La Revista de Derecho Foro de la @uasbecuador ha publicado un artículo de mi autoría que invita a reflexión y al debate sobre los derechos de las víctimas de violencia de género en el proceso judicial.
Les invito a revisarlo.
https://t.co/E1T7Hh6Y4G
¿Ante la nueva criminalidad compleja basta con una jurisdicción especializada?
Quizá sea el momento de pensar también en un procedimiento penal alterno.
Qué bien que Diego Ávila @dhas1017 esté de subdirector de lo penal, recuperación de activos y extinción de dominio de la Procuraduría General del Estado.
Seguro, la intervención en procesos judiciales por parte de la @PGEcuador será la correcta.
👏🏽👏🏽👏🏽
¿Cuál es el rol de la @PGEcuador en casos penales?
🎙️ Conoce más en el nuevo episodio del #PodcastPGE, con Diego Ávila @dhas1017, subdirector de lo Penal, Recuperación de Activos y Extinción de Dominio de la @PGEcuador.
📲 Escúchalo aquí ▶️ https://t.co/K58GlYyvYr
En este punto, hicimos un mejor mundial en Qatar 2022, con Gustavo Alfaro de técnico, que era un maestro para contar historias épicas y subirles el ánimo. Probablemente, desperdiciamos la mejor selección joven que tendremos.
Pregunta:
¿Acaso la selección de fútbol de Estados Unidos tiene un alto nivel o los planteamientos de Gustavo Alfaro se quedan cortos en los mundiales?
#Hoy | En la @PGEcuador se realizó la sesión extraordinaria 12° del Grupo de Enlaces Interinstitucionales para la Recuperación de Activos #Geira. Las instituciones del Estado establecieron cambios al instrumento modificatorio del Convenio de Cooperación Interinstitucional.
Ecuador es el único país en el que en las facultades de derecho en las universidades, salvo honrosas excepciones, gente con maestría en criminología da clases de teoría del delito, gente con maestría en derecho tributario da clases de procesal penal, gente con maestría en derecho administrativo da clases de derecho penal, delitos en particular. Por eso después tenemos los litigantes que tenemos. Y todo termina siendo “lawfare” y no hay “materialidad”
Muy agradecido por la oportunidad de exponer sobre extinción de dominio y estándar probatorio. La capacitación permanente es una herramienta fundamental para abrir el debate de las instituciones jurídicas, fortaleciendo su aplicación y evolución frente a los desafíos actuales.
#LaProcuraduríaCapacita | El subdirector de lo Penal, Recuperación de Activos y Extinción de Dominio de la @PGEcuador, Abg. Diego Ávila @dhas1017, expuso a 241 personas, el curso sobre la "La extinción de dominio y su estándar probatorio".
Así es. La experiencia enseña que el deber del abogado no es prometer resultados, sino orientar con honestidad y advertir los riesgos de cada decisión.
#Hoy | El Grupo de Enlaces Interinstitucionales para la Recuperación de Activos #Geira realizó la sesión ordinaria vigésimo novena (29°) en la @PGEcuador. Los integrantes iniciaron la transición presidencial y la organización del proceso de elección para el periodo entrante.
⚖️El principio de confianza no excluye la responsabilidad cuando el acusado participa conscientemente en un entramado criminal
SP083-2026(59842)
Consulte el análisis completo: https://t.co/x03ZOinZwI
El proceso tiene origen en la obtención irregular de licencias de vuelo por parte de Andrés Felipe Huertas Saldarriaga. La evidencia recaudada mostró que el trámite no siguió los cauces legales ordinarios, sino que estuvo mediado por la entrega de dinero a un tercero y la suscripción de documentos que acreditaban exámenes y entrenamientos que en realidad no se habían realizado. En ese contexto, la defensa sostuvo que el procesado actuó bajo el principio de confianza, al seguir las indicaciones del funcionario que gestionó el trámite.
La Corte centra su análisis en determinar si el principio de confianza puede operar como causal de exclusión de responsabilidad cuando el propio sujeto participa en la irregularidad. En este sentido, precisa que dicho principio solo es aplicable cuando el comportamiento del agente se ajusta al derecho. Por ello, se descarta su invocación cuando el procesado interviene activamente en un procedimiento viciado, especialmente si suscribe información falsa o contribuye a la ilegalidad del trámite. La Sala enfatiza que no se trataba de un sujeto ajeno o de buena fe, sino de una persona con formación suficiente para comprender los requisitos del proceso, lo cual se refuerza con hechos como el pago de una suma elevada de dinero y la obtención de resultados en un tiempo inusualmente breve. Tales circunstancias evidencian conocimiento de la irregularidad y participación consciente en el entramado.
Con base en ese razonamiento, la Corte concluye que el principio de confianza no resulta aplicable, pues el procesado no podía confiar legítimamente en un trámite que él mismo alimentó con información falsa y pagos irregulares. En consecuencia, confirma la sentencia condenatoria, al considerar demostrado que actuó con dolo y que fue partícipe activo en la obtención fraudulenta de las licencias, lo que desvirtúa cualquier alegación de actuación de buena fe.
Un gran evento que no solo impulsa la formación de futuros abogados, sino también fortalece el servicio a la ciudadanía.
Formar para servir mejor.
Enhorabuena!
Inicia el evento donde se entregarán los certificados de acreditación a las consultorios jurídicos gratuitos, un acto solemne donde se reconoce el trabajo comprometido y el compromiso de nuestra red complementaria de atención.
#ConsultoriosJurídicosDefPública
Si leer es otra forma de vivir (J. L. Borges). Entonces, la herramienta que nos permite hacerlo es el libro. En este #díadellibro recordemos los que nos transformaron y los que aún nos acompañan.
Si tenés un doctorado significa que en un momento, aunque haya sido poco tiempo, vos tuviste un conocimiento respaldado científicamente que nadie más en todo el mundo tenía.
#LaProcuraduríaCapacita | Invita a la comunidad jurídica este 15 de abril, al curso virtual "La debida diligencia de la PGE en el proceso judicial" con la Mgtr. #MaríaÁngelesCrespín, abogada de la subdirección de lo Penal de la @PGEcuador
Inscríbete aquí: https://t.co/EBt0H8Kydq
Las universidades deberían hacer limpieza de sus profesores así hayan sido ministros y jueces y bla bla la.
En una maestría de una prestigiosa Universidad, da clases un abogado que 1. No sabe nada, y 2. Tiene una fama indeseable.
Que le pueden decir a sus alumnos?
Las universidades tienen la obligación de limpiar a sus docentes por gente capaz, profesional y honesta.
No me puede dar clases quien en su ejercicio profesional no ha sido probo.