¿Tiene usted una sentencia que ordena a alguna autoridad dominicana DEVOLVERLE BIENES que le retuvieron o incautaron pero, aunque ha hecho todo lo posible, se niegan a ejecutarla, sin justa causa?
¿Qué puede hacer para no limitarse a colgarla en la pared?
Aquí le cuento 🧵🔻👇
La contradicción de sentencias plantea un problema casacional y constitucional: la cosa juzgada asegura estabilidad, pero la seguridad jurídica exige coherencia. El artículo 13 de la L. 2-23 prevé la preservación de la tutela judicial efectiva en esos casos. Doy esa mirada aquí:
Aunque esta infracción de INVASIÓN U OCUPACIÓN DE PROPIEDAD se perfecciona con el acto de ocupación ilegal, es de naturaleza permanente durante el tiempo que permanezca la acción delictual sobre el inmueble.
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@Zuletaaslegal Lo bueno es que estando el cliente preso, la Fiscalia no permite verlo y no ofrece la carpeta de la investigación, debido a que supuestamente es una fase secreta de la misma, jji jji
La obligación de medios es aquella donde la parte activa compromete su prudencia y diligencia al ejecutar la prestación pactada. En la obligación de medios, si no se logra el resultado deseado, el deudor solo compromete su responsabilidad si hay falta y daño. (SCJ-SR-26-00356)
Análisis de la Ley 85-25, de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucios: innovaciones, desafíos procesales y constitucionales, y las respuestas que deberá ofrecer la jurisprudencia: https://t.co/1oeSlUAAWf
Servidores públicos.- Recurso contencioso administrativo.- Explicación relativa al plazo para interponer dicho recurso cuando han sido desvinculados.- No puede confundirse con el plazo que tiene la administración para el pago de las prestaciones laborales.
"la calidad para accionar en cobro de pesos debe determinarse valorando el documento en que se fundamenta la reclamación del pago de una alegada acreencia"
📖Sentencia núm. 32
📅28/08/2019
📘B.J. 1305
Sociedades comerciales.- Inmuebles registrados.- Venta.- Que un accionista no participe directamente en la autorización de la venta no implica que la operación sea nula o simulada, máxime cuando el acto fue autorizado por el órgano competente y dentro del límite de valor permitido por los Estatutos Sociales.- Explicación.
Agrimensor.- Trabajos de mensura.- Al realizar los trabajos de mensuras.- Deben respetar las ocupaciones que en el terreno tengan los codueños, independientemente del orden en que se hayan realizado los deslindes.- Artículo 21 de la ley 108-05.- Criterio reiterado.
Jurisdicción inmobiliaria (JI).- Incompetencia.- El eje central de la controversia gira en torno a un incumplimiento de una obligación contractual por falta de pago de uno de los codeudores.- Pretensiones de la parte recurrente se orientan, principalmente, a obtener la resolución del contrato de promesa de venta.- Solicita que se ordene al banco la ejecución del contrato definitivo pactado y su posterior registro ante el Registrador de Títulos.- Tal pretensión, en principio, podría situar la litis dentro del ámbito de competencia de la jurisdicción inmobiliaria.- Sin embargo, no es menos cierto que la verificación del derecho cuya tutela se solicita ante la jurisdicción inmobiliaria se encuentra estrechamente vinculada a la determinación de las obligaciones contractuales pactadas entre las partes.- La determinación del derecho cuyo reconocimiento se persigue descansa medularmente en la comprobación de obligaciones contractuales, particularmente el pago del precio convenido.- Incompetencia de la jurisdicción inmobiliaria.- Explicación.
Se entiende que hay violación a la tutela judicial efectiva cuando no son respondidos ni tomados en cuenta todos los medios materiales que las partes proponen como defensa en apoyo de sus pretensiones. (SCJ-TS-26-1417)
Las deudas quirografarias asumidas por cada uno de los cónyuges durante la vigencia del matrimonio bajo el régimen de comunidad legal de bienes se integran al pasivo común, según el artículo 1409.2 del Código Civil, modificado por la Ley 189-01. (SCJ-PS-26-1362)
Magistral aproximación de @JuLiOCuRY a la declaración de areas protegidas según la Constitución y las leyes y el deber de compensación a quien la sufre por haber sido privado de los atributos esenciales que caracterizan al derecho de propiedad. ¡Lectura obligada!
SCJ-PS-25-1771
"La simple invocación de una infracción sustantiva o procesal no es suficiente para habilitar, por sí sola, el recurso de pleno derecho, sino que es imprescindible que el recurrente fundamente dicha infracción, explicando la influencia que ha tenido en la🧶1/3
La ponderación de la prueba ocurre al examinar los documentos aportados; la valoración, en cambio, surge cuando el juez razona su alcance, trascendencia y eficacia para decidir. Esa interpretación integral constituye la concepción epistemológica de la prueba. (SCJ-SR-26-00110)
Les comparto un breve artículo sobre una interesante sentencia dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia: La responsabilidad patrimonial por error jurisdiccional: comentarios a la sentencia SCJ-TS-25-3839 https://t.co/c1ELN3lmmT vía @sin24horas
Una sentencia que reconoce una deuda vieja por su monto nominal no hace justicia: certifica solemnemente la pérdida del acreedor.
Les compartimos esta entrega para el Listín Diario de nuestro director, Dr. Julio Cury.
La omisión de estatuir se configura cuando los tribunales de fondo dictan decisiones sin haberse pronunciado sobre uno o varios de los puntos de las conclusiones vertidas formalmente por las partes, cuyo examen se impone en virtud del principio dispositivo. (SCJ-PS-26-0650)
EMBARGO INMOBILIARIO. BLOQUEO. El embargo inmobiliario no produce un bloqueo registral absoluto: su inscripción impide inscribir otro embargo y actos de disposición voluntaria incompatibles con la ejecución, pero no paraliza íntegramente la actividad registral sobre el inmueble.