🗣️@ABDELAESPRIELLA ha calificado a la JEP como "disfraz de tribunal" y ha dicho que Rodrigo Londoño debe estar "preso de por vida".
Pero en 2015 publicó un libro con propuestas de paz mucho más benévolas que las actuales, incluso habló de paz sin cárcel para jefes de Farc.
Va 🧵
La ética sí tiene que ver con el derecho. No por la necesidad moral de unir dos mundos sino por la inquebrantable obligación de dignificar la abogacía y protegerla del vasallaje y la corrupción. Feliz día a todos los profesionales del derecho.
Cada que vuelvo a ver el video de Fajardo aplaudido por no haber hecho nada, y calmando a los siete desorientados que lo hacían, entiendo menos lo que está pasando por su cabeza. Nunca lo había visto tan desorientado en campaña como ahora…
Síntesis del auto del Consejo de Estado que ordenó la suspensión provisional del decreto de incremento del salario mínimo para la vigencia 2026
1.El Consejo de Estado concluyó que, aunque el decreto mencionó los indicadores económicos previstos en el artículo 8 de la Ley 278 de 1996 (IPC, PIB, contribución de los salarios al ingreso nacional, meta de inflación y productividad), dicha referencia fue principalmente enunciativa. En criterio del despacho, el acto terminó sustentándose de manera excluyente en el parámetro del salario vital, de orden constitucional y respaldado por estándares internacionales, en detrimento de la ponderación efectiva de los factores económicos de índole legal.
2.El Consejo de Estado no afirma que el Gobierno no pueda considerar el criterio constitucional del salario vital, entendido como la suficiencia material del ingreso para la persona trabajadora y su familia. La suspensión se fundamenta, más bien, en que el acto administrativo no expuso de forma concreta el valor, el peso y la incidencia de cada factor económico en la determinación del incremento del 23%.
3.Por esa razón, el auto ordena al Gobierno expedir, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes, un nuevo acto administrativo que identifique, sopese y pondere de manera explícita tanto los criterios económicos del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 como los parámetros constitucionales, entre ellos el salario vital.
4.En consecuencia, al expedir el nuevo acto administrativo, el Gobierno podría disminuir, mantener o incluso aumentar el porcentaje de incremento del salario mínimo. Sin embargo, lo más probable es que refuerce la motivación del acto y mantenga el mismo porcentaje.
https://t.co/Bq6dFLnlKc decisión no afecta los derechos y obligaciones ya liquidados con base en el salario mínimo de 2026 que fue objeto de suspensión.
6.Mientras el Gobierno expide el nuevo decreto, los empleadores deben continuar liquidando sus obligaciones con base en el salario mínimo de 2026, pese a la suspensión provisional.
Un magistrado que convierte la Constitución en papel mojado
Por último, y al margen de los aspectos técnicos, la decisión del magistrado Juan Camilo Morales Trujillo revela una inclinación ideológica claramente economicista y, en la práctica, contraria al valor social que define al Estado social de derecho. Aunque reconoce de manera apenas marginal que el salario vital es un criterio constitucional y legítimo, el auto reduce el debate a la exigencia de una “fundamentación económica detallada”. Se ordena ponderar con precisión los factores económicos, pero no se exige con la misma intensidad justificar si el salario mínimo fijado garantiza una existencia material digna, cubre la canasta básica del hogar o responde a las necesidades reales de las personas trabajadoras y sus familias. En suma, el auto subordina la dimensión social del salario mínimo a una lectura tecnocrática y legalista, como si la motivación económica tuviera jerarquía superior a la justicia social y a la centralidad de la dignidad humana que la Constitución impone.
La fundamentación, además, resulta jurídicamente insostenible. En los hechos, invierte el principio de supremacía constitucional y desconoce la fuerza normativa de la Constitución, al relegar los mandatos materiales del Estado social de derecho a un plano secundario frente a una lectura legalista de los criterios económicos. Con ello, reinstala un formalismo decimonónico que reduce la Constitución a un marco retórico, desprovisto de contenidos directamente exigibles.
@petrogustavo@cutcolombia@CGTCol@MintrabajoCol@AntonioSanguino@sandramilemu@PalmaEdwin@fabioariascut@consejodeestado@CConstitucional
Mucho se ha hablado del aumento del salario mínimo del 23% en Colombia: la inflación, los costos fiscales, el empleo...
Pero casi no se ha tocado algo clave 👉 la productividad y la distribución del ingreso.
Va hilo 🧵👇
Adios ChatGPT
Saluda a Microsoft Copilot, tu asistente todo en uno para PowerPoint, Excel, Teams, Outlook y Word.
Aquí hay 13 cosas poderosas que puedes hacer con Copilot:
🌟 ¡Deepseek está dominando! 🌟
Según datos recientes, Deepseek representa el 23% de los usuarios activos diarios de ChatGPT y es la aplicación con más descargas diarias, superando a ChatGPT y dejando muy atrás a Gemini. ¡El futuro de la IA está aquí! 🚀 #Tecnología#IA #Deepseek
🙏🏻 Gracias a @virginiog por compartir estos datos tan interesantes.
---
Mi columna esta semana: sobre la preocupante evolución de la jurisprudencia de la Corte Constitucional en ciertos temas. Ojalá me equivoque pero podría tornarse en un tribunal que sobreprotege la propiedad y obstaculiza la búsqueda de justicia social.
https://t.co/2Gx3QpNFlr
@AKCucuta Ningún medio de atención me respondió para dar explicaciones con respecto a la situación actual. Es engorroso comunicarse con uds.
Espero respuestas.
@AKCucuta Realicen bien las intervenciones. El cierre del tramo de la Av. Libertadores sentido hacia Unicentro fue demasiado brusco y con personal poco capacitado para su realización. Si publicaron este post hace 4h, por qué cerraron hace minutos el tramo?
Falta más explicación.