El abogado que rompió en llanto al escuchar lo que hizo su defendido.
En 2020, el abogado colombiano Javier Baquero no pudo evitar llorar al escuchar como el hombre al que estaba defendiendo había dañado a un bebé de poco menos de dos años.
“Naturalmente ejerzo la defensa, pero este caso se sale de todo contexto y va más allá de la humanidad de cualquier persona. No me imagino las demás cosas que habrá tenido que sufrir ese pobre niño a su merced. Y créame que me conmueve a mí, que llevo más de diez años aquí. No entiendo cómo podría hacer esa pobre víctima”, expresó el abogado.
Dijo una vez Don Quijote de la Mancha:
"El ser humano se esclaviza por el lujo y las vanidades, persiguiendo riquezas como si en ellas encontrara la dicha.
Mas no advierte que, cuanto más tiene, más teme perderlo, y en esa angustia se le escapa la verdadera felicidad.
Porque la dicha no está en el oro ni en la opulencia, sino en la brisa que acaricia el rostro, en la risa sincera de un amigo, en el pan compartido con gratitud.
¡Necio es aquel que busca en lo externo lo que solo el alma puede hallar!
La vida sencilla es el mayor tesoro, y quien la comprende, es el más afortunado de los hombres."
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Como Van Gogh
A veces me siento sólo como Van Gogh. Salgo a mirar la luna y las estrellas,
pero yo no las puedo pintar,
sólo me queda contemplarlas a la distancia.
No puedo pintar girasoles,
no puedo pintar nubes,
no puedo pintar amor.
La soledad crea arte,
el dolor crea.
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@RNacional_News Primero es fuerza desproporciona
Segundo insultar es una forma de agredir, sin embargo la forma en como reacciona el hombre es de una ira acumulada, ganas de hacerle mucho daño.
NOTIFICACIÓN PERSONAL PUEDE SER REMITIDA EN UNA HORA NO HÁBIL/ A través de auto de Tribunal Superior de Distrito, notificado el 5 de Septiembre de 2024, se explicó que pese a lo manifestado por el apelante, respecto a que la notificación fue remitida en “una hora no hábil” (18:36:pm) y, por tanto, debe tenerse por surtida el 18 de julio de 2023, lo cierto es que la disposición que gobierna la materia no hace distinción alguna respecto del horario de envío de dicha comunicación para efectos de contabilizar los términos respectivos, por el contrario, expresamente señala que la misma “se entenderá realizada una vez transcurridos dos días hábiles siguientes al envío del mensaje”, lo que para el caso que nos ocupa acaeció el 17 de julio de 2023, por tanto, los términos discurrieron de la forma indicada renglones arriba. No se olvide que, “donde el legislador no distingue, al intérprete le está prohibido hacerlo”.
Para saber que más concluyó el Tribunal, acceder a la ficha jurisprudencial y a la providencia debes ser parte de nuestra comunidad Códex Jurisprudencial, dando clic en el siguiente enlace: https://t.co/Y2CNCcZMXf
Un tipo se despertó temprano para ir a laburar y se encontró a la mujer culeando con otro en su auto ☠️☠️
Encima con una correa
El hombre que menos sufre