[PRELIMINAR]
Evento: igepn2026qybd
Ocurrido: 2026-08-29 15:26:29
Mag.: 3.9M
Prof.: 47.0 km
Lat.: 3.798° S
Long.: 78.974° W
Localizado: a 23.86 km de Yantzaza, Zamora Chinchipe
Sintió este sismo? Repórtelo: https://t.co/s31yWd8Yil
#ComunidadIG La gente nos pregunta: ¿Los sismos registrados en Venezuela y Colombia anticipan la inminente ocurrencia de un fuerte sismo en Ecuador?
La respuesta es NO. Sin embargo, siempre debemos estar prevenidos.
#AnálisisProcesales | ¿Puede un colegio sancionar a una adolescente por una conducta grave sin garantizarle el debido proceso en el Ecuador?
⚖️ La Sentencia 456-20-JP/21 de la Corte Constitucional del Ecuador deja una importante lección sobre cómo deben abordarse los conflictos escolares que involucran a adolescentes.
📌 El caso: una estudiante fue sancionada con 15 días de suspensión y se le retiró su teléfono celular después de reenviar fotografías íntimas de una compañera durante una pijamada.
La madre cuestionó la actuación de la institución y alegó que no se respetaron las garantías del debido proceso.
🔎 La Corte puso el foco en algo fundamental: la gravedad de una conducta no elimina los derechos de quien está siendo sancionado.
La estudiante debía tener la posibilidad real de:
▪️ Conocer el procedimiento iniciado en su contra.
▪️ Ser escuchada.
▪️ Presentar sus argumentos.
▪️ Contar con la participación de su representante.
▪️ Conocer las razones de la decisión.
▪️ Saber qué mecanismos tenía para impugnarla.
🚨 La sanción no puede convertirse en un proceso sin garantías.
La Corte reconoció vulneraciones relacionadas con el debido proceso, el derecho a la defensa y a ser escuchada, el derecho a la educación y el derecho a la propiedad, en relación con la retención del teléfono celular.
Pero el fallo plantea además una reflexión más profunda:
🏫 ¿Qué debe hacer una institución educativa frente a un conflicto?
La respuesta no puede reducirse automáticamente a castigar.
La Corte destaca la importancia de la justicia restaurativa, un enfoque que busca que los conflictos escolares sean espacios para el diálogo, la escucha, la participación y la reparación.
Esto implica involucrar a quienes forman parte de la comunidad educativa: estudiantes, familias y docentes.
📚 Los colegios son comunidades de aprendizaje, no únicamente espacios destinados a imponer disciplina.
Por eso, los códigos de convivencia y las medidas disciplinarias deben aplicarse desde un enfoque de derechos, especialmente cuando están involucrados niños, niñas y adolescentes.
⚠️ Esto tampoco significa que una institución deba ignorar conductas que pueden causar daño. Significa que su respuesta debe ser proporcional, educativa, restaurativa y respetuosa del debido proceso.
Porque existe una diferencia fundamental entre sancionar por sancionar y adoptar una medida que permita comprender el daño, asumir responsabilidades, reparar y prevenir que vuelva a ocurrir.
⚖️ La disciplina escolar no está por encima de los derechos.
Y cuando se trata de adolescentes, educar también significa enseñar que las reglas deben cumplirse, pero que la justicia exige escuchar antes de decidir.
#Ecuador #CorteConstitucional #Educación #Colegios
#AnálisisProcesales | ¿Puede un juez citar por la prensa a una persona sin agotar antes las gestiones para encontrarla en Ecuador?
⚖️ La @CorteConstEcu dijo que no.
En la Sentencia 190-22-EP/25, la Corte determinó que se vulneró el derecho a la defensa de un ciudadano porque fue citado por la prensa sin que el juez verificara previamente si realmente se habían realizado todas las gestiones razonables para ubicar su domicilio.
📌 El caso: se demandó la disolución de una sociedad conyugal. La actora afirmó desconocer el domicilio de su esposo y pidió su citación por la prensa.
Pero el expediente no demostraba que hubiera realizado gestiones para localizarlo.
Más aún: se sabía que el demandado estaba en Estados Unidos, pero el juez ordenó publicar la citación en un medio local de Sígsig.
➡️ Para la Corte, esa citación fue ineficaz.
El resultado fue grave: el demandado no pudo conocer oportunamente la demanda, comparecer al proceso, presentar sus argumentos ni ejercer los recursos correspondientes.
🔎 La Corte recordó que no basta con afirmar bajo juramento que se desconoce el domicilio. Antes de acudir a la prensa deben agotarse y demostrarse las gestiones razonables para ubicar a la persona demandada.
⚠️ La citación por prensa es una medida excepcional. No puede convertirse en un atajo procesal.
Por eso, la Corte aceptó la acción extraordinaria de protección, dejó sin efecto la sentencia de disolución de la sociedad conyugal y ordenó retrotraer el proceso para que se sustancie nuevamente garantizando el derecho a la defensa.
⚖️ Una citación que no permite conocer el proceso no garantiza una defensa real.
#Citaciones #Ecuador #CorteConstitucional #DerechoProcesal
Encomendemos Venezuela a la intercesión de Nuestra Señora de Coromoto. Dirijo un sentido llamamiento a todas las partes para que busquen la verdad, resuelvan las disputas mediante el diálogo y se preocupen por el verdadero bien del pueblo y no por los intereses partidistas.
Las promesas se cumplen ✊💪💜
¡Se iniciará la construcción de la nueva cárcel de máxima seguridad en Santa Elena! 🏗️🔒
El Presidente @DanielNoboaOk anunció que las obras comenzarán en dos semanas.
Este proyecto busca mejorar la seguridad nacional, reduciendo el hacinamiento carcelario. 🇪🇨
¡Gran noticia! 🇪🇨✈️HAY #LeyTurismo en Ecuador.
La nueva Ley ha sido aprobada con 83 Votos.
☑️Financiamiento e Impulso: Se ha establecido un fondo especial por parte del Ministerio de Turismo para el desarrollo y promoción turística, enfocándonos en la riqueza de nuestras zonas rurales y urbanas.
☑️Beneficios Fiscales: se reduce el impuesto a la renta para servicios relacionados con espectáculos artísticos y culturales del 25% al 15%, y exonerado el Impuesto a la Salida de Divisas para operaciones aéreas, haciendo los viajes más accesibles.
☑️Incentivos Tributarios: Los Gobiernos Autónomos Descentralizados pueden ahora ofrecer incentivos tributarios para fomentar el turismo.
A FAVOR: Apoyo el endurecimiento de las penas en el #COIP: el sicariato aumenta a 26-30 años, reflejando la gravedad del delito con agravantes. El secuestro eleva su pena a 7-10 años; y si incluye extorsión, de 13-16 años, marcando un incremento significativo desde 10-13 años. La extorsión sexual se sancionará con 5-7 años. En el tráfico de drogas, las penas escalan de 7-10 años para alta escala, y 13-16 años para gran escala.
#Predios
🔴Así es la NUEVA nota de pago impresa⬇️
Se especifica que las Obras de Beneficio General (OBG) son por recuperación de:
1️⃣ Ciclovía de 13.5Km en la primero de mayo (2021)
2️⃣ Paso deprimido Bomba de los Choferes (2022)
*La primera no cobrada en su momento*
Además, devolución de pago por descuento (2018) en OBG ordenado por la Contraloría
👍Equipo de atención ante cualquier duda en rubros
Que pena!! , con una acta se apoderan de un bien, SENAE (Carchi-rumichaca) de un ciudadano migrante qué retorna a Ecuador. Y que realizó una travesia desde EEUU A ECUADOR!!! Increible, como son enemigos del ecuatoriano un propio ecuatoriano.