Viene un alza brutal en el Impuesto sobre la Renta, pero no mediante incremento de tasas, sino mediante aumento desproporcionado de la base del impuesto. Limitaciones artificiales de las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, establecimientos de pagos provisionales obligatorios aún cuando no haya coeficiente de utilidad, más restricciones en las deducciones, etc.
El AICM licitó en 2025 la seguridad de la Terminal 2: los filtros de revisión y las salas de última espera. Se presentaron dos ofertas que importan. Una empresa pidió 593 millones de pesos. Un consorcio encabezado por Grupo Pryse pidió 786. La barata la sacaron del concurso porque su permiso de seguridad privada estaba vencido y la SSPC no le había terminado el trámite de renovación. La descalificaron por una tardanza del propio gobierno. Ganó el consorcio caro, con contratos hasta 2027 y 193 millones de sobreprecio.
La empresa excluida se inconformó y el Órgano Interno de Control del AICM le dio la razón: ordenó reponer el fallo, o sea, volver a evaluar las propuestas. Nada más. Ni un guardia menos en la terminal. El consorcio ganador se amparó y un juez federal le concedió la suspensión, con el argumento de que paralizar los servicios de seguridad del aeropuerto afectaría a la colectividad. Nadie había pedido paralizar nada. El juez inventó el caos y luego lo usó para salvar el contrato.
Cuatro días después se publicó la inhabilitación de Grupo Pryse (el ganador) por presentar información falsa en otra licitación. Esa es la foto de la semana: un tribunal confirmando que la empresa mintió, y otro blindándole el contrato hasta 2027. Así opera el negocio, se logra sancionar por temas de corrupción a una empresa, y se desactiva en un juzgado. Mientras eso siga pasando, la Secretaría Anticorrupción puede inhabilitar a quien quiera. No sirve de nada.
Fiscalistas 👇
Inaudito. 😱
👉 Bajo este argumento ninguna suspensión podría tener efectos restitutorios.
Una cosa es restituir provisionalmente un derecho y otra es lo que la persona realice en el mundo al amparo del uso y goce de ese derecho.
🫣 Peor, es el CFF el que expresamente ordena restituir el certificado de sello digital al presentar una aclaración contra su restricción.
👉 Luego, si el amparo se promueve por la omisión del SAT de acatar el texto del artículo 17-H Bis del CFF de levantar el sello, es más que evidente que la suspensión sólo tiene el efecto de que la autoridad acate la ley (apariencia del buen derecho, no afectación al orden público).
🫣 Pero, este TCC dice que “pues como el contribuyente seguro va a emitir facturas, y pues esas facturas ya no se pueden cancelar, entonces, no procede la suspensión porque “SE CONSTITUIRÍA” un derecho.
Se revolvieron las 🍐 y 🍎.
Se pone mejor… que porque además para cancelar una factura se ocupa la aceptación del receptor. 😅
Increíble! (Así como el hecho de que la suspensión se haya recurrido por el Jefe del SAT y resuelto en un tiempo muy corto. 🤔)
Reduzcamos al absurdo esto 👇
Mañana usted promueve un amparo y pide suspensión con efectos restitutorios contra el desalojo de su casa, le niegan la suspensión porque y luego los días que usted viva ahí ya no se pueden cancelar. ❌ 🏡
O mejor, promueve un amparo y pide la suspensión para que le otorguen medicamentos, se la niegan porque pues luego ni modo que lo “desmediquen”. ❌ 💊
Otra, pide la suspensión para que le emitan una CURP provisional en lo que arregla su estancia y refugio en el país, se la niegan, porque sabrá Dios ante cuantas personas usted se va a identificar con la CURP, y pues ya no se puede “desidentificar”. ❌ 🆔
Eso pasa cuando se confunde el ejercicio de un derecho con lo que en el mundo se puede o no hacer con ese derecho, y sus efectos y consecuencias.
En el caso del uso del certificado de sellos el derecho restituido es a CONTAR con un CSD activo, bien podría el contribuyente NO emitir una sola factura durante todo el tiempo que dure la suspensión, o bien podría emitir 100 al día. 🤷♂️
Eso es consecuencial al derecho, NO ES EL DERECHO que se restituye.
Por eso lo peligroso de razonar así, porque se cierra el acceso a la tutela anticipada (efectos restitutorios) bajo una falacia que considera al efecto como la causa. 😥
¿Por qué si son posibles en estos casos los efectos restitutorios?
Porque en caso de que se niegue el amparo SE VUELVE a restringir el sello. Punto.
Eso de cancelar las facturas es como obligar a vomitar la medicina al enfermo.
Me parece que este tipo de resoluciones obedecen a PRESIONES EXTERNAS y no a una verdadera independencia judicial. Máxime cuando son emitidas por personas de carrera.
Cuando no hay esta presión política entonces se resuelve con libertad de criterio como en la tesis que dejo en el primer comentario 👇
@Banxico PRIMERO debería controlar la inflación, bajarla a 2-3% y después bajar su tasa
.
PROTEGER el poder adquisitivo de los Ciudadanos y Empresas y DESPUÉS ver si puede bajar su tasa
.
Bajar el costo financiero de la deuda AYUDA al Gobierno, pero NOS AFECTA a los Ciudadanos y Empresas
.
Gracias por leer y dar RT 🥳
Un juez federal suspendido por sus resoluciones.
Eso no es disciplina. Eso es intimidación institucionalizada.
Cuando un tribunal puede sancionar a un juez por fallar en tu contra, el mensaje es claro:
aquí no se imparte justicia, se obedece.
México, esto debería alarmarte.
🧵 El Tribunal de Disciplina acaba de suspender a un Juez Federal.
La razón oficial: actuar con parcialidad.
La razón real: fallar en contra de los intereses del gobierno.
Esto no es disciplina judicial.
Es una advertencia. Y todos los jueces de México la recibieron. 👇
La muestra clara de que ningún empresario obtendrá justicia en la @SCJN
Hoy las resoluciones se basan en los prejuicios de estos políticos con toga; sin análisis jurídico, sin aplicación de principios, sin ponderación de derechos, sin debate técnico.
🚨 ¡Atención empresas y prestadores de servicios especializados! En 2026 el REPSE y la subcontratación NO son un trámite más… es una fiscalización en tiempo real y con dientes.
Desde el 24 de noviembre de 2025, la STPS aplica el nuevo Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación, que transforma la vigilancia en un sistema colegiado e interconectado: STPS + SAT + IMSS + INFONAVIT cruzan datos en tiempo real (nóminas, CFDIs, cuotas, etc.) para detectar simulación laboral.
Lo que revisan con lupa en las visitas:
- Contrato REPSE vigente y especializado (no parte del objeto social ni actividad preponderante del cliente).
- Autonomía real de la contratista (herramientas, procesos, supervisión propia).
- Entrevistas a trabajadores para descartar simulación.
- Cumplimiento fiscal y de seguridad social.
- Capacitación, PTU, salarios reportados vs. pagados.
Incumplir = alto riesgo:
- Multas de hasta 50,000 UMAs (5.8 millones de pesos en 2026 por infracción grave).
- Cancelación inmediata del REPSE.
- Pérdida de deducción fiscal e IVA para el cliente.
- Responsabilidad solidaria laboral y de seguridad social.
Dato 2026: +47% inspecciones vs. 2024, miles de cancelaciones por no renovar o inconsistencias, y el cruce automático ya es predictivo con algoritmos.
La subcontratación está permitida, pero solo la especializada, autónoma y con 100% de cumplimiento normativo.
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El interés legítimo es hoy la llave que te permite ir al amparo aunque no seas el afectado directo. Basta demostrar que una decisión pública te pega por tu situación especial: vives junto a un bosque que quieren destruir, formas parte de una colectividad afectada por una política de salud, o perteneces a una comunidad que sufre el impacto de una norma. La @SCJN dice: no se necesita ser el dueño del derecho, basta probar un vínculo real, actual y diferenciado.
Gracias a esta figura, el amparo dejó de ser un traje exclusivo para unos pocos y se volvió un instrumento colectivo y preventivo. Así, vecinos defienden el medio ambiente; pacientes exigen acceso a medicinas; consumidores frenan abusos de empresas; y asociaciones civiles han podido pelear por los derechos de la comunidad LGBT+, impugnando leyes discriminatorias aunque no acrediten un daño personal individual.
El interés legítimo abrió las puertas para que grupos históricamente marginados pudieran ser escuchados en tribunales, garantizando que la justicia no sea solo para quien tiene un título de propiedad o un derecho escrito en papel, sino también para quienes sufren de manera concreta las consecuencias de políticas excluyentes.
Pero la reforma a la Ley de Amparo presentada por la presidenta busca cerrar esa puerta: quiere que solo proceda el amparo si hay una “lesión real y actual” y un “beneficio directo”. En cristiano: obligar a que el daño ya esté consumado y que solo quien lo sufre de inmediato pueda ir a juicio. Eso elimina la posibilidad de actuar de manera preventiva y dejaría fuera a quienes hoy defienden el medio ambiente, la salud, los derechos de consumidores y los de la comunidad LGBT+. En la vida diaria significaría menos protección, más abusos y más impunidad frente a megaproyectos, leyes injustas y políticas discriminatorias.
📍 En solo 9 días, Morena y aliados rediseñaron el sistema legal mexicano para dar paso al modelo más intrusivo de vigilancia estatal de nuestra historia. A través de 16 reformas aprobadas en fast track, se autorizó que la @GN_MEXICO_, ya bajo mando militar, pueda geolocalizar en tiempo real cualquier dispositivo móvil sin orden judicial, en contravención directa de los precedentes de la @SCJN. Hoy, basta el visto bueno de cualquier fiscal para saber dónde estás. Esto esespionaje legalizado.
🧬 La nueva CURP biométrica se convertirá en el documento obligatorio para acceder a todos los servicios públicos y privados en México. Integrará huella, iris, rostro y datos sensibles, y se exigirá para rentar, comprar, viajar, estudiar, trabajar, incluso pedir comida o ver series. Todo ente público o privado deberá exigirla. El Estado construye así una infraestructura de control poblacional, donde la identidad se vuelve llave de acceso a la vida, y la negación de esa llave equivale a la desaparición social.
🎯 La nueva Ley de Inteligencia faculta a la @SSPCMexico a extraer información de cualquier base de datos, pública o privada, sin orden judicial, y a crear “productos de inteligencia” que incluyen antecedentes, modos de vida, operaciones financieras, redes personales y comportamiento digital. Se habilita una geometría de vigilancia masiva, automatizada y sin contrapesos, militarizada por completo, centralizada en @Defensamx1 y coordinada por el nuevo supersecretario Harfuch. La ciudadanía no tiene ya control, ni derecho a ser informada si fue espiada.
⚖️ La Constitución queda como una fachada. El artículo 16 exige orden judicial, pero la ley dice otra cosa. La Corte que construyó los límites fue sustituida; la @CNDH guarda silencio. Esta arquitectura legal disuelve el modelo liberal de derechos y crea un Estado que puede observar, marcar y excluir sin rendir cuentas. Hoy no se combate el crimen: se legaliza la sospecha permanente sobre el ciudadano.
⚖️👩⚖️ Hace más de dos años, el @Consejo_Litigio y Lammoglia Abogados, S.C., decidimos tomar acción ante una de las mayores amenazas ambientales en el Valle de México: la operación ilegal de la Central Termoeléctrica de Tula.
🏭🍃A través de un litigio estratégico reclamamos el uso ilegal de combustóleo con alta concentración de azufre; la omisión de utilizar gas natural conforme a los permisos otorgados; la alta emisión de contaminantes, y los efectos a la salud y el cuidado del medio ambiente para l@s habitantes del Valle de México.
⚖️👩⚖️ En junio del 2024, un Tribunal Colegiado nos dio la razón, estableciendo a través de una sentencia que:
1️⃣ La operación de la Central violaba los derechos de las personas habitantes de la Ciudad de México.
2️⃣ El uso de combustóleo con 4% de azufre era ilegal, pues la ley prevé un máximo de 2%.
3️⃣ Se habían rebasado los límites máximos de emisión de contaminantes establecidos en la ley.
4️⃣ Las autoridades federales habían incumplido su obligación de regular la operación de la Central.
🌿⚖️ Este caso sirve como evidencia de la relevancia del litigio estratégico en materia ambiental como herramienta para lograr cambios en política pública que afectan nuestro día a día. A su vez, celebramos que las autoridades den a este asunto la relevancia que merece y actúen para disminuir el daño causado por la Central en Tula.
@FrancoLammoglia @Mcalaram @alejandro99____
AMPARO. CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.
Es frecuente que en una sentencia del TFJA se omitan analizar las tesis que invocamos. Peor aún, que se limiten a expresar que no comparten el criterio. Resolver así de simple es una violación.
¿Que debemos reclamar en el amparo?
El reclamo debe ir encaminado a que debieron expresar MEJORES razones para vencer la tesis invocada.
¿Por qué Mejores razones?
Si la tesis es aplicable al caso, es una interpretación plausible de un derecho o garantía. ¿Qué se deduce del principio pro persona?
Apoyen su violación invocando por analogía la siguiente tesis de jurisprudencia de la Segunda Sala de la SCJN.
2016525
TESIS DE JURISPRUDENCIA, AISLADAS O PRECEDENTES INVOCADOS EN LA DEMANDA DE AMPARO. CORRESPONDE AL ÓRGANO JURISDICCIONAL PRONUNCIARSE SOBRE SU APLICABILIDAD AL CASO CONCRETO, AL MARGEN DE QUE EL QUEJOSO EXPRESE O NO RAZONAMIENTOS QUE JUSTIFIQUEN SU APLICACIÓN.
¡¡¡ Éxito en sus amparos !!!