(5:05 a.m.) En el marco del PCO - autoridades informan
Se presenta alto flujo vehicular en el sentido Btá - Vcio, congestión entre Pr 12+000 y el Pr 18 +200 debido al tráfico lento en el sector. Tiempo seco en el corredor vial. ¡Precaucion!
(12:18 p.m.) Novedades en la vía por trabajos de mantenimiento rutinario: Reducción de carril en los túneles Buenavista I y La Culebra. Pasos alternos en el K60+000 y en el K10+800. Reducción de carril en el K35+600. Esté atento a las indicaciones del personal.
Salud mental y pensiones. La #SalaLaboral protegió con pensión de invalidez a un trabajador que perdió el
63,60 % de su capacidad laboral por una enfermedad mental crónica de origen común, relacionada con ansiedad y depresión.
Ver sentencia: https://t.co/SzzJgi9wC5
Alirio Barrera, senador del @CeDemocratico, es un astuto negociador de predios baldíos, las tierras destinadas para los campesinos más pobres de Colombia. Se trata de un negocio multimillonario, sucio de ilegalidad.
https://t.co/ScWslWXbXl
Increíble este video donde Yeison Jiménez dice que va a cantar hasta los 35 años y de ahí se va a dedicar a cantarle a Dios.
El 26 de julio de este año, habría cumplido 35 años.
Qué en paz descanse 🙏🏻
https://t.co/FAu9TZwJfX
Tener empleada doméstica no es una necesidad básica y, si pagar un salario digno te parece un problema, el problema no es el aumento del salario mínimo: es un modelo que normalizó vivir cómodos sobre el trabajo mal pagado de otros.
1️⃣ Derrocar a un dictador suena moralmente justo. Nadie llora por un tirano. Pero el derecho internacional no se construyó para proteger a los buenos, sino para contener a los poderosos. Por eso prohíbe la fuerza casi sin excepciones: no porque ignore la injusticia, sino porque sabe que, si cada país decide a quién “liberar” a balazos, el mundo vuelve a la ley del más fuerte.
2️⃣ El problema no es Maduro. El problema es el precedente. Cuando la fuerza militar se usa para cambiar gobiernos sin reglas claras, la soberanía deja de ser un límite y se vuelve un estorbo. Hoy es “derrocar a un dictador”; mañana será “corregir una elección”, “proteger intereses”, “restaurar el orden”. El derecho no absuelve dictaduras, pero tampoco legitima cruzadas unilaterales.
3️⃣ La pregunta incómoda no es si un tirano merece caer, sino quién decide cuándo y cómo. Porque la historia enseña algo brutal: sacar al dictador es fácil; construir justicia después, no. Y cuando la legalidad se rompe en nombre del bien, casi siempre lo que sigue no es libertad, sino caos, violencia y nuevas víctimas. El derecho existe para recordarnos eso, incluso cuando incomoda.
#SintraMerito
COMUNICADO
LA Junta Directiva Nacional De la organización sindical SintraMerito expresa respaldo a la jornada de movilización convocada por los arroceros impulada por Dignidad Agropecuaria Colombiana. Ante el incumplimiento de los acuerdos suscritos en marzo.
Lamentamos el fallecimiento de nuestra afiliada Inspectora de Trabajo dtmeta Yuli Rojas gran defensora del Mérito, su partida es una gran pérdida para nosotros y para la entidad @MintrabajoCol 😔😔😔
Ministra @GloriaRamirezRi, su renuncia invocando a Carlos Gaviria Díaz, es una ofensa a su memoria y coherencia.
El gobierno Petro y usted no pueden ufanarse de logros inexistentes para los trabajadores, ni de un diálogo social que no ocurrió. Su gestión quedará registrada como la de una ministra que reprimió el derecho a la huelga en su despacho y negó el diálogo de la peor forma.
Dividió como nunca al movimiento sindical para poder tener unos áulicos en el sindicalismo y hacer "diálogo social sin contradictores", promovió una reforma pensional que favorece a los fondos privados de pensiones contra los jóvenes y los trabajadores que con sus luchas han logrado salarios "dignos", tramitó una reforma laboral sin derechos colectivos y sin trabajo decente y haber apoyado el desastroso cambio del modelo de salud del magisterio.
Se va muy reconocida por el FMI, el BM, la OCDE y el Departamento del Trabajo de EE. UU.
Felicitaciones a @OsemcoSindicato y a @UNASEMIGC1 los sindicatos de @MigracionCol que por su lucha lograron mejorar sus ingresos y ampliar la planta. Bien por la disposición de las entidades del estado a buscar un acuerdo. ¡Sin luchas no hay victorias! @cutcolombia@CGTCol
Reviven los Temidos Contrapliegos
🚨Hoy se dio a conocer el informe de ponencia para el último debate del proyecto de ley por el cual se expide el Código Procesal del Trabajo. Para esta fase final, sin haber mediado un espacio de discusión previo, se introducen nuevas causales para el recurso de anulación, las cuales tienen efectos regresivos en el ejercicio del derecho a la negociación colectiva.
En primer lugar, se autoriza indirectamente a los árbitros a "transgredir" o menoscabar los derechos contenidos en las convenciones colectivas de trabajo cuando los puntos han sido discutidos en la mesa de negociación. Esto contraviene lo establecido en el artículo 458 del Código Sustantivo del Trabajo, que prohíbe a los árbitros afectar derechos convencionales, así como la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ SL1309-2022) y los pronunciamientos de los órganos de control de la OIT, los cuales han sostenido que los árbitros o terceros no pueden menoscabar derechos convencionales. La posibilidad de que los árbitros lesionen derechos convencionales representa un enorme retroceso histórico, pues revive los temidos contra-pliegos, en los que los empleadores aprovechaban los procesos de negociación colectiva para reducir los derechos convencionales, congelando así, por el miedo a la pérdida de derechos, las iniciativas de negociación colectiva.
En segundo lugar, se legaliza la controvertida causal de anulación por inequidad manifiesta, la cual opera exclusivamente en favor de los empleadores y desnaturaliza el recurso de anulación, ya que permite a la Corte realizar juicios de equidad en lugar de limitarse a verificar la regularidad del laudo.
En tercer lugar, el establecimiento de que los árbitros no pueden “transgredir” lo previsto en la legislación tiene el efecto de restringir aún más las ya limitadas facultades de los árbitros, quienes deberían tener la función de transformar o modificar las normas existentes para crear nuevos derechos y mejorar la situación jurídico-social de los trabajadores.
En la propuesta de #reformalaboral, un artículo que ampliaba las facultades de los árbitros fue derrotado. Sin embargo, este proyecto incluye ahora un artículo que configura una contra-reforma laboral, el cual está a punto de ser aprobado.
@AstridSanchezM@coteskaryme@suarezvacca@diogenesqa@MintrabajoCol@GloriaRamirezRi@PalmaEdwin@vivaciudadania@MafeCarrascal@CastilloMarelen@wilsonariasc@ClaraLopezObre@merylauraperos@ILAW_Network@fabioariascut@PercyOyola_CGT
Reviven los Temidos Contrapliegos
🚨Hoy se dio a conocer el informe de ponencia para el último debate del proyecto de ley por el cual se expide el Código Procesal del Trabajo. Para esta fase final, sin haber mediado un espacio de discusión previo, se introducen nuevas causales para el recurso de anulación, las cuales tienen efectos regresivos en el ejercicio del derecho a la negociación colectiva.
En primer lugar, se autoriza indirectamente a los árbitros a "transgredir" o menoscabar los derechos contenidos en las convenciones colectivas de trabajo cuando los puntos han sido discutidos en la mesa de negociación. Esto contraviene lo establecido en el artículo 458 del Código Sustantivo del Trabajo, que prohíbe a los árbitros afectar derechos convencionales, así como la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ SL1309-2022) y los pronunciamientos de los órganos de control de la OIT, los cuales han sostenido que los árbitros o terceros no pueden menoscabar derechos convencionales. La posibilidad de que los árbitros lesionen derechos convencionales representa un enorme retroceso histórico, pues revive los temidos contra-pliegos, en los que los empleadores aprovechaban los procesos de negociación colectiva para reducir los derechos convencionales, congelando así, por el miedo a la pérdida de derechos, las iniciativas de negociación colectiva.
En segundo lugar, se legaliza la controvertida causal de anulación por inequidad manifiesta, la cual opera exclusivamente en favor de los empleadores y desnaturaliza el recurso de anulación, ya que permite a la Corte realizar juicios de equidad en lugar de limitarse a verificar la regularidad del laudo.
En tercer lugar, el establecimiento de que los árbitros no pueden “transgredir” lo previsto en la legislación tiene el efecto de restringir aún más las ya limitadas facultades de los árbitros, quienes deberían tener la función de transformar o modificar las normas existentes para crear nuevos derechos y mejorar la situación jurídico-social de los trabajadores.
En la propuesta de #reformalaboral, un artículo que ampliaba las facultades de los árbitros fue derrotado. Sin embargo, este proyecto incluye ahora un artículo que configura una contra-reforma laboral, el cual está a punto de ser aprobado.
@AstridSanchezM@coteskaryme@suarezvacca@diogenesqa@MintrabajoCol@GloriaRamirezRi@PalmaEdwin@vivaciudadania@MafeCarrascal@CastilloMarelen@wilsonariasc@ClaraLopezObre@merylauraperos@ILAW_Network@fabioariascut@PercyOyola_CGT
#Política | ¿Dónde está la plata? Denuncian en Contraloría que MinTrabajo reportó pagos a trabajadores que nunca recibieron sus salarios
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#LOÚLTIMO | Hallan muerta a Sofía Delgado, la niña desaparecida en Valle: dos vecinos son sospechosos del crimen
Ampliación >> https://t.co/Ne38fZ2Y2D