🟢 Hoy entró en vigor el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares en los distritos judiciales de Chetumal y Cancún, Quintana Roo, únicamente para los siguientes procedimientos (etapa 1):
@PJEQuintanaRoo
Es una tristeza ver que convirtieron a nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación en un circo político. La pregunta obligada es: ¿qué resuelve o en qué ayuda a los mexicanos en materia de administración de justicia, sesionar en una plaza pública ante comunidades indígenas?
"Hay tres clases de jueces: los que interrumpen con malas formas: sopórtalos; los afables, educados, comprensivos: identifícalos; los que dejan que hables, y en silencio miran como te estrellas: témelos". Elena Régulez y Barbara Pastor
Analicemos con seriedad la propuesta de reformas de la Ley de Amparo.
Hay temas muy técnicos que son positivos: celeridad, plazos y digitalización.
Hay temas regresivos y nugatorios de los derechos humanos: reinterpretación del interés legítimo, afectación a los colectivos y Ong’s que luchan por temas de interés común como medio ambiente, derechos de las mujeres y menores de edad, así como poblaciones indígenas; limitación de las suspensiones, persecución fiscal sin garantías, persecución de las personas físicas y morales con embargos de sus cuentas sin suspensión por la sospecha de lavado de dinero sin especificaciones lo que los puede llevar a cometer graves injusticias.
Estamos a tiempo de evitarlo. No nos quedemos callados.
Si en el juicio laboral no aplicaste una buena estrategia jurídica y/o técnica de litigación, y tampoco lo combatiste con argumentos y pruebas durante el procedimiento, no pretendas lograrlo en amparo directo 🤦
“Las tres reglas de oro del abogado son no aceptar a un cliente sin pactar los honorarios, solicitar una provisión de fondos y apartarse cuando el cliente no paga. «Yo cobro mucho porque doy mucho de mi vida al cliente” Baena Bocanegra.
La “duda razonable” no nació como garantía del acusado. En la Europa cristiana medieval, los jurados temían condenar porque creían que derramar sangre inocente era un pecado mortal que los mandaba al infierno. Para aliviar esa angustia espiritual, la Iglesia y la ley inventaron una fórmula: solo podían condenar si no tenían dudas “razonables”.
Ese estándar no buscaba la verdad de los hechos, sino dar tranquilidad de conciencia al juez y al jurado. Era un escudo teológico que legitimaba el castigo, asegurando que su alma quedaba a salvo. Solo siglos después, al secularizarse la justicia, esa regla se transformó en lo que hoy entendemos como el más alto estándar probatorio.
¿Por qué importa? Porque seguimos usando, en pleno siglo XXI, un fósil jurídico nacido del miedo religioso. Y eso nos recuerda algo profundo: juzgar y castigar nunca es neutro, siempre compromete no solo al acusado, sino al alma de quien condena. La “duda razonable” es una llamada de atención a nuestra propia conciencia colectiva.
La extinción de los fideicomisos de la @SCJN no es un simple “ahorro” de 7,508 mdp: es un golpe directo a la independencia judicial. Se sacrificaron fondos que garantizaban salud, pensiones, modernización y difusión jurídica, debilitando a quienes sostienen el servicio de justicia en México.
Estos recursos no eran privilegios, sino instrumentos financieros que daban continuidad, certidumbre y autonomía frente al vaivén político. Al desaparecerlos y centralizar el dinero en Tesofe, se rompe un dique fundamental y se coloca al Poder Judicial en mayor dependencia del Ejecutivo y del Legislativo.
El costo real no es fiscal, es democrático: menos garantías de imparcialidad, más vulnerabilidad de jueces, más rezago y más control político. El beneficio es simbólico y electoral; la pérdida, estructural y de largo plazo. Se erosiona la división de poderes y se compromete el futuro de la justicia en México.
La @SCJN acaba de recordarnos algo esencial: los colegios de abogados no son clubes gremiales, son guardianes del acceso a la justicia, un bien público que sostiene todos los demás derechos.
En un México donde se debate la independencia judicial, se desmantelan órganos autónomos, crece la impunidad y el crimen organizado penetra instituciones, el silencio de los colegios es inaceptable.
Este precedente marca un parteaguas: la abogacía organizada tiene el deber histórico de levantar la voz, defender el Estado de Derecho y hacer frente al colapso institucional. No es opción: es su responsabilidad constitucional y ética.
La sentencia que generó este procedente, se puede analizar y revisar aquí: https://t.co/SL5wc70c9W
Jurisprudencia dice: "Los recibos de nómina contenidos en CFDI son aptos para satisfacer la carga de la prueba de la parte patronal atinente al monto y pago del salario, por lo que no es necesario que se constate su entrega a la persona trabajadora, ni que contengan su firma [..]
El principio en materia laboral "verdad sabida y buena fe guardada" significa que debe prevalecer la verdad buscada en aplicación de una justicia objetiva