principio de proporcionalidad?
⬇️ Aquí lo que ha dicho la 🟠#SalaAdministrativaCNJ.
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La Corte Constitucional, en la Sentencia 1150-23-JP/26, reconoce que los padres trabajadores también cuentan con protección laboral reforzada durante la licencia de paternidad.
La paternidad no es un permiso accesorio: es cuidado, corresponsabilidad e interés superior del niño.
Desvincular a un padre por ejercer su licencia puede vulnerar derechos al trabajo, igualdad y cuidado. La corresponsabilidad familiar también se protege desde el derecho constitucional.
#DerechoAlCuidado #Paternidad #DerechoLaboral #CorteConstitucional
¿Conviene siempre agotar el recurso extraordinario de revisión antes de activar la vía contencioso administrativa?
La respuesta no es tan obvia como parece. Te explico por qué, a propósito de una reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la CNJ. 🧵👇
Y la inversa también es cierta — y es igual de importante. 🔄
Puede haber real indefensión sin que se haya violado ninguna regla de trámite.
La Corte lo llama indefensión atípica. Situaciones en las que el proceso fue formalmente impecable — se cumplieron todos los plazos, todas las formas, todas las reglas — pero la persona no pudo realmente defenderse.
Eso también vulnera el principio.
Porque el principio protege la sustancia de la defensa, no solo su forma. Y ninguna lista de reglas procesales puede anticipar todas las formas posibles de dejar a alguien sin posibilidad real de defenderse. ⚖️
Violar una regla de trámite no siempre vulnera el derecho a la defensa. 🚨
Para que la vulneración constitucional se produzca no basta con que la ley procesal haya sido incumplida. Es preciso que, en el caso concreto, esa violación haya socavado el principio — es decir, que haya producido real indefensión.
Que la persona efectivamente no pudo intervenir.
Que sus razones no pudieron ser valoradas.
Que quedó desprotegida frente a una decisión que la afecta.
Sin real indefensión, la violación procesal puede ser un error legal — pero no una vulneración constitucional del derecho a la defensa. 😶
¡Llegó el día!
Este es el resultado de in año de trabajo coordinado entre la Dirección que dirigí hasta el 24 de abril de este año y el equipo de tics del CJ.
Les dejo el link para que lo prueben:
¡Disfrútenlo!
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La regulación del abandono en el COGEP plantea una posible contradicción entre el artículo 87.1 y el artículo 247.4, en el ámbito contencioso administrativo.
La @CorteConstEcu en la sentencia 319-23-EP/26, aborda este tema y reconoce que en la justicia ordinaria han existido distintas interpretaciones sobre estas normas.
En ese contexto, la CC no fija una regla interpretativa, pero acepta el hecho de que la prohibición del artículo 247.4 del COGEP no alcanza al abandono por inasistencia a audiencia, sino únicamente al abandono por falta de impulso procesal.
Sin embargo, lo más interesante de esta decisión es el diálogo explícito entre la @CorteConstEcu y la @CorteNacional. Esto pues, pese a identificar en esta sentencia un problema interpretativo, la CC reconoce que no le corresponde resolverlo, y exhorta a la Corte Nacional a que, en ejercicio de su competencia jurisprudencial, zanje de manera definitiva esta duda.
Este tipo de interacciones entre las dos altas cortes no es frecuente, pero refleja cómo el desarrollo del Derecho a través de precedentes judiciales, puede ser más ágil que el legislativo, lo cual sin duda fortalece nuestro sistema de precedentes en el Ecuador.
Acá intento hacer un recorrido cronológico sobre cómo ha variado la interpretación de la Corte Constitucional acerca del tipo de controversias que pueden conocer los sistemas arbitrales internacionales, y la prohibición contenida en el artículo 422.
Sus comentarios, bienvenidos!
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En la sentencia dictada dentro del juicio 11804-201900136 de 25 de noviembre de 2021, la Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia reconoció que el COA sí derogó expresamente los procedimientos administrativos sancionadores contenidos en otras leyes.
Con esto, queda (implícitamente) insubsistente los pronunciamientos de la @PGEcuador que daban prevalencia a la Ley de Salud, Hidrocarburos, y otras, sobre el COA.
En 24 horas Noelia será la primera persona en recibir la eutanasia por depresión en España.
En 2022, Noelia sufrió una violación múltiple en un centro tutelado.
Un centro público que debía protegerla.
No fue capaz de superarlo.
Su posterior intento de suicidio fallido la dejó parapléjica.
El sistema que hemos construido en España le ha fallado y ahora la única solución que le ofrecemos es la eutanasia.
El problema es el sistema y la batalla es espiritual como dice el Presidente @nayibbukele. Ahora, en El Salvador, los violadores serán condenados a cadena perpetua. En España, si son menores de 14 años, violar les sale gratis.
No hay palabras.
#195PeríodoCIDH | #Guatemala
La #CIDH presenta la resolución Crimen Organizado y Derechos Humanos en las Américas, un instrumento clave que alerta sobre el profundo impacto de este fenómeno en la región y establece lineamientos para que los Estados adopten políticas de seguridad integrales, eficaces y plenamente compatibles con los estándares de #DerechosHumanos.
Te invitamos a conocer la Resolución👉
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Concluimos módulo “Derecho Administrativo y Garantías Jurisdiccionales” en la maestría en Derecho Administrativo de @UbeEcuador🏛️Gran grupo de colegas abogados con los que debatimos Sentencia N. 1791-22-EP/25 ponencia juez @Alozpra de @CorteConstEcu 🏛️
La CC en dicha sentencia reafirmó la improcedencia de la Acción de Protección para asuntos “netamente laborales”…✍️
🔵Concepto de interseccionalidad
🔺¿Qué significa?
🔺¿Qué dice la Corte Constitucional del Ecuador sobre este concepto?
🔹La interseccionalidad evoca un encuentro o concurrencia simultánea de diversas causas de discriminación.
🔹Es decir, en un mismo evento se produce una discriminación debido a la concurrencia de dos o más motivos prohibidos.
🔹Esa discriminación puede tener un efecto sinérgico, que supere la suma simple de varias formas de discriminación, o puede activar una forma específica de discriminación que sólo opera cuando se combinan varios motivos de discriminación.
🔹No toda discriminación múltiple sería discriminación interseccional.
🔹La interseccionalidad evoca un encuentro o concurrencia simultánea de diversas causas de discriminación. Ello activa o visibiliza una discriminación que sólo se produce cuando se combinan dichos motivos.
🔹La discriminación interseccional se refiere entonces a múltiples bases o factores interactuando para crear un riesgo o una carga de discriminación única o distinta.
🔹La interseccionalidad está asociada a dos características:
Primero, las bases o los factores son analíticamente inseparables como la experiencia de la discriminación no puede ser desagregada en diferentes bases. La experiencia es transformada por la interacción.
Segundo, la interseccionalidad es asociada con una experiencia cualitativa diferente, creando consecuencias para esos afectados en formas que son diferentes por las consecuencias sufridas por aquellos que son sujetos de solo una forma de discriminación.
Caso Gonzáles Lluy y otros vs Ecuador. Voto Concurrente del Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
🔺¿Cuál es el tratamiento que la Corte Constitucional del Ecuador le ha dado al concepto de interseccionalidad?
▶️La CC se ha referido al enfoque de interseccionalidad en los casos en los que confluyen múltiples factores de vulnerabilidad de una persona o grupo de personas para explicar cómo estos factores inciden para que su situación se vea particularmente agravada, y el deber de protección especial para el Estado.
Revisar las siguientes sentencias:
No. 212-20-EP/24, párr. 98;
No. 1141-19-JP/25, párr. 77.
No. 96-21-JP/25, párr. 32.