Se viene carta de los 20 sabios argumentando que si bien es cierto Abelardo de la Espriella obtuvo más votos, una interpretación armónica, sistemática y garantista de la Constitución permite concluir que Iván Cepeda es el presidente legítimo, pues la Carta protege especialmente a las minorías.
La tiranía de la interpretación. Por qué el régimen de inhabilidades presidenciales no admite analogías
El comunicado suscrito hoy 10 de junio por un grupo de exmagistrados y docentes universitarios, según el cual la nacionalidad estadounidense del candidato Abelardo de la Espriella sería incompatible con la Presidencia de Colombia, no es un mero disenso doctrinal. Representa, en el fondo, el intento de revivir el activismo judicial en su faceta más lesiva para la democracia: la creación de inhabilidades por vía de interpretación. En el derecho público contemporáneo, y de manera categórica en el ordenamiento constitucional colombiano, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades está gobernado por el principio de legalidad bajo la estricta regla del numerus clausus. Las restricciones al derecho fundamental a ser elegido, amparado en el artículo 40 de la Constitución Política, son taxativas, de interpretación restrictiva y constitucionalmente indisponibles para el intérprete. La Corte Constitucional, en jurisprudencia reiterada en sentencias como la C-151 de 1997, la C-540 de 2001 y la C-106 de 2018, ha sido unánime al señalar que las causales de inelegibilidad constituyen una excepción al principio general de libertad e igualdad de acceso a las dignidades del Estado, y que por ende su aplicación extensiva, analógica o sistemática está proscrita de forma absoluta.
Los firmantes conocen esa jurisprudencia. La citan. Y ahí reside la contradicción que desarma su documento desde adentro: conceden que ni el artículo 191 ni los artículos 179 y 197 de la Carta prevén la inhabilidad que proponen, e invocan ellos mismos la doctrina del régimen cerrado, que no puede ser ampliado ni por ley ni por decreto, para acto seguido ampliarlo por vía de comunicado, que es una fuente todavía más débil que las dos que la Corte ha excluido. Del entramado de deberes que el artículo 188 impone al presidente como símbolo de la unidad nacional pretenden extraer una incompatibilidad que el constituyente no escribió. La operación es un salto acrobático desde la literalidad del texto hacia una supuesta incompatibilidad ontológica derivada de la naturaleza del cargo. Si se acepta esa premisa, si la naturaleza de la función faculta a jueces o doctrinantes para erigir barreras de acceso al poder público no contempladas por el constituyente, se desfigura por completo la seguridad jurídica: bajo esa misma lógica material, mañana podría argumentarse que las funciones presidenciales exigen condiciones ideológicas, patrimoniales o de adscripción filosófica específicas. La taxatividad no es un capricho formalista. Es el dique de contención contra la arbitrariedad hermenéutica, y su fundamento último es el que Philip Pettit dio a la libertad republicana: no ser dominado, no depender de la voluntad arbitraria de otro. Un ciudadano cuya elegibilidad no descansa en la regla escrita sino en el acuerdo cambiante de sus intérpretes no es libre aunque ninguna norma lo excluya, porque vive a merced de que veinte firmas no se pongan de acuerdo en su contra. La inhabilidad creada por interpretación es la dominación en estado puro.
Hay en el comunicado, además, un descuido que vale como síntoma. El texto cita el artículo 91 de la Constitución como fuente de los requisitos para ser presidente. El artículo que los consagra es el 191; el 91 regula la obediencia debida en el ámbito militar. El lapsus sería anecdótico en una columna de prensa. En un documento suscrito por tres expresidentes de la Corte Constitucional, presentado como dictamen colectivo de la más alta autoridad jurídica emérita del país, dice algo sobre la prisa con que fue redactado y sobre el peso que sus autores esperaban que hicieran las firmas allí donde no alcanzaban las premisas.
El segundo yerro técnico de la postura impugnada radica en una lectura hiperbólica y decimonónica del derecho de la nacionalidad, específicamente respecto al juramento de naturalización exigido por la sección 337(a) de la Immigration and Nationality Act de los Estados Unidos. Sostienen los autores que la fórmula de abjuración contenida en ese juramento implica una renuncia absoluta a toda lealtad hacia Colombia, incompatible con la función presidencial. El planteamiento ignora que tanto el ordenamiento interno como el derecho internacional público evolucionaron hace décadas hacia la aceptación plena de la polipatridia como hecho civil de la globalización. La Carta de 1991 sepultó en su texto original el principio de la nacionalidad única e indivisible: el artículo 96 dispone que la calidad de nacional colombiano por nacimiento no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad, regla que la Ley 43 de 1993 desarrolló y que el Acto Legislativo 01 de 2002 mantuvo intacta. El juramento de naturalización en un tercer Estado es un acto formal de asimilación cívica para el ejercicio de derechos en esa jurisdicción; carece de fuerza jurídica para extinguir los vínculos del nacional colombiano con su república. Y no hace falta creerme a mí: lo confiesan los propios firmantes en la página cinco de su documento, donde admiten que la jurisprudencia y la doctrina de Estados Unidos entienden que el juramento no obliga a renunciar a la nacionalidad de origen. Con esa concesión, la renuncia absoluta sobre la que descansa todo el edificio queda reducida a lo que siempre fue: una conjetura psicológica sobre lealtades íntimas, elevada por sus autores al rango de inhabilidad constitucional.
Resulta igualmente imperativo desvirtuar el uso analógico que el documento hace de la sentencia C-601 de 2015, que declaró exequible la prohibición de que ciudadanos con doble nacionalidad ingresen a la carrera diplomática. Equiparar la situación del cuerpo diplomático con la del presidente de la república es metodológicamente falaz, y falaz en una dirección precisa: invierte la lógica del precedente que invoca. En el caso de los diplomáticos la restricción opera porque existe una norma legal expresa, dictada por el Congreso en ejercicio de su margen de configuración legislativa, cuya proporcionalidad la Corte se limitó a verificar. Para la presidencia no existe norma alguna, ni legal ni constitucional. Trasladar por pura deducción hermenéutica los motivos de conveniencia que el legislador aplicó a los cónsules hacia la figura del jefe de Estado viola frontalmente la prohibición de analogía en materia de inhabilidades. Si el constituyente hubiese querido equiparar ambas situaciones, habría reformado el artículo 197. Al no haberlo hecho, el silencio constitucional no constituye un vacío que el intérprete deba llenar, sino una garantía de inclusión.
Queda el documento mismo como hecho político, y ahí conviene sustituir la adjetivación por la aritmética. El titular con que el comunicado circuló habla de veinte exmagistrados de altas cortes. La lista de esa categoría contiene doce nombres. El resto son tres exmagistrados de tribunales administrativos, varios exmagistrados auxiliares, que es un cargo de confianza de despacho y no una magistratura, y una veintena de docentes concentrados en dos o tres universidades. El texto fue adoptado el 10 de junio, once días antes de la segunda vuelta presidencial, y a las pocas horas circulaba en redes con más de un millón de vistas bajo el formato de la última hora. En esa circulación el documento jurídico es apenas el cuerpo; el organismo que realmente vive es el titular. Y en el titular no existe la página cinco, donde los firmantes confiesan los límites de su propia tesis. Lo que el país recibió no fue un análisis con sus matices sino una cifra redonda con autoridad prestada: veinte togas dicen que no puede ser presidente.
Ernesto Garzón Valdés se preguntó alguna vez si cuentan los números en las decisiones morales, y su respuesta vale también para las jurídicas: la cantidad de quienes afirman algo no le transfiere corrección a lo afirmado. Veinte firmas, o doce, o cincuenta, bajo un argumento que viola la taxatividad de las inhabilidades producen exactamente eso, un argumento inválido suscrito muchas veces. El comunicado apuesta a que el lector cuente togas en lugar de contar premisas, y a que el prestigio de la magistratura emérita supla la norma que no existe. Pero la Constitución de 1991 no se defiende así. Se defiende aplicando la rigidez de sus reglas, incluso cuando esas reglas amparan a un candidato que los intérpretes detestan; sobre todo entonces, porque la garantía que hoy se le niegue a él quedará negada mañana para todos.
Referencias
Jurisprudencia de la Corte Constitucional:
Sentencia C-151 de 1997: https://t.co/NtGZK7qU2Y
Sentencia C-540 de 2001: https://t.co/gkvM30Idk4
Sentencia C-015 de 2004: https://t.co/nlGl0SR6eh
Sentencia C-106 de 2018: https://t.co/8Zh0w7qFum
Sentencia C-601 de 2015: https://t.co/NPkBlhRFUf
Normas:
Constitución Política de Colombia (arts. 40, 96, 188, 191 y 197): https://t.co/wRsL7g08rB
Ley 43 de 1993: https://t.co/UBcVS1thbQ
Juramento de naturalización, sección 337(a) de la Immigration and Nationality Act (USCIS): https://t.co/2M4x2baQ0I
Sobre el comunicado del 10 de junio de 2026 y su difusión:
Hilo de Daniel Coronell (@DCoronell) que publicó el comunicado, primera parte: https://t.co/IwhUnIJ2zG
Segunda parte, con el resto del documento y las firmas: https://t.co/00c91uf5SY
La FM, "Exmagistrados cuestionan candidatura de Abelardo de la Espriella y advierten incompatibilidad por nacionalidad estadounidense": https://t.co/JUFXYdAQhv
Cambio, "Juristas advierten que nacionalidad estadounidense de De la Espriella es incompatible con la Presidencia": https://t.co/gwLMIBQ1EM
Doctrina:
Ernesto Garzón Valdés, "¿Cuentan los números en las decisiones morales?", Claves de Razón Práctica, n.º 192, 2009, págs. 14-24.
Conferencia del autor sobre el mismo tema en la Fundación Juan March (ciclo Dignidad humana): https://t.co/mvwSXr8Blr
No lograré entender por qué tanta gente brillante y que admiro, ve oratoria donde yo veo verborrea, dialéctica donde veo charlatanería, liderazgo donde veo torpeza y resentimiento. Se me fueron 4 años y solo vi un orate irresponsable con evidentes problemas de salud mental.
¿Entonces usted por qué se ha metido en la política de Perú, Ecuador, Venezuela, Bolivia, Chile, Argentina, México, Israel, Alemania, Francia y Estados Unidos?
Por qué los académicos y estudiantes de universidad pública no hablan de la desfinanciación sistemática de la inversión en I+D por parte del progresismo colombiano así hayan tenido el presupuesto más alto en la historia de Colombia?
No se les olvide que el Petrismo de mierda, lleno de falsos ambientalistas, autorizó a hacer minería en el amazonas. 1000 hectáreas para que “indígenas” y gestores de paz deforesten selva virgen y acaben con todo.
Ese fue el “gobierno de la vida”
Uno quisiera que el hecho de violar las leyes electorales generara vergüenza, sanciones y rechazo social, pero aquí no pasa nada.
Las autoridades (procuraduría, CNE,etc.) no hacen nada, la Comisión de acusaciones del Congreso no sirve de nada y los ciudadanos comen callados cuando se trata del candidato de sus afectos.
Este gobierno rompió las leyes para elegirse y ahora lo hace para perpetuarse. Lo hace de manera aún más descarada que los anteriores, lo cual ya es mucho decir.
Al final “el cambio” era de caras, no de mañas.
Oí la entrevista del presidente Petro con Caracol Radio y me desconcertó especialmente su capacidad extraordinaria de divagar y dar vueltas sobre un tema sin ofrecer ninguna respuesta concreta. Le preguntan por su política de paz total y sus inmensas fallas, y responde culpando a la conspiración septembrina de hace 198 años por el inicio de la violencia en el país. A cada problema le tiene un discurso, pero ninguna solución puntual.
Cuando le preguntan por la corrupción de su gobierno, da un giro absurdo: que la peor corrupción es el genocidio y que su gobierno no ha cometido ese tipo de corrupción. Es la falacia de reducir la discusión al nivel de lo absurdo y así no tener que contestar una pregunta sobre hechos concretos que el país entero conoce. Luego avanza hacia una mentira: que ha sido él quien ha denunciado los casos de corrupción dentro de su propio gobierno, cuando el país conoce la verdad de la historia. Casos como los de Olmedo López, Carlos Ramón González y los dos exministros que han recibido medida de aseguramiento tienen todos algo en común: que ante los primeros escándalos revelados por la prensa, Petro salió a defenderlos y a subestimar las denuncias periodísticas.
Petro es conocido por su contundencia a la hora de culpar a todos los gobiernos que vinieron antes del suyo por los problemas más graves que enfrenta el país. Los acusa de ser responsables de la violencia, de la corrupción y la profunda división. Sin embargo, cuando le toca responder por los escándalos de su gobierno lo hace sin el menor asomo de esa misma contundencia: ataca con dureza a todos sus antecesores pero no asume una gota de su responsabilidad en lo que ha salido mal durante su mandato. Entre más tiene por responder, más da giros retóricos para evitar asumir la realidad de lo que ha pasado.
Y un mensaje final: el presidente hoy dio varias señales que permiten percibir que está preocupado por los resultados de su partido en las elecciones presidenciales. Lejos de proyectar tranquilidad o confianza sobre el posible triunfo de su candidato, que lidera todas las encuestas, muestra que está lejos de creer que va a ganar las elecciones. Y ahí comienza un camino de enorme irresponsabilidad: el de su desconocimiento del resultado si no le es favorable y el consiguiente llamado a la movilización. Solo un pirómano profesional de la política puede llamar a la destrucción de la credibilidad en la democracia.
Las respuestas de hoy muestran a un presidente desconectado y carente de cualquier autocrítica. Los colombianos deben saber que hay una inmensa diferencia que separa a los intelectuales de los charlatanes y los falsos profetas.
.@QuinteroCalle empezó a hacer de las suyas.
Recien llegado modificó el manual de funciones de @Supersalud para contratar a un arquitecto -¿quién será?- como asesor del despacho por $14 M al mes.
¿Para suplir su falta de conocimiento en salud se asesorará con un arquitecto?
Hoy cancelé mi deuda de $100 millones de pesos que tenía al 3% de interés, la pagué gracias a otro préstamo que hice por $200 millones de pesos al 13%, y hasta me quedó dinero para irme de viaje.
¿Dónde está mi Nobel de economía?
El Banco de la República, dirigido por personas expertas de alto nivel, transfiere al gobierno las utilidades más altas de la historia: $13,9 billones. Dos reformas tributarias.
En cambio Ecopetrol, ahora manejado por corruptos y activistas gobiernistas, solo reporta pérdidas.
Pero según @petrogustavo y sus hordas el conocimiento, la formación y la experiencia en asuntos técnicos no importan.
Los hijueputas acaban de emitir deuda a un año por casi $1 billón de pesos, a tasa del 13,69%. Pero el problema es que el Banco de la República subió su tasa al 11,25%.
Desgraciados malparidos.
Soy víctima de la actual vicepresidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de Colombia.@SandraComunes En repetidas ocasiones, me obligó a desfilar en ropa interior frente a criminales pedófilos que hoy son congresistas , mientras me apuntaba con un fusil a la cabeza. En uno de esos episodios, @CatatumbComunes me violó, horrible, cuando yo solo tenía 12 años. Esta es la verdadera hoja de vida de quien hoy ocupa ese cargo de vicepresidente 👇.
Los gobiernos responsables DEBEN HABLAR CON LA VERDAD !! Eso mejora las decisiones técnicas de Politica Publica y da transparencia.
NO ES CIERTO que la deuda externa de colombia en relación al PIB haya bajado. Mejoró por la deuda externa privada, pero que yo sepa el gobierno no manda en las empresas (por ahora … espero ) la gráfica 1 en la columna azul muestra que aumentó la deuda pública externa desde 2022 y en dólares !!!!
Pero permítame recordarle que técnicamente hablar de deuda pública es hablar de deuda total pública (local y externa). Nos toca pagar en colombia y en el exterior.
Y en ese caso, en su gobierno se ha aumentado la deuda pública total de 800 a más de 1200 billones de pesos (50%) y en solo el último año (2025) se aumenta en 174 billones !!!! Eso es una locura y es fruto del derroche en gasto, el desorden en las finanzas públicas, el aumento en más de diez veces del déficit primario en solo dos años, el desmonte de la regla fiscal y el pobre crecimiento que no logra cumplir metas de recaudo tributario. Ver gráfica 2 y 3 de @DiegomontanezH
Pero le tengo una buena noticia !! AQUÍ VENIMOS A ARREGLAR EL PROBLEMA Y TENEMOS CLARO CÓMO HACERLO. No perdamos la esperanza que lo vamos a lograr!!!!
Frente a lo ocurrido en @EAFIT. Mi universidad.
Existe una confusión peligrosa en el debate público: creer que todo encuentro, evento o conversación es, por definición, un ejercicio democrático. No lo es. La democracia no se define únicamente por el procedimiento, sino por la sustancia moral que protege.
La señora Sandra Ramírez ha sido señalada de cometer crímenes atroces; crímenes que no solo violan el código penal, sino que representan la negación máxima del individuo: la disposición del cuerpo ajeno como herramienta de guerra. Como bien ha denunciado la Corporación Rosa Blanca, no ha existido aquí ni verdad, ni justicia, ni una reparación. Por el contrario, su conducta ha sido la de la revictimización sistemática, utilizando el lenguaje para oscurecer la realidad de sus actos.
Ella, por tanto, no es un actor político con ideas distintas; es un agente que ha operado históricamente fuera del marco de civilidad que permite la existencia misma de la universidad.
Karl Popper diría que, si extendemos una tolerancia ilimitada incluso a aquellos que son intolerantes, si no estamos preparados para defender una sociedad tolerante contra el atropello de los intolerantes, entonces los tolerantes serán destruidos, y la tolerancia con ellos.
Es imperativo defender la Universidad como el epicentro del orden espontáneo de las ideas. El debate no debe ser un evento solo de los ciclos electorales, sino un ejercicio intelectual permanente. Sin embargo, para que el debate sea fértil, requiere un marco de pre-condiciones.
El debate democrático es un lenguaje que solo pueden hablar quienes reconocen la la libertad. La democracia no es un cheque en blanco para legitimar cualquier proyecto de ingeniería social o autoritarismo; su función es, precisamente, limitar el poder y blindar aquellos derechos que son anteriores y superiores a cualquier mayoría circunstancial: la libertad individual, la propiedad privada y el Estado de Derecho.
Cuando un actor político no solo ha vulnerado estos pilares mediante la violencia física, sino que en su discurso actual cuestiona la validez de estos principios, estamos ante una negación ontológica del marco que hace posible la convivencia.
No puede haber negociación entre la libertad y el colectivismo autoritario, ni entre el derecho a la vida y el uso de la fuerza como herramienta política.
Aceptar lo contrario es caer en la 'trampa de la falsa equivalencia: tratar como una idea legítima aquello que es, en esencia, una agresión contra la estructura misma de la sociedad civilizada.
Si EAFIT pretende seguir siendo el faro de la libertad en Antioquia, debe recordar que la libertad no es un proceso de negociación donde la voz del victimario vale lo mismo que el dolor de la víctima. La verdad no se negocia, y la dignidad humana no se somete a plebiscito. No hay término medio en la defensa de la libertad.
Si usted aún cree que el tema DANIEL QUINTERO CALLE, es un tema de derecha e izquierda, usted no ha entendido nada, si usted cree que es un tema de clases y estratos sociales, usted no ha conocido la historia. En el proceso de desarrollo del libro tuvimos la oportunidad de escuchar historias con todo tipo de protagonistas y la conclusión siempre fue la misma, él no discriminó en su mal trato hacia la ciudad y quienes hacían parte de ella. No es gratuito que, en más de una ocasión, nos vean unidos a muchos con el mismo propósito, tratar de hacer que Colombia entera entienda el peligro que ese personaje representa en lo público.