Litigante, Profesor, Autor del libro "El Arte De Litigar. Manual práctico de litigación oral en asuntos no penales" Edición Colombia, Ecuador y México.
⚖️Conferencia Internacional:
Cerca de 300 participantes en “Objeciones a preguntas en la prueba testimonial”.
👨Ponente: Dr. David Peñuela Ortiz
🎤 Inauguración: Msc. Alfredo Juvenal Cuadros Añazco
🔎 Más info: https://t.co/2hVL6YUWa5
#EFJ#JusticiaEnTerritorio#AcademiaJurídica
ESTRATEGIAS PARA CONSTRUIR LA DEMANDA Y LA CONTESTACIÓN, Y CÓMO DEFENDERLAS EN ALEGATOS DE CONCLUSIÓN...
Amigos ecuatorianos, estaré desde mañana en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (Quito) dictando este taller práctico sobre Litigación Oral no penal.
TABLA DE REFRESCAMIENTO DE LA MEMORIA DEL TESTIGO EN ASUNTOS NO PENALES
Esta y otras técnicas las profundizamos en la Certificación Internacional en Litigación Oral en Asuntos No Penales, cuyas inscripciones ya están abiertas para la cohorte que inicia en enero de 2026.
Del 11 al 14 de noviembre estaré en la PUCE de Quito con @_AlfredoCuadros dictando este poderoso taller sobre la metodología necesaria para crear la historia persuasiva que el litigante plasma en la demanda o contestación + cómo defenderla en alegatos de conclusión ¡Invitados!
Taller de Litigación Oral No Penal en Ecuador: Amigos ecuatorianos, les compartimos que estaremos del 25 al 28 de junio en la Pontificia Universidad Católica del Ecuador dictando este poderoso taller super práctico. Los esperamos. Nos vemos pronto!
Para probar los hechos, no basta con pedirle al testigo que narre lo que sabe. El verdadero trabajo del abogado es liderar el interrogatorio, orientando sus preguntas de manera que, a partir de las respuestas del testigo, se construya una narración clara, coherente y creíble.
Nos han metido tanto en la cabeza que, como litigantes, no debemos enfocarnos en "convencer" al juez de que nuestro cliente tiene la razón, que terminamos sin saber, REALMENTE, cómo planear y ganar un litigio ¡Absurbo! ¿No?
No se puede solicitar la prueba testimonial, según el Art. 212 del CGP, para que "el testigo diga todo lo que le conste", como lo toleran muchos jueces, porque esa práctica le impide a la contraparte investigar concretamente los hechos de tal prueba de cara al contraexamen.
Error en la práctica judicial no penal: La selección de testigos es una labor altamente jurídica que le corresponde al abogado, porque implica una valoración probatoria previa. Sin embargo, es muy común ver a abogados dejando que sea el cliente quien seleccione los testigos...
La figura de las objeciones a preguntas y a respuestas en la práctica de la prueba testimonial no tiene la finalidad de fastidiar ni al juez ni al otro colega; está para lograr que el testimonio sea lo más fiable posible, entendiendo que es una de las pruebas más manipulables...