Pese a que el supuesto se fundamenta en negar la deducibilidad por constituir una liberalidad, pues así lo asevera la sentencia, ¿caminamos por fin hacia la cordura jurídica en la célebre deducibilidad de la retribución de los administradores?
STS 4594/2023, Rec. 3940/2022.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia vuelve a poner sentido común en la célebre deducibilidad de la retribución de los administradores.
STSJ de Galicia 5420/2023, Recurso 15553/2022, de 17.07.2023.
La AN pone sentido común en la deducibilidad de la retribución de los administradores.
Si se desarollan -y acreditan- gestiones ordinarias no ejecutivas, las retribuciones han de tener necesariamente la calificación de gasto fiscalmente deducible.
SAN 1730/2022, Rec. 769/2018.
Hoy es un gran día para @DespachoVento. Desembarcamos en Madrid. Y lo hacemos producto de la integración de Castellón Abogados, una firma de referencia que nos permitirá fortalecer servicios estratégicos: Mercantil. Tributario... ¡Bienvenidos!
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Hoy tenemos la satisfacción de comunicaros la incorporación de César García Novoa, catedrático de Derecho Tributario y Financiero de la Universidade de Santiago de Compostela, como asesor académico de @DespachoVento.
¡Bienvenido César!
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Parece q las SPACs han venido para quedarse. Es una figura sin duda compleja y que se caracteriza por los incentivos perversos, los riesgos y los conflictos de interés que surgen en su seno. 👉 una primera aproximación https://t.co/IyHeMd2xRw
@mcuenaca , probablemente la mayor experta en la materia, escribe sobre el régimen de segunda oportunidad en el Anteproyecto de ley de reforma concursal. https://t.co/XH9H1BRDqB
Muchas gracias a la Profesora @ifertor por este excelente primer resumen de Ley 5/202 que modifica la LSC, en aspectos que ella conoce tan bien. Muy útil llamada de atención para quienes estamos, precisamente, explicando/estudiando órganos estos días
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STJUE 2.2.21, c. CONSOB: ex derecho de defensa y a la presunción de inocencia (48 Carta DDFF) no se puede compeler a entregar documentación autoinculpatoria. Rectius: lo que no se puede es sancionar (penal o administrativ.) a partir de tal documentación. Ojo al delito fiscal...
@SegundoSanz @JUc3m @chemadepablo La simulación de negocios inexistentes en doc. Privado y, en concreto, la confección de facturas absolutamente falsas tiene perfecto encaje en el n° 2 sel 390.1. Sin ir más lejos ver reciente SAN 06.10.20 (caso Pescanova) con cita de la STS 18.05.20.
Otra colaboración de lujo en #fiscalblog.
Cristina Pérez- Piaya Moreno, letrada del Tribunal Supremo, en colaboración con @EsauAlarcon, sobre el derecho a guardar silencio y a no autoincriminarse en el ámbito tributario.
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Un pacto parasocial vinculado a la duración de la sociedad (99 años) no admite denuncia unilateral ni contraviene la prohibición de las vinculaciones perpetuas (sentencia de la Cour d'appel de París)
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